NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (18/09/1999)
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Pág. 178056 NORMAS LEGALES Lima, sábado 18 de setiembre de 1999 Sistema Administrativo II, Oficina de Administración de la Dirección Regional Agraria Amazonas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 11995 Modifican Reglamento de Funciona- miento del Fondo de Reforzamiento Institucional de las Administraciones Técnicas de los Distritos de Riego RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0712-99-AG Lima, 17 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 26-95-AG se constituye el Fondo de Reforzamiento Institucional de las Administraciones Técnicas de los Distritos de Riego, destinado a lograr una mejor gestión y manejo técnico del recurso hídrico en cada Distrito de Riego, aprobándose su Reglamento respectivo por Resolución Ministerial Nº 0656-96-AG; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0530-99- AG se derogó el Artículo 7º y se modificó el Artículo 4º del Reglamento del Fondo de Reforzamiento Institucional de las Administraciones Técnicas de los Distritos de Riego, aprobado por Resolución Ministerial mencionada en el considerando precedente; Que, siendo necesario que la Dirección General de Aguas y Suelos del Instituto Nacional de Recursos Natu- rales - INRENA autorice a los responsables admi- nistrativos del manejo mancomunado de los recursos provenientes del Fondo de Reforzamiento Institucional, asignados a las Administraciones Técnicas de los Distri- tos de Riego, mediante proyectos que previamente aprue- ba la mencionada Dirección General; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 053-92-AG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Déjese sin efecto la Resolución Ministerial Nº 0530-99-AG de fecha 21 de julio de 1999, recobrando vigencia los Artículos 4º y 7º del Reglamento de Funcionamiento del Fondo de Reforzamiento Institucional de las Administraciones Técnicas de los Distritos de Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0656-96-AG. Regístrese y comuníquese. BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 11969 ECONOMIA Y FINANZAS Sustituyen anexo de Decreto Supremo que aprobó escala remunerativa de la AATE DECRETO SUPREMO Nº 150-99-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICACONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 105-99-EF se aprueba la escala remunerativa del personal de la Auto- ridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao; Que, es necesario modificar el anexo del citado Decre- to Supremo a fin que se enmarque dentro de la política salarial que se venía aplicando a la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao; Que, el Artículo 9º de la Ley Nº 27013, del Presupues- to del Sector Público para 1999, establece que las escalas remunerativas y beneficios de toda índole, así como los reajustes de las remuneraciones y bonificaciones que fueran necesarios durante el ejercicio fiscal para los Pliegos Presupuestarios comprendidos dentro de los alcances de la referida Ley, se aprueban mediante De- creto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta del Titular del Sector; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 9º de la Ley Nº 27013, del Presupuesto del Sector Público para 1999; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébase el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo, el mismo que sustituye al considerado en el Decreto Supremo Nº 105-99-EF, que aprueba la Escala Remunerativa de la Autoridad Autó- noma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Trans- porte Masivo de Lima y Callao. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de setiembre de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 11992 Aceptan y aprueban donación que será destinada a centro de atención de sa- lud RESOLUCION SUPREMA Nº 436-99-EF Lima, 17 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, Marie Stopes International con sede en Lon- dres, Inglaterra, ha efectuado una donación en favor de la Asociación Peruana Mujer y Familia - Mujer y Familia - consistente en diversos bienes, que serán destinados al Centro de Atención de Salud "Policlínico Mujeres SI y Hombres También"; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán grava- das con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al