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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (18/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 178062 NORMAS LEGALES Lima, sábado 18 de setiembre de 1999 RUTA :AREQUIPA - CUSCO y viceversa ORIGEN :AREQUIPA DESTINO :CUSCO ITINERARIO :ESPINAR - VELILLE - SANTO TOMAS - COLQUEMARCA - CCAPACMARCA - PACCAREC- TAMBO ESCALA COMERCIAL :ESPINAR FRECUENCIA :una diaria FLOTA VEHICULAR :tres ómnibus FLOTA OPERATIVA :dos ómnibus: UH-4478 (1989) y UH-4565 (1988) FLOTA DE RESERVA :un ómnibus: UZ-1898 (1988) HORARIOS :Salida de Arequipa : 16.00 horas Salida de Cusco : 16.00 horas La tarjeta de circulación será expedida en relación al año de fabricación de los vehículos ofertados. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La presente resolución deberá ser publica- da por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) días de su notificación. Cuarto.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario compu- tados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución. Quinto.- Encargar la ejecución de la presente resolu- ción a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 11926 PODER JUDICIAL Autorizan a procuradora para que en representación del Estado intervenga en proceso judicial seguido por em- presa bancaria RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 426-99-SE-TP-CME-PJ Lima, 17 de setiembre de 1999 VISTOS: El Oficio remitido por la Gerencia General del Poder Judicial y el Memorando Nº 627-99-OAL-GG/PJ de la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial, sobre solicitud de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte y la Procura- dora Pública a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial; CONSIDERANDO: Que, con fecha 7 de junio de 1996, la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior, entregó en posesión al Poder Judicial el inmueble ubicado en la Av. Los Laureles Nº 163, urbanización Shangrila, distrito de Puente Piedra, mediante Acta de Entrega y Recepción suscrita por el representante de la Unidad de Inmuebles y Enseres de la OFECOD y el Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima;Que, dicho inmueble fue objeto de Proceso de Ejecu- ción de Garantías al encontrarse hipotecado el mismo a favor del Banco Santander, hecho que derivó en la adjudicación del bien a dicha Entidad Financiera; Que, la adjudicación en mención ha originado que el Banco Santander haya solicitado al Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, el Lanzamiento del Ejecutado del inmueble submateria, conforme lo dispone el inciso 3) del Artículo 739º del Código Procesal Civil; Que, sin embargo, dicha norma establece que el Juez ordenará al ejecutado para que entregue el inmueble dentro del plazo de 10 días o, en su defecto, se notifique al tercero para su entrega siempre y cuando éste haya sido notificado con el mandato ejecutivo o de ejecución; hecho que evidentemente no se ha producido por cuanto el Poder Judicial, poseedor legítimo del inmueble, no ha sido notificado con ninguna de las resoluciones aludidas; Que, asimismo, el Proceso de Ejecución de Garantías que originó la orden de Lanzamiento es materia actual- mente de Proceso Judicial por Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta, Proceso iniciado por el Ministerio del Inte- rior y en el que se ha incluido al Banco Santander; Que, por los hechos mencionados, hacen necesaria la participación de la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial a efectos de defen- der los intereses de la Institución; En uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695 y 27009, así como por las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032- CME-PJ y 031-98-SE-TP-CME-PJ; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Procuradora Pú- blica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, para que en nombre y representación del Estado, inter- venga en el Proceso Judicial seguido por ante el 52º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima por el Banco Santander contra Invesmet Permar S.R.L. sobre Ejecu- ción de Garantías a efectos de defender el derecho del Poder Judicial sobre el inmueble ubicado en la Av. Los Laureles Nº 163, urbanización Shangrila, distrito de Puente Piedra. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente Resolu- ción a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, remitiéndose los antece- dentes respectivos. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID PEZUA VIVANCO Titular del Pliego del Poder Judicial 11967 COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL Autorizan funcionamiento del Módulo Corporativo de Apoyo de los Juzga- dos Especializados en lo Civil del Dis- trito Judicial del Cono Norte de Lima RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 977-CME-PJ Lima, 17 de setiembre de 1999 VISTO: El Informe Nº 088-99-PJ-SE-GCR, de la Gerencia Central de la Reforma, y demás documentos adjuntos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26546 se crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, que ha asumido por un período de excepción las funciones de gobierno y gestión de dicho Poder del Estado, las mismas que fueron am-