Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 1999 (18/09/1999)


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RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO

NORMAS LEGALES
: MORDAZA - MORDAZA y viceversa : MORDAZA : MORDAZA : ESPINAR - VELILLE - MORDAZA MORDAZA - COLQUEMARCA CCAPACMARCA - PACCARECTAMBO : ESPINAR : una diaria : tres omnibus

MORDAZA, sabado 18 de setiembre de 1999

ESCALA COMERCIAL FRECUENCIA FLOTA VEHICULAR

FLOTA OPERATIVA : dos omnibus: UH-4478 (1989) y UH-4565 (1988) FLOTA DE RESERVA : un omnibus: UZ-1898 (1988) HORARIOS : Salida de MORDAZA : 16.00 horas Salida de MORDAZA : 16.00 horas

La tarjeta de circulacion sera expedida en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados. Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La presente resolucion debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) dias de su notificacion. Cuarto.- La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion. Quinto.- Encargar la ejecucion de la presente resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 11926

Que, dicho inmueble fue objeto de MORDAZA de Ejecucion de Garantias al encontrarse hipotecado el mismo a favor del Banco Santander, hecho que derivo en la adjudicacion del bien a dicha Entidad Financiera; Que, la adjudicacion en mencion ha originado que el Banco Santander MORDAZA solicitado al Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA, el Lanzamiento del Ejecutado del inmueble submateria, conforme lo dispone el inciso 3) del Articulo 739º del Codigo Procesal Civil; Que, sin embargo, dicha MORDAZA establece que el Juez ordenara al ejecutado para que entregue el inmueble dentro del plazo de 10 dias o, en su defecto, se notifique al tercero para su entrega siempre y cuando este MORDAZA sido notificado con el mandato ejecutivo o de ejecucion; hecho que evidentemente no se ha producido por cuanto el Poder Judicial, poseedor legitimo del inmueble, no ha sido notificado con ninguna de las resoluciones aludidas; Que, asimismo, el MORDAZA de Ejecucion de Garantias que origino la orden de Lanzamiento es materia actualmente de MORDAZA Judicial por Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta, MORDAZA iniciado por el Ministerio del Interior y en el que se ha incluido al Banco Santander; Que, por los hechos mencionados, hacen necesaria la participacion de la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial a efectos de defender los intereses de la Institucion; En uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695 y 27009, asi como por las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032CME-PJ y 031-98-SE-TP-CME-PJ; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, para que en nombre y representacion del Estado, intervenga en el MORDAZA Judicial seguido por ante el 52º Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA por el Banco Santander contra Invesmet Permar S.R.L. sobre Ejecucion de Garantias a efectos de defender el derecho del Poder Judicial sobre el inmueble ubicado en la Av. Los Laureles Nº 163, urbanizacion Shangrila, distrito de MORDAZA Piedra. Articulo Segundo.- Transcribase la presente Resolucion a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, remitiendose los antecedentes respectivos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEZUA MORDAZA Titular del Pliego del Poder Judicial 11967

PODER JUDICIAL
Autorizan a procuradora para que en representacion del Estado intervenga en MORDAZA judicial seguido por empresa bancaria
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 426-99-SE-TP-CME-PJ MORDAZA, 17 de setiembre de 1999 VISTOS: El Oficio remitido por la Gerencia General del Poder Judicial y el Memorando Nº 627-99-OAL-GG/PJ de la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia General del Poder Judicial, sobre solicitud de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte y la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial; CONSIDERANDO: Que, con fecha 7 de junio de 1996, la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior, entrego en posesion al Poder Judicial el inmueble ubicado en la Av. Los Laureles Nº 163, urbanizacion Shangrila, distrito de MORDAZA MORDAZA, mediante Acta de Entrega y Recepcion suscrita por el representante de la Unidad de Inmuebles y Enseres de la OFECOD y el Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de Lima;

COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
Autorizan funcionamiento del Modulo Corporativo de Apoyo de los Juzgados Especializados en lo Civil del Distrito Judicial del MORDAZA Norte de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 977-CME-PJ MORDAZA, 17 de setiembre de 1999 VISTO: El Informe Nº 088-99-PJ-SE-GCR, de la Gerencia Central de la Reforma, y demas documentos adjuntos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26546 se crea la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, que ha asumido por un periodo de excepcion las funciones de gobierno y gestion de dicho Poder del Estado, las mismas que fueron am-

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