Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 1999 (18/09/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

Pag. 178066

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 18 de setiembre de 1999

can que CONASEV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion a Empresa Siderurgica del Peru, S.A.A. - SIDERPERU; al Banco Wiese Ltdo., en su calidad de entidad estructuradora, a Standard Chartered, en su calidad de representante de los obligacionistas; a Wiese Sociedad Agente de Bolsa S.A. en su calidad de agente colocador, a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General (e) 11530

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, en uso de las facultades conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y la Resolucion Suprema Nº 189-99-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer la medida disciplinaria de DESTITUCION, al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Direccion Regional Oriente - Pucallpa, por los fundamentos senalados en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Notifiquese la presente resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese.

INPE

MORDAZA G. MORDAZA ESQUERRE Presidente 11905

Sancionan con destitucion a servidor de la Direccion Regional Oriente - Pu- Absuelven a servidores del INPE de cargos formulados en diversos procecallpa sos disciplinarios RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 635-99-INPE-P MORDAZA, 15 de setiembre de 1999 VISTOS, el Informe Nº 159-99-INPE-CPPAD de fecha 31 de agosto de 1999 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Presidencia Nº 51999-INPE-P de fecha 26 de MORDAZA de 1999, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 2 de agosto de 1999, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Direccion Regional Oriente - Pucallpa, por haber incurrido en abandono laboral desde el 31.MAR.97 hasta el 05.JUL.97, habiendose solicitado mediante Memorandum Nº 32098-INPE-CPPAD, de fecha 14.DIC.98, al Director de Recursos Humanos de la Sede Central del INPE, informacion sobre el abandono laboral, en que hubiese incurrido dicho servidor, asimismo, con Oficio Nº 228-99INPE-ORH de fecha 8.FEB.99, se solicita al Director de la Direccion Regional Oriente - Pucallpa, la ampliacion del informe del precitado servidor y se precise si se ha cumplido con regularizar las inasistencias a partir del 31.MAR.97 al 23.ABR.97 y 24.ABR.97 al 23.MAY.97 y la prorroga de licencia por 40 dias a partir del 26.MAY.97 al 05.JUL.97; con Informe Nº 006-99-INPE-DRO-P-DA/ RRHH de fecha 19.FEB.99, el Jefe de Recursos Humanos de la Direccion Regional Oriente - Pucallpa, informa que el precitado servidor no ha regularizado sus licencias sin goce de haber y sus inasistencias en las fechas senaladas precedentemente, lo que fue corroborado con el Informe Nº 018-99-INPE-ORH-URD de fecha 24.FEB.99, del Jefe de la Unidad de Remuneraciones y Desplazamientos; Que, de la evaluacion de los documentos existentes en autos, se observa que pese a haber transcurrido en exceso el plazo establecido en el Articulo 169º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Direccion Regional Oriente Pucallpa, no ha cumplido con formular su descargo, asi como no ha presentado pruebas convenientes para su defensa, ni ha hecho uso del derecho a informar oralmente sobre su situacion, por lo que subsisten los cargos atribuidos en su contra al haber incumplido lo dispuesto del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, falta prevista en el inciso k) del acotado dispositivo legal; Estando al Informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visitaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 636-99-INPE-P MORDAZA, 15 de setiembre de 1999 VISTO, el Informe Nº 160-INPE-CPPAD de fecha 1 de setiembre de 1999 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario Nº 532-99-INPE-P. (3.AGO.99) publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 6.8.99. se instauro MORDAZA administrativo disciplinario al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA Imperial Canete por haber faltado injustificadamente desde el dia 23 de octubre de 1998 por declararse improcedente su solicitud de licencia sin goce de remuneraciones por enfermedad invocada por 90 dias a partir del 23.OCT.98 al 20.ENE.99, la misma que fuera denegada por su Jefe inmediato, expidiendose luego la correspondiente Resolucion Directoral Nº 204-99-INPE-DRL, incurriendo el precitado servidor en Abandono Laboral, falta de caracter administrativo disciplinario tipificado en el inciso k) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276; Que, del analisis del descargo e informe oral presentado por el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA argumenta que efectivamente se le concedio Licencia sin goce de Remuneraciones por espacio de (60) dias desde el 24 de agosto al 22 de octubre de 1998, mediante Resolucion Directoral Nº 1292-98INPE-ORH. (11.NOV.98), y que debido a su estado de salud, volvio a invocar el mismo derecho, esta vez por (90) dias, motivado por la enfermedad que se le diagnostico de Hepatitis viral aguda, atendiendo que necesitaba reposo absoluto para recuperarse. Que luego de mostrar signos de rehabilitacion se apersono al Establecimiento Penitenciario de MORDAZA Imperial Canete ante el Jefe de Recursos Humanos Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA para presentarle los certificados medicos Nº 071142, Nº 071148 y Nº 071147 expedidos por la Subregion de Salud III Unidad de Servicios Basicos de Salud de Comas, suscribiendo el Dr. MORDAZA MORDAZA Joffre, C.M.P. 13872, quien recomienda el descanso facultativo del 23 de octubre de 1998 al 30 de enero de 1999, negandose a recepcionar sus instrumentales, diciendole que su situacion se resolveria en la Direccion Regional MORDAZA, lugar donde acudio a presentar con fecha 10.2.99 los mencionados

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.