Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 1999 (18/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, sabado 18 de setiembre de 1999

NORMAS LEGALES
VISTOS:

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la clausula setima del Anexo Nº 7 del mismo documento, concerniente a la remuneracion mensual por los servicios que brinde el fiduciario; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Asesoria Juridica, y la Intendencia de Instituciones Financieras "F"; y, En uso de las atribuciones conferidas por los numerales 7 y 18 del Articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; RESUELVE: Articulo Primero.- Modificase el literal A, numeral VI del Reglamento de bases del concurso publico para la seleccion de la empresa a la que se transferiran en fideicomiso los activos y pasivos vinculados a operaciones de arrendamiento financiero del Banco Republica en liquidacion, en los terminos siguientes: "A. CONVOCATORIA Se convocara a acto publico en la fecha, hora y lugar segun se senale oportunamente en el aviso de convocatoria. Se contara con la presencia de un Notario Publico quien MORDAZA fe y levantara un acta de todo lo actuado en la fecha. Si se presentasen circunstancias o situaciones que a criterio de esta Superintendencia resulten razonables, o algun hecho fortuito o de fuerza mayor impidiera la realizacion o culminacion del acto, este se entendera postergado para el primer dia habil siguiente a la misma hora y en el mismo lugar senalados en el aviso de convocatoria. De ser el caso, se convocara a otra fecha." Articulo Segundo.- Modificase el numeral 7.1 de la clausula setima del Anexo Nº 7 del precitado Reglamento, en los terminos siguientes: "SETIMA: REMUNERACION 7.1 Como contraprestacion por los servicios que brinde la EMPRESA, esta percibira como retribucion mensual una comision del ....% sobre el valor contable, correspondiente al final del mes, de los activos en fideicomiso. Esta retribucion estara dedicada a cubrir los costos que genera la administracion y gestion del patrimonio fideicomitido y, debera estar debidamente sustentada en la propuesta. Adicionalmente, la EMPRESA recibira una comision por la recuperacion de los activos durante el mes correspondiente, segun el siguiente esquema escalonado, cuyas tasas se incrementaran de acuerdo al monto acumulado de la recuperacion: a) Hasta US$ 10 millones b) Mayor a US$ 10 millones, hasta US$ 20 millones c) Mayor a US$ 20 millones .... % .... % .... %

El Expediente Nº 99/00333 presentado por Empresa Siderurgica del Peru, S.A.A.- SIDERPERU y el Memorandum Ejecutivo Nº 019-99-EF/94.50 de fecha 6 de setiembre de 1999 de la Gerencia de Emisores y Empresas. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 304º de la Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887, las sociedades pueden emitir obligaciones; Que, con fecha 29 de diciembre de 1998 la Junta General de Accionistas de Empresa Siderurgica del Peru, S.A.A. - SIDERPERU aprobo la primera emision de valores representativos de deuda, hasta por un monto MORDAZA de treinta millones y 00/100 Dolares Americanos (US$ 30 000 000,00), delegando al Directorio la facultad de determinar los terminos, caracteristicas y condiciones de la emision, pudiendo delegar parcial o totalmente las facultades otorgadas a cualquiera de los miembros del Directorio que estime conveniente; Que, en sesion de Directorio de Empresa Siderurgica del Peru, S.A.A. - SIDERPERU de fecha 22 de MORDAZA de 1999, se acordo delegar en los senores MORDAZA Chahuan Abedrrabo, MORDAZA Ghibellini MORDAZA, y Hew Crooks para que, en forma conjunta o individualmente cualquiera de ellos, determine las caracteristicas, condiciones y cualquier otro aspecto de la emision de los valores representativos de deuda de Empresa Siderurgica del Peru, S.A.A. - SIDERPERU, que no hayan sido establecidos por la Junta General de Accionistas de fecha 29 de diciembre de 1998; Que, en merito a las atribuciones delegadas, el Sr. MORDAZA Ghibellini MORDAZA, ha solicitado la inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de los bonos corporativos denominados "Bonos Sider Peru Primera Emision", asi como el registro del prospecto informativo correspondiente; Que, en el presente caso se ha cumplido con presentar la informacion requerida por el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, asi como las disposiciones aprobadas mediante Resolucion Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11; y, Estando a lo dispuesto por los Articulos 53º y siguientes de la Ley de MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, asi como lo establecido en sesion del Directorio de CONASEV de fecha 6 de MORDAZA de 1999, de acuerdo a lo cual el Gerente General de CONASEV se encuentra facultado para disponer la inscripcion de valores y/o registro del prospecto informativo a traves de tramite general en caso de una oferta publica primaria de valores mobiliarios; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Inscribir en el Registro Publico del MORDAZA de Valores los bonos corporativos denominados "Bonos Sider Peru - Primera Emision" de Empresa Siderurgica del Peru, S.A.A. - SIDERPERU, emision a efectuarse hasta por un monto MORDAZA de treinta millones y 00/100 Dolares Americanos (US$ 30 000 000,00), y disponer el registro del prospecto informativo correspondiente. Articulo 2º.- La oferta publica debera efectuarse con sujecion a lo dispuesto en el Articulo 25º y, de ser el caso, en el Articulo 29º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. La colocacion de los bonos a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion debera efectuarse en un plazo que no excedera de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, prorrogables hasta por un periodo igual a peticion de parte. Asimismo, se debera cumplir con presentar a CONASEV la documentacion e informacion a que se refieren los Articulos 23º y 24º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Articulo 3º.- La inscripcion y el registro a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion no impli-

El pago correspondiente se efectuara solo cuando el monto obtenido por la recuperacion de los activos ingrese efectivamente a MORDAZA de la EMPRESA." Registrese y comuniquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 11960

CONASEV
Disponen inscribir bonos corporativos de SIDERPERU en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 113-99-EF/94.11 MORDAZA, 7 de setiembre de 1999

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