Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 1999 (29/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, miercoles 29 de setiembre de 1999

NORMAS LEGALES

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Conceden licencia a magistrada para SBS que asista al taller sobre temas de adulteracion, falsificacion y pirateria, Emiten disposiciones aplicables al registro contable de creditos hipotecaorganizado por el INDECOPI MORDAZA otorgados con recursos del fondo RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO MIVIVIENDA Nº 724-99-MP-CEMP
MORDAZA, 28 de setiembre de 1999 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 163R-99-19ºFPP-MP-FN cursado por la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Titular de la Decima Novena Fiscalia Provincial en lo Penal de MORDAZA y Fiscal Ad Hoc, por el cual solicita licencia para asistir al Taller sobre temas de adulteracion, falsificacion y pirateria, organizado por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-, a realizarse el dia miercoles 29 de setiembre de 1999 de 08.30 a 13.30 horas, adjuntando MORDAZA de la invitacion que le fue cursada en su condicion de Fiscal Ad Hoc - Delitos Contra los Derechos Intelectuales; En consecuencia, la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico adopta por unanimidad el Acuerdo Nº 6185 en sesion de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; y en uso de las atribuciones conferidas en el inciso g) de la Tercera Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales de la Ley Nº 26623, y de las Leyes Nºs. 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Conceder licencia con goce de haber a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Titular de la Decima Novena Fiscalia Provincial en lo Penal de MORDAZA y Fiscal Ad Hoc, para que asista el dia 29 de setiembre de 1999 de 08.30 a 13.30 horas, al evento referido en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Encargar a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunta Provincial Titular, el Despacho de la Decima Novena Fiscalia Provincial en lo Penal de Lima; y designarla como Fiscal Ad Hoc, para que con retencion del mencionado Despacho, se avoque al conocimiento del caso materia del Articulo MORDAZA de la Resolucion Nº 472-99-MP-CEMP de fecha 17 de junio de 1999, por el termino que dure la licencia mencionada en el articulo anterior. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a los senores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidente del Consejo de Coordinacion Judicial, Presidente de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Secretario Ejecutivo de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico y Titular del Pliego, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Fiscal Superior Encargado de la Gestion de Gobierno Delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en el Distrito Judicial de MORDAZA, y Fiscales mencionadas, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 12427 CIRCULAR Nº B-2058-99 MORDAZA, 28 de setiembre de 1999 Circular Nº B-2058-99 F-0399-99 ----------------------------------------------------------Ref.: Registro contable de los creditos otorgados con recursos del Fondo MIVIVIENDA ----------------------------------------------------------Senor Gerente General: Sirvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 13 del Articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 modificada por las Leyes Nº 27008 y Nº 27102, en adelante Ley General, asi como para un adecuado registro contable de los creditos hipotecarios otorgados por las empresas del sistema financiero con recursos del Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda ­ MIVIVIENDA, en adelante el Fondo, y en concordancia con lo dispuesto en la Resolucion SBS Nº 0865-99 del 16 de setiembre de 1999 y en la Resolucion SBS Nº0879-99 del 23 de setiembre de 1999, esta Superintendencia dispone lo siguiente: 1. Alcance La presente MORDAZA es de aplicacion a las empresas de operaciones multiples comprendidas en el literal A del Articulo 16º de la Ley General que estando autorizadas para otorgar prestamos hipotecarios, concedan creditos hipotecarios con recursos del Fondo, en adelante empresas. 2. Registro Contable Para el adecuado registro contable de los creditos hipotecarios otorgados con recursos del Fondo, asi como de la cobertura de riesgo que sobre los mismos otorga el Fondo, se realizan las siguientes precisiones y modificaciones: 2.1. Los prestamos que las empresas otorguen con los recursos y bajo las condiciones del Fondo, se registraran en el rubro 14 "Colocaciones", en las subcuentas y analiticas correspondientes a "Creditos Hipotecarios", segun corresponda. Asimismo, la porcion de dichos creditos hipotecarios que cuenten con cobertura de riesgo del Fondo, debera ser controlada mediante cuentas analiticas a mas de ocho (8) digitos. 2.2. Sustituyase la denominacion de la cuenta analitica 1405.02.05 "Creditos con emision de Letras Hipotecarias" por "Creditos Hipotecarios". 2.3. Precisese que la obligacion de la empresa correspondiente a la porcion del credito que cuenta con cobertura del Fondo, debera ser controlada mediante cuentas de mas de ocho (8) digitos de la analitica 2505.02.01 "No subordinados", a efecto de dar adecuado cumplimiento a las condiciones pactadas con dicho Fondo. 3. Informacion del Reporte Nº 7 ­ Activos y Creditos Contingentes ponderados por riesgo Modifiquese el Anexo Nº 1 del Reporte Nº 7 ¨Detalle de Activos y Creditos Contingentes Ponderados por Riesgo¨ segun se indica en el Anexo Nº 1 adjunto. 4. Informe Crediticio Confidencial - ICC Modifiquese el Informe Crediticio Confidencial (ICC) en la parte que corresponde a sus instrucciones conforme lo senalado en el Anexo Nº 2 adjunto. 5. Informacion sobre Creditos Hipotecarios ­ Fondo MIVIVIENDA Para un adecuado control de las porciones de creditos hipotecarios sujetos y no sujetos a cobertura del Fondo, las empresas deberan reportar con la misma periodicidad del Anexo Nº 5, el "Informe sobre Creditos Hipotecarios ­ Fondo MiVivienda", Anexo 5-C, cuyo formato y contenido se detallan en el Anexo Nº 3 de la presente norma. 6. Vigencia La presente circular entra en vigencia a partir del 1 de octubre de 1999. Atentamente, MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros (a.i.)

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