Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 1999 (29/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, miercoles 29 de setiembre de 1999

NORMAS LEGALES

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ra "DENEBOLA" de 49.55 m3 de capacidad de bodega para extraer los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, utilizando redes de cero de 1/2 pulgada (13 mm.) y 1 1/2 pulgadas (38 mm.) de abertura de malla, segun corresponda; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 501-98-PE de fecha 7 de octubre de 1998, se aprobaron los listados actualizados de los derechos de sustitucion de las embarcaciones pesqueras de mayor escala, consignandose en el numero 173 del Anexo III a la embarcacion pesquera denominada "DENEBOLA", como embarcacion pesquera considerada por el Ministerio de Pesqueria para la sustitucion de capacidad de bodega a que se refiere el Articulo 24º de la Ley General de Pesca y los Articulos 19º y 24º de su Reglamento; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 173-99-PE/ DNE de fecha 5 de agosto de 1999 se autorizo el incremento de flota a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que la embarcacion "ANTARES" pueda acceder a las especies anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto via sustitucion de igual capacidad de bodega, entre otra, de la embarcacion "DENEBOLA"; Que al haber sido materia de sustitucion la embarcacion pesquera "DENEBOLA" para el otorgamiento del incremento de flota a que se hace referencia en el considerando precedente, corresponde excluir a la citada embarcacion del Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 501-98-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas a traves del Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Articulo 5º de la Resolucion Directoral Nº 173-99-PE/DNE cuyo texto sera el siguiente: "Articulo 5º.- Excluir la autorizacion de incremento de flota consignada en el numeral 114, del Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 500-98-PE y a la embarcacion pesquera denominada "DENEBOLA" consignada con el numeral 173, del Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 501-98-PE". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RAMANI Director Nacional de Extraccion (e) 12345

permiso de pesca para operar las embarcaciones pesqueras denominadas "POLAR I", "POLAR II" y "POLAR IV"; CONSIDERANDO: Que el Articulo 47º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, establece que la transferencia de la propiedad o posesion de la embarcacion pesquera durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante la Resolucion Ministerial Nº 152-98-PE de fecha 26 de febrero de 1998, se autorizo el cambio de nombre del titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 023-95-PE, de fecha 17 de enero de 1995, para operar entre otras a las embarcaciones pesqueras denominadas "POLAR I" y "POLAR II", de matriculas CO-5301-PM, CO-5302-PM, con capacidades de bodega de 403.36 m3 y 406.71 m3, respectivamente, para la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de 1/2 pulgada (13 mm.), a favor de la empresa INVERSIONES MALLA S.A.; Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 459-97PE, de fecha 24 de setiembre de 1997 se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, entre otros, a la empresa INVERSIONES MALLA S.A., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "POLAR IV", con matricula Nº CO-13061-PM, con capacidad de bodega de 402.36 m3, para ser utilizadas en la extraccion de recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de 1/2 pulgada (13 mm.); Que en virtud al acuerdo de fusion celebrado entre las empresas INVERSIONES MALLA S.A., SERVICIOS CHACO S.A. y MARSCH CONSULTORES S.A., se constituyo la sociedad CONSORCIO MALLA S.A., conforme consta en el testimonio de Escritura Publica de fecha 30 de diciembre de 1998, la cual acredita ser la propietaria de las embarcaciones citadas anteriormente; Que de la evaluacion efectuada a los antecedentes, que obran en el expediente se ha determinado que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 3 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Articulo 43º inciso c), numeral 1) del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, los Articulos 47º y 138º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 01-94-PE, el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 017-99-PE y las Resoluciones Ministeriales Nºs. 500 y 501-98-PE; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE y la Resolucion Ministerial Nº 50598-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el cambio de nombre del titular del permiso de pesca, para operar las embarcaciones pesqueras de bandera nacional que se indica a continuacion, en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados:

Aprueban cambio de nombre de titulares de permisos de pesca para operar embarcaciones de bandera nacional
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 223-99-PE/DNE MORDAZA, 24 de setiembre de 1999 Visto el expediente de Registro Nº CE-00125003 con escritos de fechas 22 de MORDAZA y 16 de agosto de 1999, presentados por la empresa CONSORCIO MALLA S.A., a traves del cual solicita cambio de nombre del titular del

RESOLUCIONES DE PERMISO DE PESCA O CAMBIO DE NOMBRE DEL TITULAR ANTERIOR R.M. Nº 152-98-PE R.M. Nº 459-97-PE

FECHA

MORDAZA TITULAR

NOMBRE DE LA EMBARCACION

CAPACIDAD DE BODEGA (m3)

SISTEMA DE PRESERVACION

Nº DE MATRICULA

25.3.98 24.9.97

CONSORCIO MALLA S.A.

POLAR I POLAR II POLAR IV

403.36 406.71 402.36

----------------

CO-5301-PM CO-5302-PM CO-13061-PM

Articulo 2º.- Dejar sin efecto los cambios de nombre del titular y la titularidad del permiso de pesca que fueron otorgados a la empresa INVERSIONES MALLA S.A., a traves de las Resoluciones Ministeriales que se indican a continuacion para operar las embarcaciones pesqueras citadas en el articulo anterior.

NOMBRE DE LA EMBARCACION POLAR I POLAR II POLAR IV

PERMISO DE PESCA Nº DE R.M. R.M. Nº 152-98-PE R.M. Nº 152-98-PE R.M. Nº 459-98-PE

FECHA

ARMADOR

25.3.98 INVERSIONES MALLA S.A. 25.3.98 INVERSIONES MALLA S.A. 24.9.97 INVERSIONES MALLA S.A.

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