NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (29/09/1999)
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Pág. 178824 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 29 de setiembre de 1999 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica- ción y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra quien resulte responsable, por presunto delito contra la administración pública y la fe pública, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 12396 RESOLUCION JEFATURAL Nº 286-99-JEF/RENIEC Lima, 14 de setiembre de 1999 Visto el Informe Nº 245-99-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 13 de agosto de 1999. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del Informe de Visto se desprende que los ciudadanos Hipólito Cotrina Arévalo y Antipi Trujillo López han incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor público al hacer insertar en instrumento público declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo; Que el hecho antes descrito constituye indicio razonable de la comisión de presunto delito contra la fe pública, en las modalidades de falsedad ideológica y genérica, previsto y sancionado en los Artículos 428º y 438º del Código Penal vigente; Que, en atención al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Indentificación y Estado Civil, para que interponga las acciones que corres- pondan contra Hipólito Cotrina Arévalo y Antipi Trujillo López, en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica- ción y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra los ciudadanos Hipólito Cotrina Arévalo y Antipi Trujillo López, por presunto delito contra el estado civil y la fe pública, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 12397 RESOLUCION JEFATURAL Nº 287-99-JEF/RENIEC Lima, 14 de setiembre de 1999 Visto el Informe Nº 249-99-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 18 de agosto de 1999.CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del Informe de Visto se desprende que persona no identificada que dice llamarse Marco Aurelio Velásquez Girio y/o Marco Aurelio Fujino Jara, ha incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor público al hacer insertar en instrumento público declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo; Que el hecho antes descrito constituye indicio razonable de la comisión de presunto delito contra la fe pública, en las modalidades de falsedad ideológica, previsto y sancionado en el Artículo 428º del Código Penal vigente; Que, en atención al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Indentificación y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, contra quien resulte responsable en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica- ción y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra quien resulte responsable, por presunto delito contra la fe pública, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 12398 COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Dan por concluida designación de fis- cal adjunto provisional de la Fiscalía Superior Mixta de Jaén, Distrito Judi- cial de Lambayeque RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 711-99-MP-CEMP Lima, 27 de setiembre de 1999 VISTO: El Oficio Nº 734-99-(Exp. Nº 417-98)-MP-F.SUPR.C.I., de fecha 23 de setiembre de 1999, que adjunta el Expediente Nº 417-98, relacionado con la investigación iniciada de oficio contra el doctor Luis Bernabé Cáceres Villa, Fiscal Adjunto Superior Provisional de la Fiscalía Superior Mixta de Jaén, por irregularidades en el ejercicio de sus funciones y el Informe Nº 111-99-MP-F.SUPR.C.I. e Informe Ampliatorio Nº 010-99(Exp. Nº 417-98)-MP-F.SUPR.C.I., emitido por el doctor Pedro A. Chávez-Riva Castañeda, Fiscal Adjunto Supremo de la Fiscalía Suprema de Control Interno, solici- tando se dé por concluida la designación del citado Fiscal, de conformidad con la Unica Disposición Transitoria y Final de la Ley Nº 27009, por excusa del doctor Dante Augusto Oré Blas, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema de Control Interno a fs. 172; y,