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Pág. 185274 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de abril de 2000 SE RESUELVE: Primero.- Prorrogar a partir de la vigencia de la presente Resolución la designación de los señores Jueces especializa- dos en el delito de Tráfico Ilícito de Drogas, doctores Julia Amparo Prada Vargas, Patricia Eleana Eyzaguirre Jara Al- monte, Víctor Alfredo Barrera Flores, Buenaventura Huama- ní Cuevas, María Luisa Camayo Montes, Luz Marina Segovia Villafuerte, María Elvira Castro Chumpitaz, Juan Leoncio Matta Paredes, Juan Guillermo Otayza Delgado, Francisco Urtecho Solís, Emperatriz Zarina Espinoza Arce, José Nol- berto Pisfil Gonzales y Luis Alberto Lévano Ojeda hasta el 30 de abril del 2000. Segundo.- Vencido que sea el término a que se contrae la presente Resolución los Magistrados se reincorporarán al lugar y ocupación de su procedencia. Tercero.- Transcribir la presente Resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, al señor Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judi- cial, a la Gerencia Central de la Reforma, al señor Fiscal de la Nación, a la señorita Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, al señor Fiscal Supremo Provisional de la Segunda Fiscalía Suprema en lo Penal y Especializada en Delito de Tráfico Ilícito de Drogas, a los señores Presidentes de las Cortes Superiores del país, al señor Fiscal Superior de la Fiscalía Superior Penal Especializada en el delito de tráfico ilícito de drogas, a la Gerencia General del Poder Judicial, a la Oficina de Control de la Magistratura, al Jefe del Instituto Nacional Penitenciario y al señor Director de la Dirección Nacional contra el Tráfico Ilícito de Drogas de la Policía Nacional del Perú (DINANDRO) Cuarto.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. CARLOS SAPONARA MILLIGAN, JULIO FERNANDEZ URDAY, JOSE BACIGALUPO HURTADO, ISMAEL PAREDES LOZANO, y LUIS HERNAN ROJAS TAZZA 3758 ONPE Establecen disposiciones complemen- tarias para el traslado de actas electo- rales desde locales de votación hasta sedes de oficinas descentralizadas de procesos electorales RESOLUCION JEFATURAL Nº 141-2000-J/ONPE Lima, 30 de marzo del 2000 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 40-99-PCM, el señor Presidente de la República ha convocado a Elecciones Generales para Presi- dente de la República y Vicepresidentes y Congresistas de la República, para el domingo 9 de abril del 2000; Que, el Sistema Electoral tiene por finalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos; y que los escrutinios sean reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por votación directa; Que, dentro de la finalidad señalada, la Oficina Nacional de Procesos Electorales ha desarrollado sistemas de seguridad en las Actas Electorales: la numeración de cada una de las mismas, espacios para la impresión dactilar de los miembros de mesa, códigos de barra, criptogramas, hologramas, cintas de seguridad, microimpresión, etc.; Que, al haberse dejado sin efecto el programa de Cómputo Rápido, es necesario dar instrucciones adicionales para la agili- dad del traslado de las actas electorales a los centros de cómputo, de modo que mejore porcentualmente el número de Actas procesa- dos en día de las elecciones; De conformidad con el Artículo 182º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 26487, Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y la Ley Nº 26859, Orgánica de Elecciones;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Los jefes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales planificarán el traslado de actas electorales, en los locales de votación ubicados en la provincia de Lima, distritos de cercado de provincias sedes de ODPE y distritos cuyo tiempo de traslado de las actas a la sede de ODPE es menor de 45 minutos, teniendo en cuenta el criterio de realizar tres salidas, a las 6.30 p.m., 7.30 p.m. y una última con el resto de actas electorales. El traslado debe realizarse con todas las seguridades señaladas en la Resolución Jefatural Nº 127-2000-J/ONPE, incluyendo las cintas azul de seguridad, el acompañamiento de un representante de los observadores, el acompañamiento de perso- neros en su movilidad y todas las otras indicadas en dicha Resolución. Artículo 2º.- Comunicar la presente resolución al Jurado Nacional de Elecciones, al Consejo por la Paz, a la Asociación Civil Transparencia, a los Observadores Internacionales acreditados y a las Organizaciones Políticas inscritas ante el Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE PORTILLO CAMPBELL Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales 3807 Disponen garantizar información a per- soneros de organizaciones políticas en centros de cómputo de la Oficina Descentralizada de Procesos Electo- rales con sede en Lima RESOLUCION JEFATURAL Nº 143-2000-J/ONPE Lima, 30 de marzo del 2000 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 040-99-PCM, el señor Presiden- te de la República ha convocado a Elecciones Generales para Presidente de la República y Vicepresidentes y Congresistas de la República, para el domingo 9 de abril del 2000; Que, el Sistema Electoral tiene por finalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos; y que los escrutinios sean reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por votación directa; Que, dentro de la finalidad señalada, la Oficina Nacional de Procesos Electorales ha desarrollado sistemas de seguridad en las Actas Electorales: la numeración de cada una de las mismas, espacios para la impresión dactilar de los miembros de mesa, códigos de barra, criptogramas, hologramas, tintas invisibles, microimpresión, etc.; Que, el Artículo 127º de la Ley Nº 26859, Orgánica Electoral, establece que los Partidos, Agrupaciones Independientes y Alian- zas, pueden nombrar ante cada Jurado Electoral Especial, dos personeros técnicos, a más de igual número de suplentes, con el propósito de observar los procesos de cómputo relacionados con su circunscripción; Que, se ha establecido, que debido al volumen de información a procesar, la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales con sede en Lima, contará con diez (10) Centros de Cómputo, por lo que se hace necesario garantizar que éstos cuenten también con personeros de las Organizaciones Políticas; De conformidad con el Artículo 182º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 26487, Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y la Ley Nº 26859, Orgánica de Elecciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- El Jefe de la Oficina Descentralizada, con sede en Lima, garantizará que las Organizaciones Políti- cas, tengan las facilidades señaladas en los Artículos 146º, 147º, 148º y 149º de la Ley Nº 26859, Orgánica de Elecciones, en los diez (10) Centros de Cómputo que se establecerán en su jurisdicción. Artículo Segundo.- Comunicar la presente Resolución al Jurado Nacional de Elecciones, al Consejo por la Paz, a la Asocia- ción Civil Transparencia, a los Observadores Internacionales