Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2000 (01/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, sabado 1 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Facultese al MORDAZA a dictar las disposiciones complementarias necesarias para la aplicacion de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 3787

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Aprueban ordenanza sobre participacion de organizaciones juveniles en cooperativas, asociaciones de vivienda y asentamientos humanos
ORDENANZA Nº 061-A-00-SEGE-07-MDEA El MORDAZA, 13 de diciembre de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA POR CUANTO:

Amplian plazo para el pago de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios
ORDENANZA Nº 009/2000.MDCH Chorrillos, 31 de marzo de 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Distrital de Chorrillos en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, en los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal cumple con la funcion normativa de acuerdo a lo establecido en el Art. 191º de la Constitucion Politica del Peru; Que, de acuerdo con la MORDAZA IX, de TEXTO ORDENADO DEL CODIGO TRIBUTARIO, en lo no previsto por este codigo o en otras normas tributarias podran aplicarse normas distintas a las tributarias siempre que no se les oponga o desnaturalice; Que, conforme a lo dispuesto por el inciso a), del Articulo 15º del Decreto Legislativo Nº 776, el impuesto predial podra cancelarse hasta el ultimo dia habil del mes de febrero; Que, de acuerdo con la Ordenanza Nº 002-2000-MDCH, que aprueba el Regimen Tributario de los Arbitrios en su MORDAZA (4º) articulo, se establece que la obligacion de pago de las cuotas trimestrales vence el ultimo dia habil de los meses de marzo, junio, setiembre y diciembre; y en el caso que se opte por cancelar al contado dentro del plazo de vencimiento de la primera cuota, obtendra un descuento del 15% del monto total a pagar por todo el ano; Que, de acuerdo con el Art. 29º del TEXTO ORDENADO DEL CODIGO TRIBUTARIO, ultimo parrafo, la Administracion Tributaria podra prorrogar con caracter general el pago de la deuda tributaria; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 04/2000 de fecha 29.2.2000, se dispuso la prorroga del pago del Impuesto Predial 2000, hasta el 31 de marzo del presente ano; Que, considerando la actual situacion economica por la que atraviesa el MORDAZA, y a solicitud y pedido de multiples contribuyentes del distrito es conveniente prorrogar hasta el 30 de MORDAZA del ano en curso la fecha para el pago de la 1ra. Cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios del presente ano; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y modificatorias; SE DECRETA: Articulo 1º.- Prorrogar el pago de la Primera Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios hasta el 30 de MORDAZA del presente ano. Articulo 2º.- Prorroguese el beneficio de descuento del 15% por pago al contado del monto total por arbitrios, cancelado al 30.4.2000. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina de Rentas, a la Unidad de Informatica y la Oficina de Administracion el cabal cumplimiento del contenido de la presente ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 3788

El Concejo Distrital de El MORDAZA en Sesion Extraordinaria del 11 de diciembre de 1999, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA ORGANIZACIONES JUVENILES BASE LEGAL - Articulo 2º incisos 13) y 17) de la Constitucion Politica del Estado. - Ordenanza Nº 191 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. - Articulo 10º inciso 11) de la Ley Nº 23853 Organica de Municipalidades. - Carta de Compromiso entre CEPESJU Y LA MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA de fecha 3-11-1998. - Acuerdo de Concejo Nº 012-A-99-SEGE-06-MDEA que aprueba el Programa de Desarrollo Integral de la Juventud (Promudij) - Convenio del 17-2-99 suscrito entre el Comite Multisectorial representado por la Municipalidad de El MORDAZA, Contradrogas, y PNUFID Fortalecimiento Institucional por una Comunidad sin Drogas, ni violencia. - Resolucion de Alcaldia Nº 183-99-A-SEGE-02.-MDEA que aprueba el Convenio de Fortalecimiento Institucional para la Comunidad sin Drogas ni Violencia. - Convenio de fecha 14-7-99 Cooperacion para el Desarrollo de Red de Lideres Adolescentes en el Distrito de El MORDAZA y para la capacitacion en Generacion de Microempresas y Empleos Productivos. - Resolucion de Alcaldia Nº 575-A-SEGE-02-MDEA que aprueba la Carta Compromiso entre Cepesju y la Municipalidad de El Agustino. - Resolucion de Alcaldia Nº 832-A-99-SEGE-02-MDEA que aprueba el Convenio para la Red de Lideres Adolescentes del Distrito de El MORDAZA y para la capacitacion en Generacion de Microempresas y Empleos Productivos suscrito entre Promudeh y la Municipalidad de El Agustino. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en su Articulo 2º incisos 13) y 17) reconoce como derecho de la persona a asociarse y constituir diversas formas de organizacion juridica sin fines de lucro para la consecucion de sus fines, sin autorizacion previa y con arreglo a Ley, asi como de participar en forma individual o asociada en la MORDAZA politica, economica, social y cultural de la nacion, mas aun como derecho y deber de participar con su pueblo y con las Instituciones Distritales; Que, en consecuencia los jovenes del distrito pueden organizarse para la defensa de sus derechos e intereses, asi como para presentar propuestas y proyectos a cualesquier Institucion Publica y Privada y principalmente trabajar en forma coordinada con el Area de Participacion Vecinal, Cultura, Deportes y otras areas de la Municipalidad de esta jurisdiccion; Que, los jovenes del distrito de El MORDAZA, han venido organizandose en diferentes formas y en otros casos, en movimientos juveniles y teniendo en conocimiento que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA ha creado el Registro Unico de Organizaciones Sociales para la Participacion vecinal mediante Ordenanza Nº 191 de fecha 13-11-98 en donde incluye a las Organizaciones Juveniles, es necesario normar la aludida en este aspecto; Que, es conveniente que estas Organizaciones Juveniles participen conjuntamente con sus Autoridades Municipales y otras Instituciones, Locales en actividades que promuevan el desarrollo de su pueblo y en especial el desarrollo profesional de cada uno de los integrantes a traves de diversos mecanismos y

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