Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2000 (05/04/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, miercoles 5 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

Pag. 185379

"DICSA CONTRATISTAS GENERALES" solicito RENOVACION de INSCRIPCION ante el Registro Nacional de Contratistas, solicitud que fue aprobada mediante Resolucion de Gerencia Nº 0143-99/RNC-CONSUCODE del 28.1.99, con una Capacidad MORDAZA de Contratacion de ONCE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA NUEVOS SOLES (S/. 11'993,250.00), expidiendosele el Certificado de Inscripcion Nº 147 de fecha 2.2.99, con vigencia hasta el 27.1.2001, en razon de haber cumplido con presentar los requisitos legales correspondientes, acreditando como integrantes de su plantel tecnico, a los ingenieros MORDAZA A. Idone Ferrer, Neisser Dogar MORDAZA Astacuri y MORDAZA MORDAZA Copaja Rujel; Que, con fecha 3.9.99 la referida empresa pone en conocimiento el ingreso al plantel tecnico del arquitecto MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en reemplazo del Ing. MORDAZA MORDAZA Copaja Rujel; Que, de la fiscalizacion posterior efectuada a la documentacion recaudada por la empresa MORDAZA IDONE CONSTRUCTORES S.A. "DICSA CONTRATISTAS GENERALES se tiene que el arquitecto MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA dejo de pertenecer a la misma el 1.2.2000, conforme es de verse en los documentos obrantes a fojas 34, remitidos a este Consejo Superior por la mencionada empresa; Que, el inciso b) del Articulo 13º y Articulo 20º de la Resolucion Ministerial Nº 043-99-PCM, establecen como requisitos para estar inscrito en el Registro Nacional de Contratistas, acreditar Capacidad Tecnica; la cual esta dada por la conformacion del plantel tecnico; que para el presente caso es de tres ingenieros o arquitectos, en razon que la Capacidad de Contratacion otorgada a la empresa es de ONCE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA NUEVOS SOLES (S/. 11'993,250.00) Que, el Articulo 25º de la acotada MORDAZA legal, estipula que los Ejecutores de Obras, estan obligados a comunicar al CONSUCODE dentro de los diez dias siguientes al termino de cada mes, las variaciones de su plantel tecnico; de no hacerlo y ser detectado por CONSUCODE, este de oficio le disminuira la Capacidad de Contratacion o le cancelara la Inscripcion, segun corresponda, publicando la resolucion correspondiente en el Diario Oficial El Peruano; Que, de la revision efectuada, se tiene que la empresa en mencion ha incumplido con comunicar oportunamente la nueva variacion de su plantel tecnico, por lo que siendo asi, en aplicacion de la acotada MORDAZA legal, resulta pertinente disminuir la Capacidad de Contratacion otorgada a la empresa MORDAZA IDONE CONSTRUCTORES S.A. "DICSA CONTRATISTAS GENERALES", ante el Registro Nacional de Contratistas, de ONCE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA NUEVOS SOLES (S/ . 11'993,250.00); a la suma de ONCE MILLONES SEISCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 11'600,000.00), por ende, modificar el primer parrafo de la parte resolutiva de la Resolucion de Gerencia Nº 0143-99/RNC-CONSUCODE del 28.1.99; procediendose en consecuencia a emitir de oficio MORDAZA certificado de Inscripcion a favor de la empresa MORDAZA IDONE CONSTRUCTORES S.A. "DICSA CONTRATISTAS GENERALES", con la nueva Capacidad MORDAZA de Contratacion dispuesta por la presente Resolucion, por el termino que resta del certificado anterior; Que, estando a la facultad conferida por Resolucion Nº 069-99CONSUCODE/PRE, a lo dispuesto por los Articulos 13º, 20º y 25º de la R.M. Nº 043-99-PCM, al D.S. Nº 047-98-PCM Articulo 14º incisos c) y h), y a lo informado por el Registro Nacional de Contratistas; SE RESUELVE: 1.- Modificar el primer parrafo de la parte resolutiva de la Resolucion de Gerencia Nº0143-99/RNC-CONSUCODE del 28.1.99, unicamente en el extremo que otorga la Capacidad MORDAZA de Contratacion a la empresa MORDAZA IDONE CONSTRUCTORES S.A. "DICSA CONTRATISTAS GENERALES", la cual a partir de la fecha, disminuye a la suma de ONCE MILLONES SEISCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 11'600,000.00), por contar esta con solo dos (2) profesionales como integrantes de su plantel tecnico y no con tres (3) como se requiere de acuerdo a ley. 2.- Dejar sin efecto legal, el CERTIFICADO DE INSCRIPCION Nº 147 de fecha 2.2.99 emitido a nombre de la mencionada empresa. 3.- Emitir de oficio, MORDAZA Certificado de Inscripcion a favor de la empresa MORDAZA IDONE CONSTRUCTORES S.A. "DICSA CONTRATISTAS GENERALES", con la nueva Capacidad MORDAZA de Contratacion dispuesta por la presente Resolucion, por el termino que resta del certificado anterior. 4.- Declarar que la empresa MORDAZA IDONE CONSTRUCTORES S.A. "DICSA CONTRATISTAS GENERALES", tiene MORDAZA su derecho a solicitar AUMENTO DE CAPACIDAD DE CONTRATACION, regularizando la falta de integrante de Plantel Tecnico en dicha solicitud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE ZELA Gerente de Registros 3848

CONSEJOS TRANSITORIOS DE ADMINISTRACION REGIONAL
Autorizan adquisicion de fertilizantes mediante MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 116-2000-CTAR PIURA-P MORDAZA, 14 de marzo del 2000 VISTOS; el Informe Nº 013-2000/CTAR PIURA-PROGRAMA PIMA-DE, de fecha 10 de marzo del 2000, de la Direccion Ejecutivo del Programa PIMA, Informe Nº 27-2000/CTAR PIURAPROGRAMA PIMA-ALE, de fecha 8 de marzo del 2000, y la MORDAZA autenticada del Acta de Sesion del Comite Especial de la Licitacion Publica Nº 001-2000-PROGRAMA PIMA-CTAR MORDAZA, de fecha 8 de marzo del 2000, sobre adquisicion de fertilizantes; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los documentos de "VISTOS", con fecha 8 de marzo del 2000, el Comite Especial de la Licitacion Publica Nº 001-2000/CTAR PIURA-PROGRAMA PIMA, concerniente a la adquisicion de fertilizantes para atender a los agricultores que cultivan algodon Pima en los Valles del departamento de MORDAZA, MORDAZA 1999/2000, informa que luego de la apertura de los Sobres Nº 01 y Nº 02, realizada en Acto Publico los dias 6 y 8 de marzo en curso, se acordo por unanimidad otorgar la Buena Pro en el rubro 4,000 TM de urea MORDAZA, al 46% de nitrogeno, al postor "Corporacion Misti S.A.", con precios segun lugares de entrega, que van de US$ 162.50 a US$ 164.50 T.M., entregan inmediata y financiamiento a 180 dias; Que, con respecto a la provision de Superfosfato Triple de Calcio, Fosfato Di Amonico y Sulfato de Potasio, ha resultado valida una sola oferta, por lo que de conformidad con el Art. 32º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Comite Especial acordo mediante Resolucion Presidencial Nº 114-2000/CTAR PIURA-P de fecha 13 de marzo del 2000, declarar desierta la Licitacion Publica en lo que respecta a estos items; Que, de acuerdo a la reglamentacion del cultivo existente en el PROGRAMA PIMA y las fechas limite de siembra, el cultivo del algodonero habilitado a traves de Creditos Agricolas se ha venido instalando en los Valles del Chira, Medio y Bajo MORDAZA y San MORDAZA, siendo su fecha de instalacion en este ultimo MORDAZA hasta el dia 15 de marzo del 2000; Que, en atencion a lo descrito en el considerando anterior y dada la forma escalonada de la siembra, a la fecha existen algodones que requieren con caracter de urgente el primer o MORDAZA abonamiento en la medida que se encuentran bordeando los sesenta (60) dias de germinacion; Que, el estado de la MORDAZA MORDAZA auspiciada por el Programa Pima del CTAR MORDAZA requiere de la provision inmediata e indispensable de los bienes que no han podido adquirirse a traves del MORDAZA de Seleccion acotado, teniendo presente que dichos bienes no admiten sustitutos y su falta de aplicacion oportuna comprometera, en forma inminente, la prestacion de un apoyo especial a la operacion MORDAZA productiva, que es la razon de ser del Programa; Que, atendiendo al tiempo que demanda la organizacion y desarrollo de una nueva convocatoria para la contratacion de las necesidades requeridas mediante Licitaciones Publicas, la atencion de las referidas necesidades se veria interrumpida en tanto se otorgue la Buena Pro y se suscriba el respectivo contrato; Que, resulta de urgente necesidad dotar al PROGRAMA PIMA de los bienes indicados en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion, constituyendo la ausencia de los mismos una "Situacion de Urgencia" prevista en los Articulos 19º, literal c), y 21º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, en consecuencia, la ausencia de dichos bienes, la necesidad de contar con ellos a efectos de garantizar una productiva MORDAZA MORDAZA y la disponibilidad de recursos financieros comprometidos, hacen necesario exonerar al PROGRAMA PIMA para la adquisicion de los bienes MORDAZA mencionados, y, a autorizarlo a efectuar dicha adquisicion mediante la modalidad de adjudicacion directa de menor cuantia; De conformidad con los Articulos 19º, 20º y 21º de la Ley Nº 26850, y el Articulo 44º, literal c) de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 039-98-PCM de 28 de setiembre de 1998; Con las visaciones de la Gerencia Regional de Administracion, Asesoria Juridica y de la Secretaria Tecnica del CTAR PIURA; y, En uso de las atribuciones conferidas al Despacho por la Ley Nº 26922, Ley MORDAZA de Descentralizacion, el D.S. Nº 010-98PRES y la Resolucion Suprema Nº 187-98-PRES;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.