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Pág. 185365 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 5 de abril de 2000 DIRECTIVA Nº 004-2000-CG/SPRI INFORMACION QUE LAS ENTIDADES DEBEN REMITIR A LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA CON RELACION A CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO I. FINALIDAD Precisar la información que las entidades deben remitir a la Contraloría General de la República con relación a contrataciones y adquisiciones del Estado, en cumplimiento de la normativa vigente. II. OBJETIVO Contar con una base de datos sobre el tema de contrataciones y adquisiciones del Estado, que coadyuve a la planificación de auditorías y otras actividades de control selectivo y posterior. III. ALCANCE La presente Directiva es de cumplimiento obligatorio por las entidades comprendidas en la Ley Nº 26850 - Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado. Asimismo la presente Directiva se aplica a las entidades que se acojan a lo señalado en la Primera Disposición Transitoria de la precitada ley. IV. BASE LEGAL a) Constitución Política del Perú, Artículo 82º. b) Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, de 24.DIC.92. c) Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de 20.JUL.97. d) Decreto Supremo Nº 039-98-PCM de 26.SET.98, que aprue- ba el Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. e) Decreto Ley Nº 25565 - Sistema de Licitaciones y Concursos por "Evaluación Internacional de Procesos", de 17.JUN.92. f) Decreto Supremo Nº 005-99-PCM de 9.MAR.99, mediante el cual se precisa que el Inc. d) del ArtIculo 19º de la Ley Nº 26850, comprende las tarifas que se cobran por los servicios de publicidad a las entidades del sector público. g) Decreto Supremo Nº 006-99 -PCM de 9.MAR.99, con el que se aprueban normas aplicables a las contrataciones y adquisicio- nes que realicen ESSALUD, el Ministerio de Salud, dependencias de Sanidad de las FF.AA. y de las Fuerzas Policiales. V. DISPOSICIONES ESPECIFICAS Información sobre Licitaciones y Concursos Públicos con Procesos Concluidos 1. Las entidades remitirán a la Contraloría General de la República, dentro de los quince (15) días siguientes al cierre de cada trimestre, una relación de las Licitaciones y Concursos Públicos cuyo proceso de selección haya culminado durante el trimestre reportado. Para tal fin se utilizará el Formato PC, que se muestra en ANEXO Nº 1. En el caso de entidades que se acojan a lo señalado en la Primera Disposición Transitoria de la Ley Nº 26850, se reportará en el Formato PC aquellos procesos concluidos que por su monto correspondan a una Licitación o Concurso Público. Adjunto al Formato precitado, las entidades remitirán los cuadros comparativos de propuestas correspondientes a los proce- sos reportados. Entiéndase como procesos de selección culminados aquellos en que el otorgamiento de la Buena Pro haya quedado consentido, se haya cancelado el proceso, así como los casos de declaratoria de nulidad y declaratoria de desierto. Información sobre Licitaciones Públicas y Concursos de Méritos por el Sistema de "Evaluación Internacional de Procesos". 2. En la oportunidad en que se remitan los documentos señalados en el punto 1 de las Disposiciones Específicas, las entidades remitirán a la Contraloría General de la República, información sobre las Licitaciones Públicas y Concursos de Méri- tos desarrollados bajo el Sistema de "Evaluación Internacional de Procesos", cuyos procesos de selección hayan culminado durante el trimestre reportado. Para tal fin se utilizará el Formato EIP que se muestra en ANEXO Nº 2, que forma parte de la presente Directiva, adjuntando al mismo los cuadros comparativos de propuestas correspondientes a los procesos reportados. Información sobre Procesos Exonerados de Licitación y Concurso Público 3. Con relación a lo establecido en el penúltimo párrafo del Artículo 19º y en el Artículo 20º de la Ley Nº 26850, las entidades deben remitir a la Contraloría General de la República, dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación, la información que a continuación se indica:a) Copia del Decreto Supremo, Acuerdo de Directorio o Reso- lución de la máxima autoridad de la Entidad con que se aprueba la adquisición con exoneración de Licitación y Concurso Público. b) Copia del Informe Sustentatorio de la exoneración materia de aprobación. c) Formato EXLC, el mismo que se muestra en el ANEXO Nº 3 de la presente Directiva. Información sobre Procesos de Selección Declarados Desiertos en dos Oportunidades 4. En los casos de procesos de selección declarados desiertos en dos oportunidades, las entidades remitirán, por cada uno de ellos, la información siguiente: a) Copia del aviso de convocatoria b) Copia autenticada del acta de recepción de propuestas c) Copia autenticada del documento mediante el cual se declara desierto el proceso. La Contraloría General se reserva el derecho de solicitar la información adicional que estime pertinente para los fines del ejercicio del control selectivo y posterior. Conjuntamente con la información antes señalada, las entida- des remitirán el Formato DDES que se muestra en ANEXO Nº 4 . La información que se precisa en este numeral será remitida a la Contraloría General de la República dentro de los diez siguientes a la segunda declaración de proceso desierto. Información sobre Pagos de Servicios de publicidad Exonerados de Licitación y Concurso Público 5. Sin perjuicio de cumplir estrictamente con lo establecido en el Numeral 3 de las Disposiciones Específicas de la presente Directiva, las entidades deben remitir a la Contraloría General de la República los pagos correspondientes a los conceptos señalados en el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 005-99-PCM, dentro de los 10 días siguientes a la fecha en que se haga efectivo el pago. Para tal fin las entidades utilizarán el Formato PCP que se muestra en el ANEXO Nº 5. Información sobre Licitaciones y Concursos Públicos desarrollados por Entidades vinculadas a los Servicios de Salud en los cuales se ha adjudicado más del 20% de los ítems con una única oferta válida 6. Las entidades señaladas a que hace referencia el Decreto Supremo Nº 006-99-PCM, remitirán a la Contraloría General de la República, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al consenti- miento de la buena pro de las Licitaciones y Concursos Públicos en que se ha adjudicado más del 20% de los ítems con una única oferta válida, el Formato A20 que se muestra en ANEXO Nº 6. Sobre la Presentación de la Información por parte de las Entidades 7. La remisión de la información será de responsabilidad del funcionario que ocupa el más alto cargo administrativo de la entidad, a quien hace referencia el Artículo 2º del Reglamento de la Ley Nº 26850. 8. La presentación de los Formatos PC, EIP, EXLC, DDES, PCP y A20, se efectuará en la Sede Central o Sedes Regionales de Auditoría de la Contraloría General de la República, según el ámbito territorial detallado en el ANEXO Nº 7. 9. Los Formatos PC, EIP, EXLC, DDES, PCP y A20, que forman parte de la presente Directiva, se encuentran disponibles en la página Web de la Contraloría General de la República, cuya dirección electrónica es: www.condor.gob.pe . El procedimiento para reportar la Información utilizando el medio precitado, se muestra en el ANEXO Nº 8. La transmisión de información por medios electrónicos no exime a las entidades de la obligación de remitir los documentos establecidos en la presente Directiva. 10. La presentación de la información ante la Contraloría General de la República no convalida los actos o acciones que no se ciñan a la normativa vigente, por corresponder a las autorida- des de las respectivas entidades, dentro de su proceso de control interno, supervisar previa, concurrente y posteriormente la lega- lidad de los actos que se informan. La información que las entidades deben remitir en cumpli- miento de presente directiva, permitirá mantener actualizada la base de datos institucional para la planificación de auditorías y otras actividades de control posterior que se llevarán a cabo en forma selectiva. VI. DISPOSICION FINAL La presente Directiva entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Lima, 23 marzo del 2000.