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Pág. 185363 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 5 de abril de 2000 responsabilidad administrativa a los ex investigados Jesús Ran- dolph Escobedo Corrales y Eloy Huerta Ramos encargados de la Unidad de Tesorería y del Area de Logística, respectivamente; Que, conforme a los documentos detallados en el Anexo Nº 06 de autos, estos corresponden al año 1997, es decir de fecha posterior al cese por Renuncia Voluntaria con Incentivos de los procesados Jesús Randolph Escobedo Corrales y Eloy Huerta Ramos, toda vez que mediante Resolución Administrativa del Titular del Pliego Nº 102-96-SE-TP-CME-PJ del 13 de marzo de 1996 se les aceptó la Renuncia presentada con retroactividad al 1 de marzo de 1996; que siendo esto así se puede concluir que, ambos ex servidores no tienen responsabilidad funcional en los hechos que se les atribuye, por ende no pueden ser pasibles de ninguna sanción administrativa, debiendo archivarse los actuados en cuanto a este extremo se refiere; Que, otra de las observaciones señaladas en el Informe Especial, es referente a que durante el período comprendido de julio de 1996 a junio de 1997 se han autorizado pagos en exceso por concepto de Racionamiento al personal administrativo, hasta por un monto de S/. 1,210.00 nuevos soles, sin haberse analizado debidamente las Tarjetas de Asistencia Diaria para verificar las horas laboradas fuera del horario normal de trabajo, por cuanto el racionamiento se venía pagando por tres (3) horas extraordinarias, cuando la Resolución Administra- tiva Nº 087-95-PCS del 28 de febrero de 1995, establece cuatro (4) horas trabajadas después del horario normal; razón por la cual, se les atribuía presunta responsabilidad administrativa a los ex servidores Pedro Julio Navarro Barrios y Jesús Randol- ph Escobedo Corrales, encargado de las Unidades de Personal y Tesorería; Que, con relación a lo indicado en el párrafo anterior se ha establecido que, conforme al Oficio Nº 1812-99-PER-A-CSJAR/PJ del 16 de junio de 1999, esos pagos en exceso (indebidos) se realizaron a partir de julio de 1996 a junio de 1997, cuando los citados ex servidores procesados ya no laboraban en esta Institu- ción toda vez que les fue aceptada su Renuncia Voluntaria con Incentivos a partir del 1 de marzo de 1996, mediante Resolución Administrativa Nº 102-96-SE-TP-CME-PJ; en consecuencia, ambos ex servidores no tienen ninguna responsabilidad funcio- nal, por supuesta negligencia en el desempeño de sus funciones, por consiguiente no pueden ser pasibles de ninguna sanción administrativa, debiendo archivarse los actuados en cuanto a este extremo se refiere; Que, la referida Comisión Permanente de Procesos Admi- nistrativo Disciplinario cumple con emitir el Informe Final que le compete y, que concluye, sustanciado el proceso admi- nistrativo disciplinario y, en mérito a lo precisado en los considerandos que anteceden, se ha acreditado que los ex servidores Pedro Jesús Navarro Barrios, Jesús Randolph Escobedo Corrales y Eloy Huerta Ramos, no han incurrido en falta administrativa de carácter disciplinario, negligencia en el desempeño de sus funciones, debiéndoseles absolver y disponer el Archivamiento Definitivo del Proceso Administra- tivo Disciplinario Nº 01-2000-CPPAD/PJ; Que, estando a lo expuesto, no siendo los investigados pasibles de sanción alguna por las consideraciones anotadas y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26546, modificadas y amplia- das por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, y por las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ y 029-99-SE- TP-CME-PJ; y estando a lo recomendado por la Comisión Perma- nente de Procesos Administrativos Disciplinarios en su Informe Final; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ABSOLVER a los ex servidores PE- DRO JULIO NAVARRO BARRIOS, Técnico Judicial I, Nivel STC y ex Auxiliar de Personal, JESUS RANDOLPH ESCO- BEDO CORRALES, Auxiliar Judicial I, Nivel SAC y ex Auxi- liar de Contabilidad; y ELOY HUERTA RAMOS, Auxiliar Judicial III; Nivel SAA y ex Auxiliar de Logística, de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, de los cargos imputados en su contra en el presente Proceso Administrativo Disciplina- rio, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ORDENAR el Archivamiento Definitivo de la presente causa, en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Artículo Tercero.- REMITIR copias autenticadas de la presente Resolución, al Supervisor de Personal de la Gerencia de Administración y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Inspectoría General del Poder Judicial, Comi- sión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y a los interesados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID PEZUA VIVANCO Titular del Pliego del Poder Judicial 3915COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL Designan magistrado para integrar delegación que participará en congre- so sobre prevención del delito y trata- miento del delincuente, a realizarse en Austria RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 1108-CME-PJ Lima, 4 de abril del 2000 LA COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL VISTO: El Oficio RE (PMS-ONU) Nº 4/53, remitido por el Ministro de Relaciones Exteriores, referido al X Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento el Delincuente, así como al IX período de sesiones de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal, que se desarrollará en Viena, Austria; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Relaciones Exteriores solicita la designa- ción de funcionarios de este Sector para que integren la delegación peruana que participará en el X Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, que tendrá lugar en Viena, Austria, del 10 al 17 de abril del presente año, así como al IX período de sesiones de la Comisión de Preven- ción del Delito y Justicia Penal, que se desarrollará del 18 al 20 de abril en la misma ciudad; En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nº 26546, sus modificatorias y ampliatorias; y estando a lo acordado en Sesión de la fecha; RESUELVE: Primero.- Designar al doctor José Antonio Neyra Flores, Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima, para que integre la delegación peruana que participará en el X Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, que tendrá lugar en Viena, Aus- tria, del 10 al 17 de abril del presente año, así como al IX período de sesiones de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal, que se desarrollará del 18 al 20 de abril en la misma ciudad, concediéndosele licencia con goce de haber del 9 al 21 de abril del presente año. Segundo.- Los gastos que irrogue la presente resolución serán cubiertos por la Gerencia General del Poder Judicial. Tercero.- Transcribir la presente resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores, a la Gerencia General del Poder Judicial y al interesado. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR R. CASTILLO CASTILLO LUIS SERPA SEGURA JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 3913 Autorizan a titular del pliego suscribir convenio de cooperación sobre ce- sión en uso de área de terreno ubicado en el distrito de San Jerónimo, provin- cia del Cusco RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 1109-CME-PJ Lima, 4 de abril del 2000