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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2000 (21/04/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 11

Pág. 185853 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de abril de 2000 ción Directoral Nº 204-99-MTC/15.16, que otorgó a AEROVIAS DE MEXICO S.A. de C.V., Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, el mismo que quedará redactado de la siguiente forma: "Artículo 1º.- Otorgar a AEROVIAS DE MEXICO S.A. de C.V., de conformidad al "Convenio Bilateral suscrito entre el Gobierno del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos", Permiso de Operación por el plazo de (3) años, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, sujeto a las siguientes características: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Servicio de Transporte Aéreo Regular de pasajeros, carga y correo. AMBITO DEL SERVICIO: - Internacional. MATERIAL AERONAUTICO: - BOEING 757-2Q8 - BOEING 767-200 - BOEING 767-300 RUTAS, FRECUENCIAS Y DERECHOS AERO- COMERCIALES: CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA Y CUAR- TA LIBERTAD DEL AIRE: - MEXICO D.F. - LIMA y vv., con cuatro (4) frecuencias semanales." Artículo 2º.- Incorpórese al texto de la Resolución Minis- terial Nº 379-97-MTC/15.16, modificada por la Resolución Directoral Nº 204-99-MTC/15.16, los siguientes artículos: "Artículo 10º.- Si la Administración verificase la ocurren- cia de un fraude o falsedad en la documentación presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Dirección General de Transporte Aéreo, al amparo del Artículo 6º y demás normas concordantes de la Ley de Simplificación Administrativa, declarará nulo de pleno derecho el acto o proceso administrativo de que se trate; sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento de la autoridad competente, para la instauración del correspondiente proceso penal, conforme a lo previsto en el Artículo 29º del Decreto Legislativo Nº 757. Artículo 11º.- La vigencia del Permiso de Operación otorgado a la empresa solicitante, queda condicionada al cumplimiento de la obligación por parte de AEROVIAS DE MEXICO S.A. de C.V., de otorgar la garantía global que establece el Artículo 19º de la Ley Nº 26917, dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación del Reglamento de la referida Ley, en los términos y condiciones que éste establezca. El incumplimiento de esta obligación determinará la automá- tica revocación del presente Permiso de Operación. Artículo 12º.- Las operaciones que se autorizan por medio de la presente Resolución, quedan sujetas a la capacidad establecida en la Sección I, "Cuadro de Rutas" del Convenio Bilateral sobre Transporte Aéreo suscrito entre el Gobierno de Perú y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos". Artículo 3º.- Los demás términos de la Resolución Ministerial Nº 379-97-MTC/15.16. del 7 de agosto de 1997, modificada por la Resolución Directoral Nº 204-99-MTC/ 15.16 del 7 de octubre de 1999, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS HARMES BOURONCLE Director General de Transporte Aéreo Dirección General de Transporte Aéreo 4560 Sancionan a centro de salud CRISA, local de La Victoria, con cancelación de autorización para prestar servicio público de toma de exámenes de apti- tud psicosomática RESOLUCION DIRECTORAL Nº 266-2000-MTC/15.18 Lima, 22 de febrero de 2000VISTOS, el Acta de Verificación Nº 123 de fecha 10 de mayo de 1997, Informe Nº 164-99-MTC/15.18.05.EAS de la Comisión de Supervisión y Memorándum Nº 1568-99-MTC/15.18.05 de la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 217-97-MTC/ 15.18, se aprobó el Reglamento de Infracciones y Sanciones del Servicio Público para la toma de exámenes de aptitud psicosomática por los Organismos Públicos de Salud y los Centros de Salud Privados; Que, mediante Resolución Directoral Nº 003-97-MTC/ 15.15 de fecha 8 de enero de 1997, se autorizó al Centro de Recuperación Integral de la Salud - CRISA, local de La Victoria, para que preste el servicio público de toma de exámenes psicosomáticos; Que, mediante Resolución Directoral Nº 501-97-MTC/ 15.18 de fecha 22 de setiembre de 1997, se sancionó al Centro de Recuperación Integral de la Salud - CRISA, local de La Victoria, con multa de diez (10) Unidades Impositivas Tribu- tarias y suspensión por 30 días en la prestación del servicio público de toma de exámenes psicosomáticos, por haber infringido las obligaciones establecidas en los literales b), d), f) y l) del Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 217-97- MTC/15.18, pero una vez transcurrido el plazo de suspen- sión el Centro Médico no ha reanudado la prestación del servicio, conforme se desprende del Acta de Verificación Nº 123 de fecha 10 de noviembre de 1997; Que, del análisis del Acta de Verificación Nº 123, se concluye que el Centro de Recuperación Integral de la Salud - CRISA, local de La Victoria, se encuentra incurso en la falta de abandono del servicio regulado en el literal c) del Artículo 9º de la Resolución Ministerial Nº 217-97-MTC/15.18, el cual constituye causal para la cancelación de la autorización otorgada al Centro de Salud en mención, para la prestación del servicio público de exámenes psicosomáticos; Que, en consecuencia, es necesario dictar las medidas administrativas correspondientes; Estando a lo opinado por las Direcciones de Parque Automotor y Circulación Vial en los Memorandos Nºs. 1568- 99-MTC/15.18.05 y de Asesoría Legal en Informe Nº 067- 2000-MTC/15.18.01, ambas dependencias de la Dirección General de Circulación Terrestre; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94- JUS, Reglamento de Infracciones y Sanciones para el servicio público de exámenes psicosomáticos aprobado por Resolución Ministerial Nº 217-97-MTC/15.18 y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Sancionar al Centro de Recuperación Inte- gral de la Salud - CRISA, local de La Victoria, con la CANCELACION de la autorización dispuesta por Resolu- ción Directoral Nº 003-97-MTC/15.15 de fecha 8 de enero de 1997, para la prestación del servicio público de toma de exámenes de aptitud psicosomática, por las razones expues- tas en la parte considerativa de la presente Resolución. Segundo.- Notificar al Centro de Recuperación Integral de la Salud - CRISA, local de La Victoria, a fin de que dentro del término de la distancia, entregue bajo inventario el acervo documentario que conserva de los exámenes de aptitud psicosomática, bajo responsabilidad. Tercero.- Encargar a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial la ejecución de la presente resolución. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 4532 Sancionan a conductor con cancela- ción definitiva de licencia de conducir e inhabilitación RESOLUCION DIRECTORAL Nº 282-2000-MTC/15.18 Lima, 23 de febrero de 2000 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 01965011 y 03480011, organizados en torno a la denuncia presentada por el señor Eduardo Guido Gonzales Descalso contra el