TEXTO PAGINA: 12
Pág. 185854 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de abril de 2000 señor QUIROZ FLORES Edgar Martín, sobre acumulación de infracciones al Reglamento de Tránsito, Informe Técnico Nº 1786-99-MTC/15.18.05.3.ASP elaborado por el Area de Antecedentes de la Subdirección de Otorgamiento de Licen- cias de Conducir y Memorándum Nº 2445-99-MTC/15.18.05 de la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 202-99-JAP-08-VES-CLDV- SIAT, de fecha 12 de mayo de 1999, la Delegación de la Policía Nacional del Perú de las Laderas de Villa del distrito de San Juan de Miraflores, pone en conocimiento la denun- cia presentada por el señor Eduardo Guido Gonzales Descal- so contra el señor QUIROZ FLORES Edgar Martín, conduc- tor del vehículo de su propiedad signado con placa de rodaje Nº KG-6570, por haber cometido una serie de infracciones al tránsito en el lapso de doce meses; para el efecto, adjunta fotocopias del Reporte de Papeletas del Conductor de la licencia de conducir Nº AE-0042027, clase A, categoría I; Que, mediante Oficio Nº 3613-99-MTC/15.18.05, de fecha 31 de mayo de 1999, la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial solicitó a la Dirección Municipal de Trans- porte Urbano de la Municipalidad de Lima Metropolitana, el Reporte de Papeletas impuestas al conductor señor QUIROZ FLORES Edgar Martín, titular de la licencia de conducir Nº AE-0042027/A-I, para efecto de resolver la denuncia inter- puesta por don Eduardo Guido Gonzales Descalso; Que, el Area de Antecedentes de la Subdirección de Otorgamiento de Licencias de Conducir mediante Informe Nº 1786-MTC/15.18.05.03.ASP, indica que el señor QUIROZ FLORES Edgar Martín, es titular de la licencia de conducir Nº Q-194343 / A-I, (AE-0042027/A-I); Que, la Dirección Municipal de Transporte Urbano de la Municipalidad de Lima Metropolitana mediante Oficio Nº 1743-99-MML/DMTU ha remitido el Reporte de Papeletas aplicadas al señor Quiroz Flores Edgar Martín, por la infrac- ción al tránsito cometido, desde el 13 de enero de 1998 al 15 de marzo de 1999, haciendo un total de catorce infracciones; Que, la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial mediante Citación Nº 691-99-MTC/15.18.05, de fecha 12 de octubre de 1999, comunica al señor QUIROZ FLORES Edgar Martín, en mérito del Reporte de Papeletas impues- tas por infracción al tránsito, en el sentido de haberse anotado precautelarmente la cancelación de la licencia de conducir Nº Q-194343/A-I, en la Base de Datos de Conducto- res, lo cual es necesario regularizar; Que, el Artículo 17º del Reglamento de Infracciones y Sanciones al Tránsito aprobado por Decreto Supremo Nº 17- 94-MTC, establece que la acumulación de ocho infracciones graves o muy graves en el lapso de 12 meses, da lugar a la sanción de cancelación definitiva de la licencia de conducir; Que, el señor QUIROZ FLORES Edgar Martín, ha come- tido con la licencia de conducir Nº AE-0042027/A-I, durante los últimos 12 meses cuatro infracciones muy graves y diez graves, por lo que de conformidad con la norma indicada en el considerando anterior procede cancelar la licencia de condu- cir mencionada, así como la signada bajo el Nº Q-194343/A-I; Que, en consecuencia, es necesario dictar la medida administrativa correspondiente; Estando a lo opinado por el Area de Antecedentes de la Subdirección de Otorgamiento de Licencias de Conducir en Informe Técnico Nº 1786-99-MTC/15.18.05.3.ASP y de la Asesoría Legal de la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial en Informe Nº 006-2000-MTC/ 15.18.05.AL.JPP; Con las visaciones correspondientes de las Direcciones de Parque Automotor y Circulación Vial y de Asesoría Legal ambas dependencias de la Dirección General de Circulación Terrestre; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 17º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de Tránsito apro- bado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, Artículo 121º del Código de Tránsito y Seguridad Vial aprobado por Decreto Legislativo Nº 420, Reglamento para obtener Licencias de Conducir para Vehículos Motorizados de Transporte Te- rrestre aprobado por Decreto Supremo Nº 15-94-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Sancionar, en vía de regularización al señor QUIROZ FLORES Edgar Martín con la CANCELACION DEFINITIVA de su licencia de conducir Nº Q-194343/A-I (AE-0042027/A-I); en consecuencia, INHABILITAR al men- cionado conductor por tres años para obtener nueva licencia de conducir, la que se computará a partir del 15 de marzo de 1999; por lo tanto, NOTIFICAR a dicha persona para que devuelva la licencia mencionada, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.Segundo.- Oficiar a la Policía Nacional del Perú para que en los operativos de control de tránsito requise la licencia de conducir Nº AE-0042027/A-I de su titular QUI- ROZ FLORES Edgar Martín. Tercero.- De conformidad con lo establecido en la Cuar- ta Disposición Complementaria del Reglamento para obte- ner Licencia de Conducir para Vehículos Motorizados de Transporte Terrestre aprobado por Decreto Supremo Nº 15- 94-MTC, la presente resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano. Cuarto.- Encargar la ejecución de la presente resolución a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 4531 Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Lima-Caraz RESOLUCION DIRECTORAL Nº 509-2000-MTC/15.18 Lima, 29 de marzo de 2000 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 2000-00551010, organizado por la empresa de transportes MUSHCA E.I.R.L., sobre Concesión de Ruta: LIMA - CARAZ y viceversa e Informe Técnico Nº 223-2000-MTC/15.18.04.1.SCG. de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa, mediante el expediente indica- do en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesión de ruta: LIMA - CARAZ y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terres- tre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 223-2000-MTC/15.18.04.1.SCG. se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y señalados en el Texto Unico de Procedimientos Administra- tivos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99- MTC, recomendándose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa de transportes MUSH- CA E.I.R.L., la concesión de la ruta: LIMA - CARAZ y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Te- rrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omni- bus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo con los siguientes términos: RUTA :LIMA - CARAZ y viceversa ORIGEN :LIMA DESTINO :CARAZ ITINERARIO :HUACHO-BARRANCA- HUARAZ-CARHUAZ- YUNGAY ESCALA COMERCIAL :HUACHO-BARRANCA- HUARAZ-CARHUAZ- YUNGAY FRECUENCIA :Una semanal FLOTA VEHICULAR :Dos ómnibus FLOTA OPERATIVA :Un ómnibus: VG-1553 (1997) FLOTA DE RESERVA :Un ómnibus: VG-3269 (1981) HORARIOS :Salida de Lima: Lunes a las 06.00 horas. Salida de Caraz: Jueves a las 06.00 horas.