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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2000 (21/04/2000)

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Pág. 185846 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de abril de 2000 CONSIDERANDO: Que, con fecha 1 de febrero de 2000, la empresa BRUCE GRUPO DIVERSION S.A. presenta una solicitud para ex- plotar Juegos de Casino en las instalaciones del Hotel 5 estrellas “Bruce Hotel” ubicado en Jr. Francisco Bolognesi Nº 171, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima; Que, la Ley Nº 27153, “Ley que Regula la Explotación de los Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas”, le otorga a la Dirección Nacional de Turismo las facultades adminis- trativas de autorización vinculadas a la aplicación de dicha Ley, estableciéndose en el inciso a) del Artículo 25º que a la Dirección Nacional de Turismo le corresponde expedir y revocar las autorizaciones de explotación de juegos de casino; Que, de la evaluación del Expediente Nº 001483- 2000-MITINCI se advierte que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos para obtener la Autorización Expresa exigidos en la Ley Nº 27153 como en su Regla- mento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001- 2000-ITINCI ; Que, mediante Resolución Suprema Nº 188-99-ITIN- CI se establecen los distritos autorizados para la explo- tación de juegos de casino, declarándose al distrito de Miraflores, provincia de Lima, departamento de Lima, como distrito autorizado para la explotación de juegos de casino; Que, mediante Resoluciones Directorales Nº 199-99-MI- TINCI/VMT/DNT, Nº 200-99-MITINCI/VMT/DNT, Nº 202- 99-MITINCI/VMT/DNT, Nº 204-99-MITINCI/VMT/DNT, Nº 205-99-MITINCI/VMT/DNT y Nº 206-99-MITINCI/ VMT/DNT se autorizan y registran las modalidades de juegos de casino de Black Jack, Ruleta, Pai Gow Poker, Punto y Banca, Craps y Póker Caribeño, respectivamen- te; De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI y el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa BRUCE GRUPO DIVERSION S.A. la explotación de Juegos de Casino en las instalaciones del Hotel 5 estrellas “Bruce Hotel” ubicado en Jr. Francisco Bolognesi Nº 177, distrito de Miraflores, pro- vincia de Lima, departamento de Lima. Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la em- presa BRUCE GRUPO DIVERSION S.A. a explotar los siguientes juegos de casino debidamente autorizados e ins- critos por la Dirección Nacional de Turismo: Nombre de los Juegos de Casino Nº de Registro Black Jack JC0001 Ruleta tipo Americana JC0002 Ruleta tipo Francesa JC0002 Pai Gow Poker JC0004 Punto y Banca JC0006 Midi Punto y Banca JC0006 Mini Punto y Banca JC0006 Craps JC0007 Póker Caribeño JC0008 Artículo 3º.- La presente autorización faculta a la em- presa BRUCE GRUPO DIVERSION S.A. a instalar en su sala de juegos de casino veintiún (21) mesas de juegos de casino según la descripción siguiente: Nombre de los Juegos de Casino Número de mesas Black Jack 06 Ruleta tipo Americana 02 Ruleta tipo Francesa 02 Pai Gow Poker 02 Punto y Banca 01 Midi Punto y Banca 02 Mini Punto y Banca 02 Craps 01 Póker Caribeño 03 Artículo 4º.- El plazo de la autorización otorgada a la empresa BRUCE GRUPO DIVERSION S.A. es de cinco años contados desde la publicación de la presente Resolución. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia el día de su publicación.Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA DEL ROCIO VESGA Directora Nacional de Turismo 4394 Autorizan inscripción de empresa en el Registro de personas jurídicas auto- rizadas para Reconstruir Máquinas Tragamonedas RESOLUCION DIRECTORAL Nº 081-2000-MITINCI/VMT/DNT Lima, 11 de abril del 2000 Vistos, el Expediente Nº 002402-2000-MITINCI, pre- sentado por la empresa INTERNATIONAL GAME TECH- NOLOGY solicitando la Autorización e Inscripción en el Registro de personas jurídicas para Reconstruir Máqui- nas Tragamonedas; y el Informe Nº 119-2000-MITINCI/ VMT/DNT/DE-JCMT/g.z.; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153 se regula la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, estable- ciéndose en su Artículo 10º, inciso c) que la reconstrucción de las máquinas tragamonedas debe ser realizada por el fabri- cante o una persona distinta, debidamente autorizada por la autoridad competente; Que, el Artículo 17º del Reglamento para la Explota- ción de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2000- ITINCI, establece la información y documentación que debe presentar el interesado para obtener la autoriza- ción y registro para reconstruir máquinas tragamone- das; Que, de la evaluación de la documentación e información presentada por la empresa INTERNATIONAL GAME TE- CHNOLOGY en el Expediente Nº 002402-2000-MITINCI, se advierte que ésta ha cumplido con las disposiciones legales aplicables; De conformidad con la Ley Nº 27153 y el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, y estando a lo opinado mediante el Informe Nº 119-2000-MITINCI/VMT/DNT/DE- JCMT/g.z.; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa INTERNATIO- NAL GAME TECHNOLOGY para reconstruir máquinas tragamonedas correspondientes a los modelos que se detallan en el Anexo I, el cual forma parte integrante de la presente Resolución, de conformidad con lo estableci- do en la Ley Nº 27153 y el Decreto Supremo Nº 001-2000- ITINCI. Artículo 2º.- Inscríbase en el Registro de personas jurídicas autorizadas para reconstruir máquinas tragamo- nedas, ante la Dirección Nacional de Turismo, a la empresa INTERNATIONAL GAME TECHNOLOGY con el siguiente código: R004. Artículo 3º.- INTERNATIONAL GAME TECHNOLO- GY deberá incorporar una placa en las máquinas tragamo- nedas que reconstruya, la misma que se ubicará en un lugar de fácil visibilidad, y deberá contener la siguiente informa- ción: razón social, número de registro otorgado por la Direc- ción Nacional de Turismo y la fecha de su reconstrucción; su incumplimiento acarreará la cancelación del registro otor- gado. Artículo 4°.- El plazo de vigencia de la autorización otorgada a la empresa INTERNATIONAL GAME TECH- NOLOGY, es desde la entrada en vigencia de la presente Resolución, hasta el 15 de abril del 2003. Artículo 5°.- La presente Resolución entrará en vigen- cia al día siguiente de su notificación. Regístrese, publíquese y comuníquese. MARIA DEL ROCIO VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo