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Pág. 191516 NORMAS LEGALES Lima, viernes 11 de agosto de 2000 Comas, el mismo que para el proceso de gestión, metodo- logicamente ha determinado la concretizaron de los espacios de concertación con organizaciones sociales y económicas, públicas y privadas para las etapas de inplementacion y sostenibilidad de dicho Plan Integral; Que la Municipalidad de Comas y las organizaciones empresariales del distrito recogiendo las conclusiones derivadas de los espacios de concertación, han decidido desarrollar ideas y alternativas de manera conjunta, a través de un nivel organizativo que le permita articular los circuitos productivos, comerciales y de servicios con la demanda conal y metropolitana, ejecutando planes, programas y proyectos que oriente hacia el desarrollo económico y sostenido del distrito de Comas; Que, el Artículo 2º numeral 17 de la Constitución Política del Estado concordante con la Ley Orgánica de Municipalidades y demás normas conexas, establece la participación individual o asociada de los ciudadanos en la vida política, económica, social y cultural de la nación, abriendo más espacios de participación a la Sociedad Civil en la toma de decisiones para fortalecer los Comités y Juntas de Vecinos; Que, la Comisión de Regidores de Desarrollo Econó- mico, mediante dictamen se ha pronunciado favorable- mente para que el pleno del Concejo Municipal apruebe el Proyecto de Constitución del Consejo de Desarrollo Económico del Distrito de Comas; En usos de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853, con el voto UNANIME del Concejo se aprobó la siguiente: ORDENANZA CONSTITUCION DEL CONSEJO DE DESARROLLO ECONOMICO DEL DISTRITO DE COMAS TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I DE LA BASE LEGAL Y ALCANCES Artículo 1º.- La presente Ordenanza señala las normas precisas para el Consejo de Desarrollo Económi- co constituido en la jurisdicción de la Municipalidad del distrito de Comas cuyas bases principales se sustentan en las siguientes Disposiciones: • Constitución Política del Perú, Artículo 2º numeral 17, Artículos 31º, 191º, 192º. • Ley Nº 23853 Ley Orgánica de Municipalidades. • Ley Nº 26300 Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos. • Ley Nº 25035 Ley de Simplificacion Administrativa y su Reglamento. • Ley Nº 27268 Ley de la Pequeña y Microempresa. • Ordenanzas Nºs. 18, 20, 65, 84, 88 y 191 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. CAPITULO II DE LAS DEFINICIONES Artículo 2º.- Para los efectos de aplicación de la presente Ordenanza se aplica las siguientes definicio- nes: CONSEJO DE DESARROLLO ECONOMICO DEL DISTRITO DE COMAS - (CODEC) El Consejo de Desarrollo Económico Local del Distri- to de Comas, en adelante el CODEC se constituye como una instancia de carácter consultivo y participativo, sin formar parte de la estructura orgánica interna de la Municipalidad. Con facultades resolutivas en el ámbito de su competencia y será renovado cada 2 años. REUNION PLENARIA Es la participación de todas las organizaciones, insti- tuciones públicas y privadas que conforman el CODEC ycada una de ellas tendrá un voto individualizado, con excepción de las ONGS, que participarán con voz. SECRETARIA EJECUTIVA Es el órgano de coordinación y gestión operativa de los planes y proyectos de desarrollo económico del distri- to. Representa al CODEC ante las instancias públicas y privadas; asimismo ante el CODEDICO (Comité de Desarrollo Distrital de Comas). LA SECRETARIA TECNICA: Es el Organo de Apoyo en la ejecución de los acuerdos del CODEC y estará a cargo del Jefe del Programa de Desarrollo Económico. COMITE ASESOR Es el órgano de apoyo técnico del CODEC Está conformado por las instituciones públicas o privadas que propenden al desarrollo económico del distrito de Co- mas. CAPITULO III DE LAS REPRESENTACIONES Y ATRIBUCIONES Artículo 3º.- Los representantes del CODEC son los siguientes: - El Alcalde de la Municipalidad de Comas quien lo presidirá, o la persona a quien delegue su representa- ción. - 2 Representantes de la mediana y gran empresa que opera en el distrito. - 2 Representes por cada actividad económica de la Pequeña y Microempresa del distrito (Industrial, Co- mercial y de Servicios). - 1 Representante del Vaso de Leche. - 1 Representante Centrales de Comedores. - 1 Representante Clubes de Madres. - 2 Representantes de las Organizaciones Financie- ras. - 1 Representante de PROMPYME. - 1 Representante de los Institutos Superiores Tecno- lógicos del distrito. - 1 Representante de CETICOM. Artículo 4º.- Son atribuciones del CODEC: a) Propender al desarrollo integral del distrito de Comas, buscando encontrar mecanismos para la mejora constante de las condiciones de vida de la población, principalmente las condiciones socioeconómicas. b) Asumir la cogestión de los proyectos de Desarrollo Económico descritos en el Plan Integral de Desarrollo del Distrito de Comas. c) Participar con voz y voto en las Asambleas, así como en el Comité Directivo del CODEDICO. d) Garantizar la participación en la continuidad del Plan Integral de Desarrollo del Distrito de Comas. e) Concertar con las diversas organizaciones e insti- tuciones privadas y públicas que puedan apoyar las actividades de promoción y desarrollo del distrito. f) Elaborar y ejecutar propuestas de solución a los principales problemas económicos del distrito, promo- viendo el desarrollo empresarial fundamentalmente de las Pymes del distrito de Comas. g) Involucrar fundamentalmente a todos los actores y agentes económicos de Comas en la elaboración y ejecu- ción de propuestas de solución a los problemas del distrito. Artículo 5º.- LA REUNION PLENARIA está confor- mada por los representantes acreditados de las institu- ciones y organizaciones públicas y privadas que forman parte del CODEC. Artículo 6º.- La Reunión Plenaria es la máxima instancia de decisión del CODEC y tiene las siguientes funciones y atribuciones: a) Formular, gestionar y evaluar el Plan de Desarro- llo Económico del distrito.