Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2000 (11/08/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, viernes 11 de agosto de 2000

NORMAS LEGALES

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Vistos, el Expediente Nº 019505-2000-MITINCI presentado por la empresa Recreativos Turisticos MORDAZA Peru S.A. solicitando la autorizacion y registro de un modelo de maquina tragamonedas y el Informe Nº 1032000-DE-JCMT/CFS; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153 se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en su Articulo 11º que los modelos de maquinas tragamonedas cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro otorgado por la autoridad competente; Que, el Articulo 10º del Reglamento para la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2000ITINCI establece la informacion y documentacion que debe presentar el interesado para obtener la autorizacion y registro de un modelo de maquina tragamonedas; Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion presentada por la empresa Recreativos Turisticos MORDAZA Peru S.A. en el Expediente Nº 019505-2000MITINCI se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables; Que, siendo la Direccion Nacional de Turismo la autoridad administrativa competente para autorizar y registrar modelos de maquinas tragamonedas, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con la Ley Nº 27153 y el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI y estando a lo opinado mediante el Informe Nº 103-2000-DE-JCMT/CFS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar e inscribir 1 Modelo de Maquina Tragamonedas, de acuerdo al siguiente detalle:
Nº de Registro Codigo del Modelo Nombre del Fabricante Nacionalidad del Fabricante Descripcion B0000075 S21 MULTIRODILLOS Recreativos MORDAZA S.A. Espana Tragamonedas vertical de rodillos con MORDAZA superior cuadrada. Incluye palanca lateral, aceptador de monedas y puede formar parte de un carrusel. No incluye aceptador de billetes. Alto : 130.00 cms. Largo : 60.00 cms. Ancho: 55.00 cms.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar una Comision Multisectorial encargada de elaborar el Reglamento de la Ley de Creacion del Servicio Comunal Especial, la cual estara integrada por: - Un representante del Ministerio de Justicia, quien la presidira; - Un representante del Ministerio de Defensa; - Un representante del Ministerio de Educacion; y, - Un representante del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Articulo 2º.- Las entidades senaladas en el articulo precedente, nombraran a sus respectivos representantes mediante Resolucion de su Titular, dentro de los cinco (5) dias de publicada la presente Resolucion. Articulo 3º.- La citada Comision esta facultada para solicitar el asesoramiento de profesionales del sector publico o privado, para el mejor cumplimiento de sus fines. Articulo 4º.- La Comision Multisectorial elaborara el Reglamento de la Ley Nº 27324 - Ley de Creacion del Servicio Comunal Especial, en un plazo de treinta (30) dias, contados a partir de su instalacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 9229

Dimensiones

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 9142

Conceden indulto por razones humanitarias a interno del Establecimiento Penitenciario de Procesados Primarios de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 169-2000-JUS MORDAZA, 10 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de la dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que don MORDAZA CONAS MORDAZA, viene cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Procesados Primarios de Lima; Que de acuerdo al Acta de la Junta Medica Penitenciaria Nº 729-2000-INPE/OSP, del 4 de MORDAZA del 2000, el citado interno ha sido diagnosticado con una enfermedad en su MORDAZA fase, indicando que es factible tenerlo en cuenta para que se le otorgue indulto humanitario, debido a que requiere seguir un tratamiento medico especializado; Que el caso del referido interno, por sus condiciones personales, familiares y su delicado estado de salud, se adecua a los requerimientos de una decision humanitaria, por encontrarse debidamente acreditada su enfermedad en el Acta MORDAZA mencionada; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 118º, inciso 21) de la Constitucion Politica del Peru, corresponde al Presidente de la Republica conceder indultos;

JUSTICIA
Designan comision encargada de elaborar el Reglamento de la Ley de Creacion del Servicio Comunal Especial
RESOLUCION SUPREMA Nº 168-2000-JUS MORDAZA, 10 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que por Ley Nº 27324 se crea el Servicio Comunal Especial, disponiendo su reglamentacion por el Poder Ejecutivo en un plazo de 30 dias a partir de su entrada en vigencia; Que, es necesario designar una Comision Multisectorial encargada de elaborar el Reglamento de la Ley de Creacion del Servicio Comunal Especial;

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