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Pág. 192012 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de agosto de 2000 De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 719 - Ley de Cooperación Técnica Internacional y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar en vía de regularización, la donación efectuada por NOVA PERU S.A. a favor del Instituto del Mar del Perú (IMARPE), consistente en los materiales y equipos utiliza- dos en la "Investigación sobre Pesca Exploratoria del Recurso Bacalao de Profundidad", valorizados en S/. 124 968,98 (ciento veinticuatro mil novecientos sesentiocho y 98/100 Nuevos Soles), conforme se detallan en la relación adjunta al Acta de Entrega- Recepción Nº 001-00, que en anexos forman parte integrante de esta Resolución. Artículo 2º.- Agradecer a NOVA PERU S.A., representante de Sea Food Trading S.A., por su importante contribución. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución a la Contra- loría General de la República dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARTURO HANDABAKA GARCIA Ministro de Pesquería 9683 Aprueban cambio de titular de per- miso de pesca a favor de Consorcio Malla S.A. RESOLUCION DIRECTORAL Nº 210-2000-PE/DNE Lima, 23 de agosto del 2000 Visto el Expediente de Registro Nº CE-00273002 con escrito del 19 de julio del 2000, presentado por CONSORCIO MALLA S.A.; CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 524-97-PE del 7 de octubre de 1997, modificada por Resolución Directoral Nº 087-2000-PE/ DNE del 5 de mayo del 2000, se otorgó a CONSORCIO MALLA S.A., permiso de pesca a plazo determinado, para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada "ROBA- LO" con matrícula Nº CO-14443-PM, de 309.46 m3 de volumen de bodega, con sistema de preservación a bordo RSW, equipada con redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de 1/2 pulgada (13 mm.) y 1 1/2 pulgadas (38 mm.), para la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) y diez (10) millas de la costa, según corresponda; Que por Resolución Ministerial Nº 604-97-PE del 17 de octu- bre de 1997, se otorgó a PESQUERA SAN ANTONIO PISCO S.A., permiso de pesca a plazo determinado para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada "PISCO II" con matrí- cula Nº CO-15710-PM, de 535 m3 de volumen de bodega y 440 TM de carga neta de pescado, con sistema de preservación a bordo RSW, equipada con redes de cerco con longitud mínima de aber- tura de malla de 1/2 pulgada (13 mm.) y 1 1/2 pulgadas (38 mm.), para la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que a través del escrito del visto, la recurrente solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 604-97-PE, para operar la embarcación pesquera "POLAR V" (antes "PISCO II") al haberle sido transferida la embarcación citada, conforme consta en el certificado compendio- so de dominio correspondiente y el contrato de arrendamiento financiero celebrado con el BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO PERU propietario de la embarcación; asimismo se solicita la modificación de las Resoluciones Ministeriales Nºs. 604- 97-PE y 524-97-PE modificada por Resolución Directoral Nº 087- 2000-PE/DNE, en el extremo referido al nombre de las embarca- ciones pesqueras "PISCO II" y "ROBALO" a "POLAR V" y "PO- LAR I", respectivamente; Estando a lo informado por la Dirección de Administración y Control Pesquero mediante Informe Nº 254-2000-PE/DNE-Dacp, y con la conformidad legal según las facultades delegadas por Resolución Ministerial Nº 010-2000-PE; De conformidad con lo establecido por el Artículo 47º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y los procedimientos Nºs. 6 y 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pes- quería aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE; y,En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE y las Resoluciones Ministeriales Nºs. 500-98-PE, 501- 98-PE y 505-98-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 604-97-PE para operar la embarcación pesquera "PISCO II" (hoy "POLAR V") con matrícula Nº CO-15710-PM, de 535 m3 de volumen de bodega y 440 TM de carga neta de pescado, en los mismos términos y condiciones, a favor de CONSORCIO MALLA S.A. Artículo 2º.- Modificar el Artículo 2º de la Resolución Minis- terial Nº 524-97-PE modificado por el Artículo 3º de la Resolución Directoral Nº 087-2000-PE/DNE en el extremo referido al nombre de la embarcación "ROBALO", entendiéndose que el permiso de pesca es otorgado para operar la embarcación pesquera "POLAR I" de matrícula CO-14443-PM, de 309.46 m3 de volumen de bodega, manteniéndose los demás términos y condiciones. Artículo 3º.- Modificar el Artículo 2º de la Resolución Minis- terial Nº 604-97-PE, en el extremo referido al nombre de la embarcación "PISCO II", entendiéndose que el permiso de pesca es otorgado para operar la embarcación pesquera "POLAR V" de matrícula CO-15710-PM, de 535 m3 de volumen de bodega y 440 TM de carga neta de pescado, manteniéndose los demás términos y condiciones. Artículo 4º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 604-97-PE a PES- QUERA SAN ANTONIO PISCO S.A., para operar la embarcación pesquera denominada "PISCO II" de matrícula CO-15710-PM. Artículo 5º.- Incorporar a CONSORCIO MALLA S.A. como titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera "PISCO II" cuya nueva denominación es "POLAR V" con matrícu- la CO-15710-PM, así como la presente Resolución, al literal B) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 500-98-PE y al Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 501-98-PE, excluyendo a PES- QUERA SAN ANTONIO PISCO S.A. y a la Resolución Ministe- rial Nº 604-97-PE, de los indicados anexos. Artículo 6º.- Incorporar el nombre "POLAR I" como nueva denominación de la embarcación pesquera y la presente Resolu- ción Directoral, al literal B) del Anexo I de la Resolución Ministe- rial Nº 500-98-PE y al Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 501-98-PE, excluyendo la anterior denominación "ROBALO" y la Resolución Directoral Nº 087-2000-PE/DNE de los citados anexos. Artículo 7º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesquería de Tum- bes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extracción (e) 9688 Sancionan a personas naturales y jurí- dica con decomiso de recursos encon- trados en su poder por infringir la Ley General de Pesca RESOLUCION COMISION DE SANCIONES Nº 231-2000-PE/CS Lima, 23 de agosto del 2000 Vistos los Dictámenes Nºs. 229, 230 y 238-2000-PE/CS-ST de fecha 14 de agosto del 2000, emitidos por la Secretaría Técnica de la Comisión de Sanciones; CONSIDERANDO: Que el Artículo 77º de la Ley General de Pesca, promulgada por Decreto Ley Nº 25977, establece que constituye infracción toda acción u omisión que contravenga o incumpla alguna de las normas contenidas en dicha Ley, su Reglamento o demás disposi- ciones sobre la materia; Que de las investigaciones efectuadas, se ha determinado que con fechas 7, 10, 14 y 24 de octubre de 1997, en la localidad de Parachique, PESQUERA QUIROZ S.R.L., JAVIER ABAD TO- RRES, JULIO PEREZ VENEGAS y SARA ELENA PRADO ORME- ÑO, retuvieron 80 Kg., 120 Kg., 21.1 Kg., y 3.5 Kg., respectivamente, del recurso hidrobiológico concha de abanico en época de veda establecida en la isla Lobos de Tierra y en la bahía de Sechura, mediante Resolución Ministerial Nº 386-97-PE, infringiendo lo dis- puesto en el inciso 3. del Artículo 76º de la Ley General de Pesca; Que de las investigaciones efectuadas, se ha determinado que con fecha 17 de octubre de 1997, en la localidad de Parachique, el señor FRANCISCO PAIVA MARTINEZ, transportó 50 cajas del