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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (25/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 192016 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de agosto de 2000 Aceptan renuncia de Funcionario de la Oficina de Estadística e Informática del Ministerio RESOLUCION SUPREMA Nº 035-2000-SA Lima, 24 de agosto del 2000 Vista la renuncia formulada por don Miguel Cruz Labrin; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276 y el Decreto Ley Nº 25515; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Aceptar, a partir de la fecha de la presente Resolución, la renuncia formulada por don MIGUEL CRUZ LABRIN, al cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Estadís- tica de la Oficina de Estadística e Informática del Ministerio de Salud, Nivel F-4, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALEJANDRO A. AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud 9771 Designan Director General de la Ofici- na de Estadística e Informática del Ministerio RESOLUCION SUPREMA Nº 036-2000-SA Lima, 24 de agosto del 2000 De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276 y el Decreto Ley Nº 25515; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Designar, a partir de la fecha de la presente Resolución, en el cargo de Director General de la Oficina de Estadística e Informá- tica del Ministerio de Salud, Nivel F-5, al doctor JULIO BONILLA TUMIALAN. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALEJANDRO A. AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud 9772 M T C Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Lima - Piura RESOLUCION DIRECTORAL Nº 933-2000-MTC/15.18 Lima, 23 de junio de 2000 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 2000-01077010, orga- nizado por la EMPRESA DE TRANSPORTE SANTIBAÑEZ TOURS S.A. (TRANSPORTE SANTUR S.A.), sobre concesión de ruta: Lima - Piura y viceversa e Informe Nº 371-2000-MTC/ 15.18.04.1.ATR, de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional;CONSIDERANDO: Que, la EMPRESA DE TRANSPORTE SANTIBAÑEZ TOURS S.A. (TRANSPORTE SANTUR S.A.), mediante el expediente indicado en vistos, solicita el otorgamiento de la concesión de ruta: Lima - Piura y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interpro- vincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, mediante el Informe Nº 371-2000-MTC/15.18.04.1.ATR, se indica que la referida empresa ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento, recomendándose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95- MTC, Ley Nº 25035 y Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decre- to Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANS- PORTE SANTIBAÑEZ TOURS S.A. (TRANSPORTE SANTUR S.A.), la concesión de ruta: Lima - Piura y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasa- jeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente resolu- ción, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA :LIMA - PIURA y viceversa ORIGEN :LIMA DESTINO :PIURA ITINERARIO :CHIMBOTE - TRUJILLO - CHICLAYO ESCALA COMERCIAL :CHIMBOTE - TRUJILLO - CHICLAYO FRECUENCIAS :una diaria FLOTA VEHICULAR :tres ómnibus FLOTA OPERATIVA :dos ómnibus: UO-2687 (1994) y UO-2688 (1994) FLOTA DE RESERVA :un ómnibus: VG-3453 (1990). HORARIOS :salida de Lima: 19.00 horas salida de Piura: 19.00 horas La tarjeta de circulación será expedida con relación al año de fabricación de los vehículos ofertados. Artículo Segundo.- La presente Resolución Directoral debe- rá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notificación. Artículo Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrrogables contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución; para lo cual deberá contar con lo establecido en el Artículo 17º del Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procederá a aplicar lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 16º del referido Reglamento. Artículo Cuarto.- Encargar la ejecución de la presente Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 9699 PODER JUDICIAL Autorizan a procuradora iniciar proceso judicial contra empresa por incumplir prestación de contrato sobre adquisición de bienes muebles de oficina RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 275-SE-TP-CME-PJ Lima, 23 de agosto de 2000 VISTO: El Informe Nº 074-2000-PJ-SE-GCR-OAL del 23 de marzo del 2000, emitido por la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia Central de la Reforma, como consecuencia del incumplimiento de contrato de la empresa Walter Avilés E.I.R.L.; y,