TEXTO PAGINA: 4
Pág. 192230 NORMAS LEGALES Lima, lunes 28 de agosto de 2000REQUISITOS DERECHOS CALIFICACIÓN DEPENDENCIA DEPENDENCIA QUE RECURSO DE RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE RESOLUCIÓNADMINISTRATIVOS DONDE SE INICIA ELAPRUEBA EL TRÁMITERECONSIDERACIÓN RECURSO DE APELACIÓN DEL RECURSOPROCEDIMIENTO RECONSIDERACIÓN DE APELACIÓN caso tenerlas. sustentarse opera el silencio5. Una foto tamaño pasaporte (35 x 43 mm.) sin marco, de necesariamente en administrativosuperficie lisa no porosa, a color, en fondo blanco, actual, de nueva prueba negativo. frente, a la altura del medio tórax, sin prendas en la cabeza instrumental.salvo prendas de naturaleza religiosa, sin lentes oscuros, ni Es de trámite gratuito. Pago de derechosuniforme, sin sombras ni manchas, no artística ni retocada. administrativos:En territorio Cuando se presenta un Acta de Nacimiento originada en una nacional: 1 % UIT,inscripción extemporánea o en una reinscripción civil, se En territoriodeberá presentar además la copia certificada del expediente extranjero: 1 % UIT.que dio origen a dicha inscripción. Asimismo, en lo relativo al domicilio del solicitante, sepresumirá que le corresponde aquel consignado en la LibretaMilitar. En caso contrario, se debe acreditar la existencia de la nueva dirección declarada en el formulario respectivo, con lapresentación en original y copia simple del recibo de serviciopúblico o tributo municipal, emitidos con una antigüedad nomayor de tres meses. Sólo para los ciudadanos que domicilian en un centro poblado urbano marginal, caserío,comunidad, anexo u otro tipo de centro poblado menor en losque no se cuente con servicio público, se requeriráúnicamente una declaración jurada del domicilio, la misma que se tendrá por efectuada en el propio formulario de trámite. Los grados de instrucción primaria y secundaria no requierenacreditarse documentalmente, sólo basta la declaración jurada efectuada en el formulario. Si se declara un grado de instrucción diferente a losmencionados, se debe acreditar con alguno de los siguientes documentos de sustento, presentados en original y copiasimple: Carné del centro de estudios, constancia dematrícula, constancia de estudios, certificado de notas, diplomas, etc. 4. INSCRIPCIÓN DE MENORES DE EDAD EMANCIPADOS POR TENER TÍTULO OFICIAL: Trámite para menores de edad mayores de 16 años de edad que obtienen título oficial que les autorice para ejercer una profesión u oficio. El trámite serealiza dentro de los noventa días calendario posteriores a la obtención del título. 1. Formulario, el mismo que tiene el carácter de declaración Gratuito Fiscalización previa Unidad de recepción deDivisión Central de Dentro de los 15 días División Central de Dentro de los 15Gerencia dejurada Opera el silencio documentos. Procesos. hábiles posteriores a la Procesos. días hábiles Operaciones.2. Copia certificada y simple del Acta de Nacimiento administrativo negativo, fecha en que el posteriores a la 3. Original y copia simple del título autoritativo a nombre de la si transcurridos 30 días, rechazo es puesto en fecha en que elNación para el ejercicio de una profesión u oficio. la entidad no emite conocimiento verbal del rechazo es puesto4. Original y copia simple de la libreta militar, siempre que el pronunciamiento solicitante de acuerdo en conocimientosolicitante cuente con 17 años de edad, o de la boleta militar, alguno. al formulario, debiendo del solicitante u siempre que el solicitante cuenta con 16 años de edad, en sustentarse opera el silenciocaso tenerlas. necesariamente en administrativo5. Una foto tamaño pasaporte (35 x 43 mm.) sin marco, de nueva prueba negativo.superficie lisa no porosa, a color, en fondo blanco, actual, de instrumental. frente, a la altura del medio tórax, sin prendas en la cabeza Es de trámite gratuito. Pago de derechossalvo prendas de naturaleza religiosa, sin lentes oscuros, ni administrativos:uniforme, sin sombras ni manchas, no artística ni retocada. En territorionacional: 1 % UIT, Cuando se presenta un Acta de Nacimiento originada en una En territorioinscripción extemporánea o en una reinscripción civil, se extranjero: 1 % UIT.deberá presentar además la copia certificada del expedienteque dio origen a dicha inscripción. Asimismo, en lo relativo al domicilio del solicitante, sepresumirá que le corresponde aquel consignado en la LibretaMilitar. En caso contrario, se debe acreditar la existencia de la nueva dirección declarada en el formulario respectivo, con lapresentación en original y copia simple del recibo de servicio