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Pág. 192246 NORMAS LEGALES Lima, lunes 28 de agosto de 2000REQUISITOS DERECHOS CALIFICACIÓN DEPENDENCIA DEPENDENCIA QUE RECURSO DE RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE RESOLUCIÓNADMINISTRATIVOS DONDE SE INICIA ELAPRUEBA EL TRÁMITERECONSIDERACIÓN RECURSO DE APELACIÓN DEL RECURSOPROCEDIMIENTO RECONSIDERACIÓN DE APELACIÓN 38. CONSULTAS UTILIZANDO LÍNEA DIGITAL PARA PERSONAS JURÍDICAS DE DERECHO PRIVADO: Trámite mediante el que se suministra información sobre la identidad de las personas naturales que aparecen inscritas en el Registro Único de Identificación y Estado Civil de las Personas Naturales, en grandes volúmenes. 1. Haber suscrito un Convenio de Suministro de Información Según escala Anexo Nº 3.Fiscalización previa. División de Soporte División de Soporte TécnicoDentro de los 15 días División de Soporte Dentro de los 15Gerencia de con el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Para Opera el silencio Técnico hábiles posteriores a la Técnico días hábiles Informática. ello se debe cursar una solicitud dirigida al Registro Nacional administrativo negativo, fecha en que el posteriores a la de Identificación y Estado Civil, con carácter de declaración si transcurridos 30 rechazo es puesto en fecha en que el jurada, en la que se consigne la siguiente información: días, la entidad no conocimiento del rechazo es puesto a. Nombre completo de la persona jurídica. emite pronunciamiento solicitante, debiendo en conocimiento b. Número de Registro Único de Contribuyentes alguno. sustentarse del solicitante u c. Domicilio. necesariamente en opera el silencio d. Nombre y número de Documento Nacional de Identidad del nueva prueba administrativo representante legal. instrumental. negativo. e. Justificación detallada de la necesidad de contar con el servicio en función del giro de la empresa. Es de trámite gratuito. Pago de derechos f. En caso de empresas, se deberá presentar copia certificada administrativos: y simple del testimonio de la escritura pública de constitución En territorio de la persona jurídica, del nombramiento del representante nacional: 1 % UIT. legal y de las facultades de las que se encuentra premunido, con las correspondientes constancias de inscripción en los Registros Públicos, así como original y copia simple del comprobante de información registrada ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria y original y copia simple del Documento Nacional de Identidad del representante legal de la empresa. Los Notarios Públicos deberán presentar original y copia simple de la resolución de designación o nombramiento 2. Pago de derechos administrativos. ENTIDAD: REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL UNIDAD ORGÁNICA: UNIDAD DE CALIFICACIÓN DE TÍTULOS DE LA GERENCIA DE ASESORÍA JURÍDICA 39. AUTENTICACIÓN DE FIRMA EN LA COPIA CERTIFICADA DE HECHOS VITALES: Autenticación de la firma del funcionario autorizado puesta en la copia certificada de las actas de nacimiento, matrimonio o defunción, para ser utilizada ante autoridades extranjeras. 1. Copia certificada del acta de hecho vital a autenticar. 0.50 % de la UIT.Fiscalización previa. Unidad de CalificaciónUnidad de Calificación deDentro de los 15 días Unidad de CalificaciónDentro de los 15Gerencia de 2. Pago de derechos administrativos. Opera el silencio de Títulos. Títulos. hábiles posteriores a la de Títulos. días hábiles Asesoría Jurídica. administrativo negativo, fecha en que el posteriores a la si transcurridos 30 días, rechazo es puesto en fecha en que el la entidad no emite conocimiento verbal del rechazo es puesto pronunciamiento solicitante, debiendo en conocimiento alguno. sustentarse del solicitante u necesariamente en opera el silencio nueva prueba administrativo instrumental. negativo. Es de trámite gratuito. Pago de derechos administrativos: En territorio nacional: 1 % UIT. Disposición Final.- Las rectificaciones de datos del Registro Único de Identificación y Estado Civil de las Personas Naturales, que no estén consignadas en el Documento Nacional de Identidad (DNI), serán de trámite gratuito.