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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (28/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 15

Pág. 192241 NORMAS LEGALES Lima, lunes 28 de agosto de 2000REQUISITOS DERECHOS CALIFICACIÓN DEPENDENCIA DEPENDENCIA QUE RECURSO DE RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE RESOLUCIÓNADMINISTRATIVOS DONDE SE INICIA ELAPRUEBA EL TRÁMITERECONSIDERACIÓN RECURSO DE APELACIÓN DEL RECURSOPROCEDIMIENTO RECONSIDERACIÓN DE APELACIÓN emisión de su Documento Nacional de Identidad, deberá nacional: 1 % UIT. presentar además original y copia simple de la resolución de En territorio dispensa emitida por el Jurado Nacional de Elecciones, para extranjero: 1 % UIT. el levantamiento de su condición de omiso electoral, siempre que tenga registrada dicha condición. 26. HABILITACIÓN DE INSCRIPCIÓN DE PERSONA CIVIL INDEBIDAMENTE CONSIDERADO COMO MIEMBRO ACTIVO DE LAS FUERZAS ARMADAS O DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ: Este trámite se realiza cuando el ciudadano fue considerado indebidamente como miembro activo de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional del Perú, y siempre que se encuentre excluido en el Archivo Único de Identificación y Estado Civil de las Personas Naturales. 1. Formulario, el mismo que tiene el carácter de declaración Gratuito Fiscalización previa. Oficina de Oficina de Habilitaciones.Dentro de los 15 días Oficina de Dentro de los 15División Central de jurada Opera el silencio Habilitaciones. hábiles posteriores a la Habilitaciones. días hábiles Procesos 2. Original y copia simple de la constancia expedida por el administrativo negativo, fecha en que el posteriores a la Jefe de la División de Personal o quien haga sus veces, de si transcurridos 30 días, rechazo es puesto en fecha en que el que el ciudadano se desempeña como personal civil la entidad no emite conocimiento del rechazo es puesto administrativo de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional, de pronunciamiento solicitante, debiendo en conocimiento ser el caso. alguno. sustentarse del solicitante u necesariamente en opera el silencio La autenticidad de dicha constancia será verificada con la nueva prueba administrativo institución castrense correspondiente. instrumental. negativo. Si el ciudadano se encuentra gestionando paralelamente la Es de trámite gratuito. Pago de derechos emisión de su Documento Nacional de Identidad, deberá administrativos: presentar además original y copia simple de la resolución de En territorio dispensa emitida por el Jurado Nacional de Elecciones, para nacional: 1 % UIT. el levantamiento de su condición de omiso electoral, siempre En territorio que tenga registrada dicha condición. extranjero: 1 % UIT. 27. HABILITACIÓN DE INSCRIPCIÓN DE PERSONA HOMÓNIMA CANCELADA INDEBIDAMENTE: Este trámite se realiza para aquellos casos en que un ciudadano por homonimia ha sido considerado indebidamente como miembro activo de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional del Perú. 1. Formulario, el mismo que tiene el carácter de declaración Gratuito Fiscalización previa. Oficina de Oficina de Habilitaciones.Dentro de los 15 días Oficina de Dentro de los 15División Central de jurada Opera el silencio Habilitaciones. hábiles posteriores a la Habilitaciones. días hábiles Procesos administrativo negativo, fecha en que el posteriores a la La autenticidad de la información declarada será verificada si transcurridos 30 días, rechazo es puesto en fecha en que el con las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú. la entidad no emite conocimiento del rechazo es puesto pronunciamiento solicitante, debiendo en conocimiento En caso de existir homonimia, se realizará adicionalmente un alguno. sustentarse del solicitante u examen de confrontación monodactilar. necesariamente en opera el silencio nueva prueba administrativo Si el ciudadano se encuentra gestionando paralelamente la instrumental. negativo. emisión de su Documento Nacional de Identidad, deberá presentar además original y copia simple de la resolución de Es de trámite gratuito. Pago de derechos dispensa emitida por el Jurado Nacional de Elecciones, para administrativos: el levantamiento de su condición de omiso electoral, siempre En territorio que tenga registrada dicha condición. nacional: 1 % UIT. En territorio extranjero: 1 % UIT. 28. HABILITACIÓN DE INSCRIPCIÓN POR CULMINACIÓN DEL SERVICIO MILITAR: Este trámite se realiza una vez que el ciudadano haya concluido el servicio militar y siempre que se encuentre excluido en el Archivo Único de Identificación y Estado Civil de las Personas Naturales. 1. Formulario, el mismo que tiene el carácter de declaración Gratuito dentro de losFiscalización previa. Oficina de Oficina de Habilitaciones.Dentro de los 15 días Oficina de Dentro de los 15División Central de jurada noventa días posterioresOpera el silencio Habilitaciones. hábiles posteriores a la Habilitaciones. días hábiles Procesos 2. Original y copia de la Libreta Militar con la anotación de alta a la baja. administrativo negativo, fecha en que el posteriores a la y baja. si transcurridos 30 días, rechazo es puesto en fecha en que el 3. Constancia de anulación de Libreta Militar anterior, de ser Pasado los noventa días,la entidad no emite conocimiento del rechazo es puesto el caso. multa establecida en actopronunciamiento solicitante, debiendo en conocimiento 4. Pago de derechos administrativos, de ser el caso. resolutivo. alguno. sustentarse del solicitante u necesariamente en opera el silencio