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Pág. 192233 NORMAS LEGALES Lima, lunes 28 de agosto de 2000REQUISITOS DERECHOS CALIFICACIÓN DEPENDENCIA DEPENDENCIA QUE RECURSO DE RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE RESOLUCIÓNADMINISTRATIVOS DONDE SE INICIA ELAPRUEBA EL TRÁMITERECONSIDERACIÓN RECURSO DE APELACIÓN DEL RECURSOPROCEDIMIENTO RECONSIDERACIÓN DE APELACIÓN superficie lisa no porosa, a color, en fondo blanco, actual, de pronunciamiento solicitante de acuerdo en conocimientofrente, a la altura del medio tórax, sin prendas en la cabeza alguno. al formulario, debiendo del solicitante usalvo prendas de naturaleza religiosa, sin lentes oscuros, ni sustentarse opera el silencio uniforme, sin sombras ni manchas, no artística ni retocada. necesariamente en administrativonueva prueba negativo.Cuando se presenta un Acta de Nacimiento originada en una instrumental.inscripción extemporánea o en una reinscripción civil, se Es de trámite gratuito. Pago de derechos deberá presentar además la copia certificada del expediente administrativos:que dio origen a dicha inscripción. En territorionacional: 1 % UIT,Asimismo, en lo relativo al domicilio del solicitante, se En territorio presumirá que le corresponde aquel consignado en la Libreta extranjero: 1 % UIT.Militar. En caso contrario, se debe acreditar la existencia de lanueva dirección declarada en el formulario respectivo, con lapresentación en original y copia simple del recibo de servicio público o tributo municipal, emitidos con una antigüedad nomayor de tres meses. Sólo para los ciudadanos quedomicilian en un centro poblado urbano marginal, caserío,comunidad, anexo u otro tipo de centro poblado menor en los que no se cuente con servicio público, se requeriráúnicamente una declaración jurada del domicilio, la mismaque se tendrá por efectuada en el propio formulario de trámite Los grados de instrucción primaria y secundaria no requierenacreditarse documentalmente, sólo basta la declaraciónjurada efectuada en el formulario. Si se declara un grado de instrucción diferente a losmencionados, se debe acreditar con alguno de los siguientesdocumentos de sustento, presentados en original y copiasimple: Carné del centro de estudios, constancia de matrícula, constancia de estudios, certificado de notas, diplomas, etc. Sólo se requerirá la libreta militar a las personas mayores de edad que se hallen en la edad militar de acuerdo a la ley. Las personas bautizadas antes del 14 de noviembre de 1936,podrán sustentar la inscripción que se solicita con la correspondiente Partida de Bautismo. Para las personascasadas antes de dicha fecha, se podrá acreditar el estado civilde casado con el Acta de Matrimonio Religioso. Ambos documentosdeberán encontrarse certificados por el notario eclesiástico. 8. DUPLICADO DEL DOCUMENTO DE IDENTIDAD: Es el que se emite en casos de pérdida, robo, destrucción o deterioro. El duplicado contendrá los mismos datos y características que el Documento Nacional de Identidad original, debiendoconstar además una indicación en el sentido que el documento es duplicado 1. Formulario, el mismo que tiene el carácter de declaración En territorio nacional:Fiscalización previa Unidad de recepción deDivisión Central de Dentro de los 15 días División Central de Dentro de los 15Gerencia dejurada 1 % UIT. Opera el silencio documentos. Procesos. hábiles posteriores a la Procesos. días hábiles Operaciones.2. Pago de derechos administrativos En territorio extranjero:administrativo negativo, fecha en que el posteriores a la3. Solamente para los ciudadanos que no tienen Documento 1.86 % UIT.si transcurridos 30 días, rechazo es puesto en fecha en que el Nacional de Identidad, una foto tamaño pasaporte (35 x 43 la entidad no emite conocimiento verbal del rechazo es puestomm.) sin marco, de superficie lisa no porosa, a color, en pronunciamiento solicitante de acuerdo en conocimientofondo blanco, actual, de frente, a la altura del medio tórax, sin alguno. al formulario, debiendo del solicitante uprendas en la cabeza salvo prendas de naturaleza religiosa, sustentarse opera el silencio sin lentes oscuros, ni uniforme, sin sombras ni manchas, no necesariamente en administrativoartística ni retocada. nueva prueba negativo.instrumental.Es de trámite gratuito. Pago de derechos administrativos:En territorionacional: 1 % UIT,En territorio extranjero: 1 % UIT.