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Pág. 192242 NORMAS LEGALES Lima, lunes 28 de agosto de 2000REQUISITOS DERECHOS CALIFICACIÓN DEPENDENCIA DEPENDENCIA QUE RECURSO DE RESOLUCIÓN DEL RECURSO DE RESOLUCIÓNADMINISTRATIVOS DONDE SE INICIA ELAPRUEBA EL TRÁMITERECONSIDERACIÓN RECURSO DE APELACIÓN DEL RECURSOPROCEDIMIENTO RECONSIDERACIÓN DE APELACIÓN Si el ciudadano se encuentra gestionando paralelamente la nueva prueba administrativo emisión de su Documento Nacional de Identidad, deberá instrumental. negativo. presentar además original y copia simple de la resolución de dispensa emitida por el Jurado Nacional de Elecciones, para Es de trámite gratuito. Pago de derechos el levantamiento de su condición de omiso electoral, siempre administrativos: que tenga registrada dicha condición. En territorio nacional: 1 % UIT. En territorio extranjero: 1 % UIT. 29. HABILITACIÓN DE INSCRIPCIÓN POR CESE DE CONDENA A PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD: Este trámite se realiza una vez que el ciudadano haya cumplido su condena a pena privativa de la libertad y siempre que se encuentre excluido en el Archivo Único de Identificación y Estado Civil de las Personas Naturales. 1. Formulario, el mismo que tiene el carácter de declaración Gratuito dentro de losFiscalización previa. Oficina de Oficina de Habilitaciones..Dentro de los 15 días Oficina de Dentro de los 15División Central de jurada noventa días posterioresOpera el silencio Habilitaciones. hábiles posteriores a la Habilitaciones. días hábiles Procesos 2. Original y copia simple de la constancia de excarcelación a la fecha de laadministrativo negativo, fecha en que el posteriores a la del Instituto Nacional Penitenciario. constancia desi transcurridos 30 días, rechazo es puesto en fecha en que el 3. Pago de derechos administrativos, de ser el caso. excarcelación.la entidad no emite conocimiento del rechazo es puesto pronunciamiento solicitante, debiendo en conocimiento Si el ciudadano se encuentra gestionando paralelamente la Pasado los noventa días,alguno. sustentarse del solicitante u emisión de su Documento Nacional de Identidad, deberá multa establecida en acto necesariamente en opera el silencio presentar además original y copia simple de la resolución de resolutivo. nueva prueba administrativo dispensa emitida por el Jurado Nacional de Elecciones, para instrumental. negativo. el levantamiento de su condición de omiso electoral, siempre que tenga registrada dicha condición. Es de trámite gratuito. Pago de derechos administrativos: En territorio nacional: 1 % UIT. En territorio extranjero: 1 % UIT. 30. HABILITACIÓN DE INSCRIPCIÓN POR CESE DE DECLARACIÓN JUDICIAL DE AUSENCIA O DE MUERTE PRESUNTA: Este trámite se realiza cuando el ciudadano, al que se le ha excluido por declarársele judicialmente ausente o muerto presunto, se demuestra su aparición o existencia, y siempre que se encuentre excluido en el Archivo Único de Identificación y Estado Civil de las Personas Naturales. 1. Formulario, el mismo que tiene el carácter de declaración En territorio nacional:Fiscalización previa. Oficina de Oficina de Habilitaciones.Dentro de los 15 días Oficina de Dentro de los 15División Central dejurada 0.4 % UIT. Opera el silencio Habilitaciones. hábiles posteriores a la Habilitaciones. días hábiles Procesos 2. Copia certificada y simple del documento que prueba la En territorio extranjero:administrativo negativo, fecha en que el posteriores a laaparición del ausente o de la designación de apoderado con 0.4 % UIT. si transcurridos 30 días, rechazo es puesto en fecha en que elfacultades suficientes hecha por el supuesto ausente con la entidad no emite conocimiento del rechazo es puestoposterioridad a la declaración judicial de ausencia. pronunciamiento solicitante, debiendo en conocimiento Para el caso de Habilitaciones por muerte presunta, se alguno. sustentarse del solicitante udeberá presentar copia certificada de la resolución judicial de necesariamente en opera el silencioreconocimiento de existencia. nueva prueba administrativo3. Pago de derechos administrativos. instrumental. negativo. Si el ciudadano se encuentra gestionando paralelamente la Es de trámite gratuito. Pago de derechosemisión de su Documento Nacional de Identidad, deberá administrativos:presentar además original y copia simple de la resolución de En territorio dispensa emitida por el Jurado Nacional de Elecciones, para nacional: 1 % UIT.el levantamiento de su condición de omiso electoral, siempre En territorioque tenga registrada dicha condición. extranjero: 1 % UIT. 31. HABILITACIÓN DE INSCRIPCIÓN EFECTUADA SIN DOCUMENTO DE SUSTENTO O CON DOCUMENTO DISTINTO AL EXIGIDO POR LEY: Este trámite se realiza cuando el ciudadano registra en el archivo manual que la inscripción la obtuvo con un documento de sustento que no es el exigido por leyo sin la presentación de éste, siempre que se encuentre excluido en el Archivo Único de Identificación y Estado Civil de las Personas Naturales. 1. Formulario, el mismo que tiene el carácter de declaración En territorio nacional:Fiscalización previa. Oficina de Oficina de Habilitaciones.Dentro de los 15 días Oficina de Dentro de los 15División Central dejurada 0.4 % UIT. Opera el silencio Habilitaciones. hábiles posteriores a la Habilitaciones. días hábiles Procesos2. Original y copia simple del documento de sustento omitido. En territorio extranjero:administrativo negativo, fecha en que el posteriores a la 0.4 % UIT.