Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2000 (03/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, MORDAZA 3 de diciembre de 2000
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

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El Honorable Concejo Distrital de Chaclacayo, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el 4 de noviembre del 2000, se publico en el Diario Oficial El Peruano la Ordenanza Municipal Nº 017/MCH, que establece el Beneficio Tributario aplicable a deudas por concepto del Impuesto Predial, Arbitrios y Multas Administrativas No Tributarias, Beneficio que se denomino BETRIMUN; Que, la Ordenanza citada en el considerando precedente, dispuso en su Articulo 10º, que el plazo para acogerse al BETRIMUN era hasta el dia 30 de noviembre del ano 2000; Que, el Concejo Distrital, consciente de la situacion economica de los contribuyentes del distrito, que impide cumplir con las obligaciones tributarias que redundan en beneficio de la Comunidad, ha visto por conveniente otorgar mayores facilidades para su cumplimiento; Que, en consecuencia debera disponerse la prorroga del plazo para que los deudores tributarios puedan acogerse al Beneficio Tributario (BETRIMUN); De conformidad con el Articulo 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y por unanimidad; ORDENA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 15 de diciembre del 2000, el plazo de vigencia del Beneficio Tributario Municipal (BETRIMUN) establecido en el Articulo 10º de la Ordenanza Municipal Nº 017-MCH. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Rentas y Unidad de Informatica, el cumplimiento y difusion de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 13749

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Crean el Registro Unico de Organizaciones Sociales de la municipalidad
ORDENANZA Nº 46 MORDAZA MORDAZA, 27 de noviembre de 2000 LA ALCALDESA DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, la Participacion Ciudadana esta fundamentada legalmente en la Constitucion Politica del Peru, Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853 y Ley de Derechos de Participacion y Control Ciudadanos - Ley Nº 26592; Que, es politica de la actual gestion municipal consolidar los mecanismos de Participacion Vecinal de las Organizaciones Sociales existentes y por crearse en el ambito del distrito de MORDAZA Maria; Que, las relaciones entre la Municipalidad y las organizaciones Sociales deberan efectuarse en un MORDAZA de fortalecimiento vecinal y un adecuado sistema democratico sin que esto signifique desnaturalizar la autonomia municipal establecida por Ley; Que, para ejercer plenamente la Participacion Vecinal es necesario tener un REGISTRO UNICO DE ORGANIZACIONES SOCIALES, que otorgue personeria municipal a las Organizaciones Sociales, permitiendo tener un enfoque multilateral e integrado para desarrollar estrategias de elevacion de los niveles de MORDAZA y participacion de los vecinos en el distrito; De conformidad con lo opinado por la Comision de Participacion Vecinal, Educacion, Cultura, Recreacion y Deporte, mediante Dictamen Nº 05-2000-CPVECRyD/MJM y estando a lo dispuesto en los Articulos 36º numeral 3), 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, por unanimidad adopto la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Aprobar la creacion del Registro Unico de Organizaciones Sociales de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Maria. Articulo Segundo.- Encargar a la Alcaldia la reglamentacion de la presente Ordenanza en un plazo MORDAZA de 30 dias. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Oficina de Participacion Vecinal. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA NEGRON Alcaldesa 13669

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Disponen el embanderamiento general del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 03-2000-A/MC Comas, 27 de noviembre de 2000 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE COMAS CONSIDERANDO: Que, el 12 de diciembre proximo se celebrara el Trigesimo Noveno Aniversario de la creacion politica del distrito de Comas, en la provincia de Lima; Que, ante este importante acontecimiento, es deber del Gobierno Local estimular la participacion ciudadana, relievando los autenticos valores nacionales y de compromiso, asi como el respeto a nuestros antepasados y remembranzas a los sucesos notables consecuentes con nuestra realidad; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades que le confiere el inciso 6) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE DECRETA: Articulo Primero.- Disponer el EMBANDERAMIENTO GENERAL de todos los inmuebles del distrito de COMAS, desde el martes 5 hasta el martes 12 de diciembre 2000, con ocasion de conmemorarse el Trigesimo Noveno Aniversario de la creacion politica del distrito de Comas en la provincia de Lima. Articulo Segundo.- El incumplimiento de este dispositivo MORDAZA lugar a las sanciones de Ley. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Desarrollo Humano y Participacion Ciudadana, Direccion de Seguridad Integral; y, a la Unidad de Comunicacion Municipal, la implementacion y difusion del presente Decreto, para su cumplimiento. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CRUCES MORDAZA 13668

Regulan disposiciones sobre el servicio de parqueo vehicular en el distrito
ORDENANZA Nº 47 MORDAZA MORDAZA, 27 de noviembre de 2000 LA ALCALDESA DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 1 de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA de fecha 15 de MORDAZA de 1999 se regula aspectos tecnicos y administrativos del servicio de parqueo vehicular en el distrito de MORDAZA MORDAZA que anteriormente se encontraba

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