Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2000 (05/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, martes 5 de diciembre de 2000

NORMAS LEGALES

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JUSTICIA
Crean Comision de Estudio y Revision de la Legislacion emitida desde el 5 de MORDAZA de 1992
RESOLUCION SUPREMA Nº 281-2000-JUS MORDAZA, 4 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 1º de la Constitucion, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado; Que, es funcion del Poder Ejecutivo cumplir y hacer cumplir las leyes, para lo cual debera observar el MORDAZA de jerarquia normativa, segun el cual la Constitucion prevalece sobre toda otra MORDAZA legal (Articulo 51º de la Constitucion); Que, asimismo, las normas relativas a los derechos y a las libertades que la Constitucion reconoce se interpretan de conformidad con la Declaracion Universal de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por el Peru, de conformidad con la cuarta disposicion final y transitoria de la Constitucion; Que en el periodo iniciado el 5 de MORDAZA, tanto el Gobierno de Emergencia y Reconstruccion Nacional como los dos gobiernos del ingeniero MORDAZA Fujimori emitieron diversas normas que fueron cuestionadas por diversos sectores de la comunidad nacional y la internacional por ser contrarios a la Constitucion y los citados instrumentos internacionales. En consecuencia, es deber del Poder Ejecutivo iniciar el MORDAZA de revision de dichas normas bajo los parametros de derechos humanos indicados; Que es conveniente que dicha revision se inicie por medio de un detenido estudio que culmine en un diagnostico e identificacion de aquella normativa que se considere contraria a la Constitucion y los instrumentos internacionales sobre derechos humanos. Esta revision debera ser hecha por una Comision que incorpore en su composicion a representantes de la sociedad civil vinculada a la defensa y promocion de los derechos humanos; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Crease una Comision de Estudio y Revision de la Legislacion emitida desde el 5 de MORDAZA de 1992, incluyendo toda MORDAZA legal que tenga vigencia a la fecha. La Comision estara integrada de la siguiente manera: - El Ministro de Justicia, quien la presidira. - Un representante del Ministerio de Educacion. - Un representante del Ministerio de la Presidencia. - Un representante de la Defensoria del Pueblo. - Dos juristas de reconocido prestigio moral y academico, que seran nombrados por Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- La Comision de Estudio y Revision de la Legislacion presentara un informe en un plazo de 60 dias, incluyendo las propuestas de modificacion legal que MORDAZA necesarias para adecuar la legislacion a la Constitucion y a los instrumentos internacionales de derechos humanos. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 13846

Vista la solicitud presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y el Informe de la Comision de Indulto, Derecho de MORDAZA y Conmutacion de Penas para los casos de Terrorismo o Traicion a la Patria de fecha 4 de diciembre de 2000, el que se recomienda por unanimidad la concesion del indulto; CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 26655 se creo una Comision Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la Republica en forma excepcional, la concesion del indulto y derecho de MORDAZA, para quienes se encuentren condenados por delitos de terrorismo o traicion a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan presumir, razonablemente que no habrian tenido ningun MORDAZA de vinculacion con elementos, actividades u organizaciones terroristas; Que mediante Ley Nº 27234 se otorgo al Consejo Nacional de Derechos Humanos cada una de las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 26655; Que la Comision de Indulto, Derecho de MORDAZA y Conmutacion de Penas para casos de Terrorismo y Traicion a la Patria, creada por D.S. Nº 003-2000-JUS, ha recomendado por unanimidad la concesion del indulto a favor de la solicitante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por encontrarse su peticion dentro de los alcances del Articulo 1º de la Ley Nº 26655; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 118º inciso 21) de la Constitucion Politica del Peru; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Conceder INDULTO a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se encuentra en el Establecimiento Penitenciario de "Maxima Seguridad de Chorrillos", Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 13847 RESOLUCION SUPREMA Nº 283-2000-JUS MORDAZA, 4 de diciembre de 2000 Vista la solicitud presentada por MORDAZA MORDAZA Ewest MORDAZA asi como el Informe de la Comision de Indulto, Derecho de MORDAZA y Conmutacion de Penas para los casos de Terrorismo o Traicion a la Patria, de fecha 23 de noviembre de 2000, el que se recomienda por unanimidad la concesion del indulto; CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 26655 se creo una Comision Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la Republica en forma excepcional, la concesion del indulto y derecho de MORDAZA, para quienes se encuentren condenados por delitos de terrorismo o traicion a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan presumir, razonablemente que no habrian tenido ningun MORDAZA de vinculacion con elementos, actividades u organizaciones terroristas; Que mediante Ley Nº 27234 se otorgo al Consejo Nacional de Derechos Humanos cada una de las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 26655; Que la Comision de Indulto, Derecho de MORDAZA y Conmutacion de Penas para casos de Terrorismo y Traicion a la Patria, creada por D.S. Nº 003-2000-JUS, ha recomendado por unanimidad la concesion del indulto a favor del solicitante MORDAZA MORDAZA Ewest MORDAZA, por encontrarse su peticion dentro de los alcances del Articulo 1º de la Ley Nº 26655; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 118º inciso 21) de la Constitucion Politica del Peru; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Conceder INDULTO a MORDAZA MORDAZA EWEST MORDAZA, quien se encuentra en el Establecimiento Penitenciario "Miguel MORDAZA Castro", Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 13848

Conceden indulto a 8 sentenciados por delitos de terrorismo o traicion a la patria de los Establecimientos Penitenciarios de Chorrillos, MORDAZA MORDAZA y Quenccoro
RESOLUCION SUPREMA Nº 282-2000-JUS MORDAZA, 4 de diciembre de 2000

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