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Pág. 195598 NORMAS LEGALES Lima, martes 5 de diciembre de 2000 Montoya Anguerry, Roger Rodríguez Iturri y Juan Vergara Gotelli. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República DIEGO GARCIA SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 13855 P R E S Aceptan renuncias y encargan la Presi- dencia Ejecutiva de los Consejos Transitorios de Administración Regio- nal a los Secretarios Técnicos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 125-2000-PRES Lima, 4 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 188º de la Constitución Política del Perú la descentralización es un proceso permanente que tiene como objetivo el desarrollo integral del país; Que, mediante Ley Nº 26922 - Ley Marco de Descen- tralización, el Gobierno Central dictó las normas necesarias para el ordenamiento del proceso de descentralización, crean- do los Consejos Transitorios de Administración Regional en cada uno de los departamentos del país, como organismos públicos descentralizados del Ministerio de la Presidencia con autonomía técnica, presupuestal y administrativa en el ejercicio de sus funciones; Que, de conformidad con lo previsto en el Artículo 17º de la Ley Nº 26922, la estructura organizativa básica de los Consejos Transitorios de Administración Regional está con- formada por el Presidente Ejecutivo y el Secretario Técnico, quienes ejercen el máximo nivel jerárquico y son designados por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Presidencia; Que, los Presidentes Ejecutivos de los Consejos Transito- rios de Administración Regional indicados en el Anexo de la presente Resolución han formulado renuncia al cargo, por lo que es procedente aceptar dichas renuncias; Que, concordantemente, el numeral 17.2 del Artículo 17º de la indicada Ley y el literal o) del Artículo 15º del Regla- mento de Organización y Funciones de los Consejos Transi- torios de Administración Regional aprobado por Decreto Supremo Nº 010-98-PRES determinan que el Secretario Técnico reemplaza al Presidente en caso de ausencia, impe- dimento o vacancia asumiendo las funciones inherentes al cargo; Que, la actuación de los Presidentes Ejecutivos y de los Secretarios Técnicos de los Consejos Transitorios de Admi- nistración Regional, en lo referente a los gastos e inversiones deberá ceñirse a las disposiciones legales contenidas en el Decreto de Urgencia Nº 058-2000 y la Resolución Directoral Nº 031-2000-EF/76.01, así como las Leyes Anuales de Presu- puesto y las disposiciones del Sistema Nacional de Inversión Pública y demás normas sobre la materia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556 modificado por el Decreto Ley Nº 25738, la Resolución Ministerial Nº 153-2000-PRES, la Ley Nº 26922 y el Decreto Supremo Nº 010-98-PRES; Con la visación del Viceministro de Desarrollo Regional y de la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Presidencia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar a partir de la fecha, la renuncia formulada por los Presidentes Ejecutivos de los Consejos Transitorios de Administración Regional indicados en el Anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar la Presidencia Ejecutiva de cada uno de los Consejos Transitorios de Administración Regional a los funcionarios que a la fecha vienen ejerciendo lasfunciones de Secretarios Técnicos, quienes de conformidad con las disposiciones legales mencionadas en el quinto y el sexto considerandos de la presente Resolución, deberán sujetar su actuación a las normas de austeridad, transparen- cia y disciplina fiscal previstas en la normatividad vigente sobre la materia. Artículo 3º.- Encargar la Presidencia Ejecutiva del Con- sejo Transitorio de Administración Regional - CTAR Ucayali a la CPC. Carmen Rosario Rojas García, quien sujetará su actuación a lo dispuesto en el Artículo 2º de esta Resolución. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Presidencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores JUAN INCHAUSTEGUI VARGAS Ministro de la Presidencia Anexo PRESIDENTES EJECUTIVOS CUYA RENUNCIA SE ACEPTA CTAR PRESIDENTE EJECUTIVO AMAZONAS ING. VICTOR RAUL ZAPATA RODRIGUEZ ANCASH ING. JOSE NARVAEZ SOTO APURIMAC ING. ELIAS SEGOVIA RUIZ AREQUIPA ING. OLGER VASQUEZ VASQUEZ AYACUCHO ING. SALOMON GONZALES VELA CAJAMARCA SR. ANDRES CASTRO ABANTO CUSCO ING. JOHNY ANGULO RIOS HUANCAVELICA ING. ISACC ERNESTO MOLINA CHAVEZ HUANUCO ECO. BILLY ALBERTO HERRERA GONZALES ICA ECO. LUIS ESTANISLAO LEON APESTEGUIA JUNIN ING. PEDRO HUMBERTO JINES ARROYO LA LIBERTAD SR. VICTOR ARTURO MELENDEZ CAMPOS LAMBAYEQUE ING. FELIX DE LA ROSA ANHUAMAN LORETO SR. SAMUEL REYNA FARJE ABENSUR MADRE DE DIOS ECO. CESAR RUBIO MORI MOQUEGUA SR. ITALO ARTURO CUBAS LONGA PASCO LIC. ADM. ALCIDES EUSEBIO ESPINOZA LEON PIURA ING. ALBERTO VICTORINO JOO CHANG PUNO ING. JUAN HUGO ZAMATA AGUIRRE SAN MARTIN SR. JUAN CARLOS DEL AGUILA BARTRA TACNA ARQ. MARIO NICOLAS BACIGALUPO SOTILLO TUMBES ING. ESTEBAN PINAO JIMENEZ UCAYALI ING. OLGA ZARELA RIOS DEL AGUILA 13856 PESQUERÍA Designan miembros deliberantes de la Comisión de Sanciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 309-2000-PE Lima, 4 de diciembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 002-99-PE del 2 de marzo de 1999 se aprobó el Reglamento del Título XI de la Ley General de Pesca, estableciéndose en su Artículo 22º que la Comisión de Sanciones del Ministerio de Pesquería estará integrada, entre otros por tres Miembros Deliberantes desig- nados por el Titular del Despacho Ministerial, uno de los