Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2000 (05/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 5 de diciembre de 2000

NORMAS LEGALES

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patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan presumir, razonablemente que no habrian tenido ningun MORDAZA de vinculacion con elementos, actividades u organizaciones terroristas; Que mediante Ley Nº 27234 se otorgo al Consejo Nacional de Derechos Humanos cada una de las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 26655; Que tanto la Comision Ad Hoc como la Comision de Indulto, Derecho de MORDAZA y Conmutacion de Penas para casos de Terrorismo y Traicion a la Patria, creada por D.S. Nº 003-2000-JUS, han recomendado por unanimidad la concesion del indulto a favor del solicitante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por encontrarse su peticion dentro de los alcances del Articulo 1º de la Ley Nº 26655; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 118º inciso 21) de la Constitucion Politica del Peru; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Conceder INDULTO a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se encuentra en el Establecimiento Penitenciario "Miguel MORDAZA Castro", Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 13852 RESOLUCION SUPREMA Nº 288-2000-JUS MORDAZA, 4 de diciembre de 2000 Vista la solicitud presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como el Informe de la Comision Ad Hoc Nº 005-99/ CAH y el Informe de la Comision de Indulto, Derecho de MORDAZA y Conmutacion de Penas para los casos de Terrorismo o Traicion a la Patria de fecha 23 de noviembre de 2000, en los que se recomienda por unanimidad la concesion del indulto; CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 26655 se creo una Comision Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la Republica en forma excepcional, la concesion del indulto y derecho de MORDAZA, para quienes se encuentren condenados por delitos de terrorismo o traicion a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan presumir, razonablemente que no habrian tenido ningun MORDAZA de vinculacion con elementos, actividades u organizaciones terroristas; Que mediante Ley Nº 27234 se otorgo al Consejo Nacional de Derechos Humanos cada una de las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 26655; Que tanto la Comision Ad Hoc como la Comision de Indulto, Derecho de MORDAZA y Conmutacion de Penas para casos de Terrorismo y Traicion a la Patria, creada por D.S. Nº 003-2000-JUS, han recomendado por unanimidad la concesion del indulto a favor del solicitante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por encontrarse su peticion dentro de los alcances del Articulo 1º de la Ley Nº 26655; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 118º inciso 21) de la Constitucion Politica del Peru; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Conceder INDULTO a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se encuentra en el Establecimiento Penitenciario "Miguel MORDAZA Castro", Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 13853

Vista la solicitud presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como el Informe de la Comision Ad Hoc y el Informe de la Comision de Indulto, Derecho de MORDAZA y Conmutacion de Penas para los casos de Terrorismo o Traicion a la Patria, de fecha 23 de noviembre de 2000, en los que se recomienda por unanimidad la concesion del indulto; CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 26655 se creo una Comision Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la Republica en forma excepcional, la concesion del indulto y derecho de MORDAZA, para quienes se encuentren condenados por delitos de terrorismo o traicion a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan presumir, razonablemente que no habrian tenido ningun MORDAZA de vinculacion con elementos, actividades u organizaciones terroristas; Que mediante Ley Nº 27234 se otorgo al Consejo Nacional de Derechos Humanos cada una de las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 26655; Que la Comision de Indulto, Derecho de MORDAZA y Conmutacion de Penas para casos de Terrorismo y Traicion a la Patria, creada por D.S. Nº 003-2000-JUS, han recomendado por unanimidad la concesion del indulto a favor del solicitante MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por encontrarse su peticion dentro de los alcances del Articulo 1º de la Ley Nº 26655; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 118º inciso 21) de la Constitucion Politica del Peru; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Conceder INDULTO a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se encuentra en el Establecimiento Penitenciario "Quenccoro" - Cusco. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 13854

Nombran miembros del Consejo Transitorio del Poder Judicial
RESOLUCION SUPREMA Nº 290-2000-JUS MORDAZA, 4 de diciembre de 2000 Vista la propuesta del Congreso de la Republica; CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 27367 se desactiva las Comisiones Ejecutivas del Poder Judicial y del Ministerio Publico y se establece la creacion de los Consejos Transitorios del Poder Judicial y del Ministerio Publico; Que dicho Consejo Transitorio del Poder Judicial asumira las funciones y atribuciones que corresponden al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, previstas en su Ley Organica y demas normas complementarias; Que el citado Consejo estara integrado por tres magistrados titulares y tres juristas de reconocido prestigio moral, profesional y academico, que cumplan los requisitos establecidos en la Ley Organica del Poder Judicial para el cargo de Vocal de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, quienes gozaran de los mismos derechos y estaran afectados por las mismas incompatibilidades de los citados magistrados; Que mediante la Ley Nº 27371, se modifica el Articulo 3º de la Ley Nº 27367, estableciendose que los tres juristas que conformaran el Consejo Transitorio del Poder Judicial seran nombrados por Resolucion Suprema a propuesta expresa del Congreso de la Republica; Que el Congreso de la Republica ha cumplido con remitir los nombres de los tres juristas que conformaran dicho Consejo Transitorio; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y las Leyes Nº 27367 y Nº 27371; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar como miembros del Consejo Transitorio del Poder Judicial a los juristas, doctores: MORDAZA

RESOLUCION SUPREMA Nº 289-2000-JUS MORDAZA, 4 de diciembre de 2000

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