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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2000 (06/12/2000)

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Pág. 195652 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de diciembre de 2000 Que, la propuesta de Actualización de la Zonificación del distrito de Miraflores se ha desarrollado dentro del marco del Plan de Desarrollo Metropolitano de Lima - Callao 1990-2010 vigente y el Plan Urbano de Miraflores aprobado por la Ordenanza Nº 143-MML, constituyendo el principal instrumento técnico normativo urbanístico dentro de su jurisdicción; De conformidad con el Dictamen Nº 051-2000-MML- CDU de la Comisión de Desarrollo Urbano y lo establecido en el Artículo 134º, incisos 2) y 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, y los Artículos 18º, 24º y 30º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Desarro- llo Urbano y Medio Ambiente, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-85-VC; Aprobó la siguiente: ORDENANZA DE ACTUALIZACION DE LA ZONIFICACION DEL DISTRITO DE MIRAFLORES 2000-2010 Artículo 1º.- Aprobar la Actualización de la Zonifica- ción General de los Usos del Suelo del distrito de Mira- flores al año 2010, como instrumento técnico normativo de ordenamiento, promoción y control del uso del suelo. Artículo 2º.- La Zonificación General de los Usos del Suelo del distrito de Miraflores tiene como objetivo gene- ral propiciar la racional distribución de las actividades urbanas en su territorio y el tratamiento urbanístico adecuado y progresivo en función de la consolidación urbana existente y su crecimiento y desarrollo urbano armónico y sostenido. Artículo 3º.- La Zonificación General de los Usos del Suelo de Miraflores, constituye un instrumento técnico normativo de aplicación general y cumplimiento obliga- torio, y se aplicará en concordancia con el Plano de Zonificación, el Plano de Alturas de Edificación, el Regla- mento de Zonificación y el Indice de Usos para la Ubica- ción de Actividades Urbanas del distrito, que como anexos forman parte de la presente Ordenanza, siendo de aplica- ción supletoria el Reglamento de Zonificación General de Lima Metropolitana y el Indice para la Ubicación de Actividades Urbanas de Lima. Artículo 4º.- Aprobar las modificaciones del Plano de Zonificación General de los Usos del Suelo del distrito de Miraflores, en los términos que se encuentran graficados en el Plano Nº Z-01-MDLM, que como Anexo Nº 1 forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 5º.- Aprobar las modificaciones al Reglamento de Zonificación para el distrito de Miraflores, en los términos que se especifica en el Anexo Nº 2 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 6º.- Aprobar las modificaciones del Indice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas corres- pondiente al distrito de Miraflores, en los términos que se señala en el Anexo Nº 3 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 7º.- Aprobar las modificaciones del Plano de Alturas de Edificación del distrito de Miraflores, Plano Nº Z-02-MDM, que se especifica en el Anexo Nº 4, que forma parte integrante de la presente Ordenanza, con excepción de la zona comprendida entre el Malecón de los France- ses, esquina con la avenida Benavides y el Malecón Ar- mendáriz, esquina con la avenida del mismo nombre, que estará sujeta a una revisión y propuesta específica por la Municipalidad Distrital de Miraflores, de conformidad con lo establecido en la Primera Disposición Transitoria y Final de la presente Ordenanza. Artículo 8º.- El reajuste y/o cambio de zonificación en la jurisdicción del distrito de Miraflores, se realizará una (1) vez al año, a partir del año 2001, con excepción de casos en que exista probado interés público o local en determi- nado sector o sectores del distrito, debidamente funda- mentado, de conformidad con lo establecido por la Orde- nanza Nº 134 de la Municipalidad Metropolitana de Lima y el Artículo 34º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente aproba- do por el Decreto Supremo Nº 007-85-VC. Artículo 9º.- En todos los casos, los cambios de zonifi- cación que formulen los particulares, de conformidad con loestablecido por el Artículo VI del Título Preliminar del Código del Medio Ambiente aprobado por el Decreto Legis- lativo Nº 613, el Artículo 34º del Reglamento de Acondicio- namiento Territorial, Desarrollo Urbano y Medio Ambien- te aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-85-VC y los Artículos 15º y 16º de la Ordenanza Nº 134 de la Municipa- lidad Metropolitana de Lima, deberán ser previamente consultados por la Municipalidad Distrital al vecindario. Artículo 10º.- Precísase que las normas especiales de Zonificación y el Indice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas del distrito de Miraflores que se aprueban por la presente Ordenanza, tendrán vigencia hasta tanto el Concejo Metropolitano de Lima apruebe el nuevo Reglamento de Zonificación General de Lima Me- tropolitana y el Indice para la Ubicación de Actividades Urbanas para Lima Metropolitana. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- La Municipalidad Distrital de Miraflores queda encargada de elaborar el "Estudio de Impacto Vial" que contenga la evaluación de la infraestructura vial y sus efectos en el tránsito y el transporte público para el tramo comprendido entre el Malecón de los Franceses, esquina con la Av. Benavides y el Malecón Armendáriz, esquina con la avenida del mismo nombre, a fin que la misma elabore y sustente técnicamente el planteamiento de alturas para los lotes ubicados con frente a los malecones de dicho tramo. Segunda.- Ratifícase el numeral IV.6 del Reglamento de Zonificación General de Lima Metropolitana vigente, en el sentido de que la determinación de las Zonas de Comercio Local (C1), corresponden en su planeamiento y aprobación mediante ordenanza a las Municipalidades Distritales. Tercera.- Déjase sin efecto cualquier Norma que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Lima, a los siete días del mes de noviembre del dos mil. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 13828 Ratifican resolución de la Municipali- dad de Santiago de Surco que declaró cumplidas obras de habilitación urba- na de terreno para uso residencial RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 7917 Lima, 20 de octubre de 2000 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA VISTOS; el Documento Simple Nº 26366-90, Expediente Nº 12112-98 promovidos por la ASOCIACION CULTURAL "LA FAMILIA" y el Oficio Nº 333-2000-DDU-MSS, cursado por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, conteni- do en el Codificado Nº 33413-2000 de fecha 6 de setiembre del 2000; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución MLM/AM-SMDU Nº 206, de fecha 2 de abril de 1990, se aprueban, los Estudios Preliminares de Habilitación Urbana para Uso de Vivienda "R-5", del terreno de 13,530.00 m2, ubicado en el distrito de Santia- go de Surco, provincia y departamento de Lima; Que, por Resolución Nº 008-91-MLM/SMDU-DMDU, de fecha 14 de febrero de 1991, se aprueban, de conformi-