Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2000 (06/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, miercoles 6 de diciembre de 2000

NORMAS LEGALES

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las instalaciones de ENAPU S.A., Provincia Constitucional del Callao, departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca 13916

Registrese, comuniquese, publiquese y transcribase a los Registros Publicos para su correspondiente inscripcion. MORDAZA CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 13913

Actualizan monto MORDAZA de cobertura del Fondo de Seguro de Depositos Declaran el sometimiento al regimen correspondiente al trimestre diciemde intervencion del Banco MORDAZA bre 2000 - febrero 2001 MORDAZA CIRCULAR Nº B-2082-2000
RESOLUCION SBS Nº 885-2000 MORDAZA, 5 de diciembre de 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 226-2000-PRES de fecha 5 de diciembre de 2000, el Banco Central de Reserva del Peru ha hecho de conocimiento de la Superintendencia de Banca y Seguros, que el Banco MORDAZA MORDAZA ha sido excluido de los procesos de compensacion, como consecuencia de no haber cubierto el saldo multilateral deudor que le ha correspondido en las Camaras de Compensacion en moneda nacional y en moneda extranjera, conforme a lo dispuesto en los Articulos 12º y 13º del Reglamento aprobado mediante Circular Nº 023-2000-EF/90; Que, en vista que el Banco MORDAZA MORDAZA ha incurrido en suspension de pagos, lo cual configura una causal de intervencion, segun el numeral 1 del Articulo 104º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante la Ley General; Contando con la opinion favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 103º de la Ley General; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar el sometimiento al regimen de intervencion del Banco MORDAZA MORDAZA, por la causal prevista en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Designar a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, funcionarios de la Superintendencia de Banca y Seguros, para que en representacion del Superintendente realicen los actos necesarios para llevar adelante la intervencion, gozando de todas las facultades necesarias, conforme a lo establecido en la Ley General y en la Resolucion SBS Nº 455-99. Articulo Tercero.- En aplicacion de lo dispuesto en los Articulos 106º, numeral 4 y 116º de la Ley General, a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion, queda prohibido: a) Iniciar contra el Banco MORDAZA MORDAZA, procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo. b) Perseguir la ejecucion de resoluciones judiciales dictadas contra la referida empresa bancaria. c) Constituir gravamenes sobre alguno de los bienes de la precitada empresa, en garantia de las obligaciones que le conciernen. d) Hacer pagos, adelantos o compensaciones, o asumir obligaciones por cuenta de MORDAZA con los fondos o bienes que le pertenezcan a la indicada empresa y se encuentren en poder de terceros, con excepcion de las compensaciones con empresas del sistema financiero. Monto en Nuevos Soles Ref.: MORDAZA, 5 de diciembre del 2000 Circular Nº B-2082-2000 F-0422-2000 CM-0270-2000 CR-0139-2000 --------------------------------------------------------Actualizacion del monto MORDAZA de cobertura del Fondo de Seguro de Depositos correspondiente al trimestre diciembre 2000 - febrero 2001. ---------------------------------------------------------

Senor Gerente General: Sirvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del Articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, y de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 18º de dicha Ley General, esta Superintendencia dispone la actualizacion trimestral, correspondiente al periodo diciembre 2000 - febrero 2001, del monto MORDAZA de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depositos, senalado en el Articulo 153º de la mencionada Ley General. En tal sentido, el monto MORDAZA de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depositos durante el periodo diciembre 2000 - febrero 2001 se indica a continuacion: COBERTURA DEL FONDO DE SEGURO DE DEPOSITOS DICIEMBRE 2000 / FEBRERO 2001 (*) 67 874,00

(*) Actualizacion para el trimestre diciembre 2000 - febrero 2001 en base a la Variacion IPM diciembre 1998 - noviembre 2000: 1,09474996 Atentamente, MORDAZA CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 13892

CONASEV
Autorizan viaje de funcionaria de la CONASEV para asistir a MORDAZA de administracion de riesgos, a realizarse en MORDAZA
RESOLUCION CONASEV Nº 085-2000-EF/94.10 MORDAZA, 1 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, la Asociacion de Depositos Centrales de Valores de MORDAZA - ACSDA ha cursado invitacion para

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