Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2000 (08/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, viernes 8 de diciembre de 2000

NORMAS LEGALES

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INTERIOR
Dejan sin efecto el D.S. Nº 07-94-IN, mediante el cual se creo la Unidad Especial de Investigaciones Tributarias de la Policia Nacional del Peru, adscrita a la SUNAT
DECRETO SUPREMO Nº 009-2000-IN EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 07-94-IN se creo la Unidad Especial de Investigaciones Tributarias de la Policia Nacional del Peru - UEIT, adscrita a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT; Que a la fecha se ha considerado conveniente variar los mecanismos para la deteccion, investigacion y posterior denuncia de delitos de defraudacion tributaria y conexos; En uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica; DECRETA: Articulo 1º.- Dejese sin efecto el Decreto Supremo Nº 07-94-IN. Articulo 2º.- Los miembros de la UEIT deberan entregar el acervo documentario que a la fecha obre en su poder y los bienes que les hubieren sido asignados, bajo responsabilidad. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro del Interior y el Ministro de Justicia, y entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de diciembre del ano dos mil. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA KETIN MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA MORDAZA SAYAN LARRABURRE Ministro de Justicia 14071

Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder la extradicion solicitada por el Gobierno de la Republica Italiana del ciudadano italiano MORDAZA GIANNULI por el delito de asalto, lesiones personales agravadas, posesion ilegal de MORDAZA clandestinas, asalto agravado, intento de homicidio agravado, posesion ilegal de MORDAZA clandestinas y por portar MORDAZA en lugares publicos, debiendo aplazarse su entrega hasta despues de concluido el MORDAZA o extinguida la pena. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURRE Ministro de Justicia 14076

Modifican instrumento de inscripcion o rectificacion de titulo de propiedad de predios ubicados en AA.HH. y el utilizado en procedimiento de declaracion de propiedad mediante prescripcion adquisitiva en posesiones informales formalizados por COFOPRI
COMISION DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 205-2000-COFOPRI/GG MORDAZA, 4 de diciembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley Nº 27046, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado por Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, se creo la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, como organismo rector MORDAZA encargado de disenar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rapida un programa de formalizacion de la propiedad y su mantenimiento dentro de la formalidad, a nivel nacional, centralizando las competencias y toma de decisiones a este respecto; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-99-MTC se aprobo el Reglamento de Formalizacion de la Propiedad, el cual en su Articulo 2º establece que la Formalizacion de la Propiedad es el conjunto de acciones de caracter legal, tecnico y de difusion que tienen por objeto, entre otros, evaluar las caracteristicas de los titulos de propiedad que hubieran sido otorgados por otras entidades que tuvieron competencia con anterioridad a COFOPRI, esten o no inscritos, para evaluar la correspondencia entre la informacion consignada en el titulo y/o la inscripcion registral con la realidad fisica del lote y con la realidad juridica del titular, con el fin de realizar las acciones de saneamiento, rectificacion, aclaracion e inscripcion que fueran necesarias para darle validez o eficacia al titulo de propiedad, a traves de los Instrumentos de Inscripcion y/ o Rectificacion de Titulos, conforme a lo establecido por el Articulo 28º del Reglamento de Formalizacion de la Propiedad; Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 009-98COFOPRI/GG se aprobaron las caracteristicas, el contenido y el formato del Instrumento de Inscripcion y/o Rectificacion de Titulo de Propiedad Registrado, que se ha venido utilizando en los casos de inscripciones y/o rectificaciones de predios ubicados en Asentamientos Humanos y Programas de Vivienda del Estado; Que, el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 010-2000-JUS senala que en caso de lotes cuyos titulos de propiedad emitidos por las Municipalidades u otras entidades anteriormente competentes sobre el saneamiento fisico legal de posesiones informales, que cuentan con los requisitos de validez pero que contienen un error material en la nomenclatura de los lotes, COFOPRI procedera a rectificarlos mediante los respectivos instrumentos de rectificacion;

JUSTICIA
Conceden extradicion solicitada por el Gobierno de la Republica Italiana de ciudadano procesado por diversos delitos
RESOLUCION SUPREMA Nº 293-2000-JUS MORDAZA, 7 de diciembre de 2000 Visto el Oficio Nº 719-2000-P-CS-SG/PJ de fecha 31 de octubre de 2000, de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, sobre el pedido de extradicion del ciudadano italiano MORDAZA GIANNULI, requerido por las autoridades judiciales de la Republica Italiana; CONSIDERANDO: Que por Resolucion de fecha 25 de octubre de 2000, la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, declaro procedente el pedido de extradicion pasiva, del ciudadano italiano, MORDAZA GIANNULI, formulada por las autoridades judiciales de la Republica Italiana, a consecuencia del MORDAZA que se le sigue en dicho pais; asi como el aplazamiento de la entrega al encontrarse procesado en la instruccion Nº 2000-164 en nuestro MORDAZA por el delito de trafico ilicito de drogas en agravio del Estado; Estando a lo dispuesto por los Articulos 3º, 9º y 36º de la Ley Nº 24710 y lo normado por el inciso 5) del Articulo 34º del Texto

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