Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2000 (08/12/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

Pag. 195732

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 8 de diciembre de 2000

MORDAZA MORDAZA y considerar otros terminos con otras caracteristicas, hechos tipificados como faltas administrativas en los Incs. a) y d) del Art. 28º del D. Leg. Nº 267. Por tanto, se concluye que la mencionada adquisicion no era la requerida, por no cumplir con la capacidad minima requerida, para la construccion y mantenimiento de carreteras, situacion con la que se ha causado perjuicio al CTAR MORDAZA y por ende al Estado, toda vez que no ha permitido cumplir con los fines y objetivos establecidos de manera oportuna y optima en la construccion y mantenimiento de carreteras; y haber avalado el otorgamiento de la buena pro, inobservando el Informe Nº 002-99-CTAR-PUNO-GO-SGS-MACH-LFC, presentado por los supervisores Ing. Civil Lorgio MORDAZA MORDAZA e Ing. MORDAZA Nunez MORDAZA, quienes informan que el Rodillo Liso DYNAPAC Modelo CC102 es de uso limitado, por su bajo peso, el cual no guarda concordancia con el equipo requerido; Que, conforme lo establece imperativamente el Articulo 27º del Decreto Legislativo Nº 276, los MORDAZA de sancion corresponden a la magnitud de las faltas, segun su menor o mayor gravedad, debiendo contemplarse en cada caso, no solo la naturaleza de la infraccion sino tambien los antecedentes del servidor, constituyendo la reincidencia serio agravante, ademas de evaluar las circunstancias en que se ha cometido, la concurrencia de varias faltas y los efectos que produce la falta en agravio del Estado; en el caso de autos, conforme aparece del Informe Final emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, los hechos materia del MORDAZA administrativo concluyeron en el incumplimiento de obligaciones establecidas en la MORDAZA, tipificadas como faltas administrativas de incumplimiento de normas establecidas, negligencia en el desempeno de funciones y actos de inmoralidad conforme a los Incs. a), d) y j) del Articulo 28º del D. Leg. Nº 276; se tiene que MORDAZA MORDAZA MORDAZA tiene la condicion de reincidente, dado que de manera MORDAZA y reiterada ha sido objeto de sanciones administrativas por actos tipificados como faltas administrativas por hechos que han ido en desmedro de la entidad (ESTADO); debiendo imponerse la sancion en estricta MORDAZA con los principios del debido MORDAZA y MORDAZA constitucional de equidad y justicia; En el MORDAZA de las funciones y atribuciones conferidas mediante Ley Nº 26922 - Ley MORDAZA de Descentralizacion, Decreto Supremo Nº 010-98-PRES; y, En uso de las atribuciones conferidas por los Articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru y Resolucion Suprema Nº 155-99-PRES; SE RESUELVE: Articulo Primero.- IMPONER LA SANCION DISCIPLINARIA DE DESTITUCION a don ING. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Estudios y Obras, por las faltas incurridas tipificadas en los incisos a), d) y j) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 y consideraciones expuestas. Articulo Segundo.- IMPONER SANCION DISCIPLINARIA DE SUSPENSION SIN GOCE DE REMUNERACIONES POR CINCO (5) DIAS al senor HERACLIDES MORDAZA MORDAZA, tecnico en ingenieria de la gerencia de operaciones, por las conclusiones expuestas. Articulo Tercero.- IMPONER LA SANCION DISCIPLINARIA DE AMONESTACION ESCRITA al senor CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Administrador y ex Presidente del Comite Especial de Adquisiciones del Rodillo Vibratorio, por las consideraciones expuestas. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Asesoria Juridica del CTAR MORDAZA, conforme las consideraciones expuestas meritue y MORDAZA las acciones legales pertinentes con arreglo a lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 17537. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA 14052

FIQUE la Resolucion de Alcaldia Nº 183-2000/MDC, de fecha 4 de MORDAZA del 2000, con el que se aprueba los proyectos de Habilitacion MORDAZA del terreno de 30,000.00 m² constituido por la parcela Nº 122 de la ex Cooperativa Agraria de Usuarios Caudivilla, Huacoy y Punchauca, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 183-2000/MDC, de fecha 4 de MORDAZA del 2000, se resolvio aprobar los proyectos de Habilitacion MORDAZA de acuerdo al Plano signado con el Nº 03999-MDC/CDHU, del terreno de 30,000.00 m² constituido por la parcela Nº 122 de la ex Cooperativa Agraria de Usuarios Caudivilla, Huacoy y Punchauca, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; Que, con Oficio Nº 285-2000-A/MDC de fecha 19 de MORDAZA del 2000, recepcionado el 31 de MORDAZA del 2000, por la Oficina de Tramite Documentario de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, mediante la cual se solicita la revision, ratificacion y/o aprobacion de la Resolucion MORDAZA indicada, de conformidad a la Ley General de Habilitaciones Urbanas, Ley Nº 26878 y el Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, Decreto Supremo Nº 011-98-MTC; Que, con fecha 29 de setiembre del 2000, el recurrente presenta documento simple solicitando se declare el silencio administrativo positivo, en aplicacion de lo normado en el Articulo 3º de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, Ley Nº 26878, concordante con el Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, al haber transcurrido en exceso el plazo de 15 dias naturales dispuesto por las normas citadas, para la revision de Resolucion de Habilitacion MORDAZA por la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la Ley Nº 27135 del 7 de junio de 1999, texto legal modificatorio de la Ley Nº 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas, prescribe en su Articulo 1º, un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles contados desde la fecha de recepcion del expediente para el pronunciamiento de la Municipalidad Provincial, vencido dicho plazo se entendera que la Habilitacion MORDAZA es conforme, para su inscripcion; Que, a la fecha la emision de la presente ha vencido el plazo de ley, sin que exista pronunciamiento de la Municipalidad Provincial; y, Estando al Proveido Nº 0162-2000-DIDUR/MDC, de la Direccion de Infraestructura y Desarrollo MORDAZA y de conformidad con lo previsto en el Articulo 3º de la Ley Nº 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas, en los Articulos 43 y 96º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS - Texto Unico de Procedimientos Administrativos y, en uso de las facultades que confiere el Articulo 47º, Inc. c) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- RATIFICAR, la Resolucion de Alcaldia Nº 183-2000/MDC, que aprueba los proyectos de Habilitacion MORDAZA del terreno de 30,000.00 m², constituido por la parcela Nº 122 de la ex Cooperativa Agraria de Usuarios Caudivilla, Huacoy y Punchauca, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; al haber operado el Silencio Administrativo Positivo que dispone el Articulo 1º de la Ley Nº 26878. Articulo Segundo.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de los interesados. Articulo Tercero.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucion a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su conocimiento y fines y, al Registro Predial de MORDAZA, para su inscripcion correspondiente. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 13976

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO

Ratifican resolucion que aprueba proyectos de habilitacion MORDAZA de terre- Disponen el embanderamiento general del distrito no ubicado en el distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 379-2000/MDC Carabayllo, 16 de noviembre de 2000 Visto, el expediente Nº 04148-R-2000/MDC, mediante el cual don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita se RATIDECRETO DE ALCALDIA Nº 011-2000/MJM MORDAZA MORDAZA, 5 de diciembre de 2000 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.