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Pág. 196042 NORMAS LEGALES Lima, viernes 15 de diciembre de 2000 Que, la Directiva Nº 001-95-030401020000, aproba- da mediante Resolución Ministerial Nº 1056-95-IN, que norma los procedimientos sobre supervisión, control, fabricación importación y comercialización de artículos pirotécnicos no detonantes, precisa que la DICSCA- MEC en coordinación con la Policía Nacional y las Municipalidades deben ejercer un permanente y estric- to control de los artículos pirotécnicos de fabricación casera, así como aquellos productos que ingresen al país ilegalmente, procediendo a su decomiso y posterior destrucción; Que se hace necesario emitir normas para regular y ejercer control sobre el uso, venta y quema de materiales pirotécnicos a fin de salvaguardar la seguridad del vecin- dario; Ejerciendo las facultades conferidas por la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades y con el voto unánime de sus miembros; ACUERDA: Artículo Primero.- La venta de materiales pirotéc- nicos no prohibidos deberá contar con la autorización respectiva de la DICSCAMEC, quedando prohibida la comercialización en forma ambulatoria. Artículo Segundo.- Para la quema de materiales pirotécnicos en eventos sociales, presentaciones artísti- cas, actividades culturales, festividades religiosas, con- centraciones públicas y/o promociones comerciales u otras, deberá contarse con la autorización respectiva de la DICS- CAMEC. Artículo Tercero.- Queda PROHIBIDO en el distrito de Barranco, la quema en la vía pública de llantas y objetos en desuso, por significar un atentado contra la ecología y el medio ambiente. Esta prohibición se dispone especial- mente para los días 24, 25, 26 y 31 de diciembre y 1, 2, y 3 de enero. Artículo Cuarto.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza será pasible de las Sanciones establecidas. Por Tanto: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSEFINA ESTRADA DE CAPRIATA Alcaldesa 14346 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO CHIMBOTE Sancionan con destitución a servidor de la municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 236-2000-MDNCH Nuevo Chimbote, 13 de diciembre de 2000 VISTO: El Informe Nº 006-2000-CPPA-MDNCH de fecha 28- NOVIEMBRE-2000, emitido por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Munici- palidad Distrital de Nuevo Chimbote; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 034-2000- MDNCH y Resolución de Alcaldía Nº 060-2000-MDN- CH se designó la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, encargada de evaluar la responsabilidad administrativa de los servidores municipales, por faltas cometidas en el ejercicio de su cargo;Que, a través del Informe Nº 426-00-MDNCH-OA/P de fecha 3-SETIEMBRE-2000, el Jefe de la Oficina de Perso- nal, informa que habiendo transcurrido y culminado el plazo de noventa días, otorgado por Licencia sin goce de haber a favor del servidor OSCAR LOPEZ CARRANZA, éste no ha cumplido con reincorporarse a sus labores dentro del término de Ley; por lo que ha incurrido en falta administrativa tipificada en el Inc. k) del Art. 28º del D. Leg. Nº 276; Que, al amparo de lo dispuesto por el Art. 32º del D. Leg. Nº 276 concordante con el Art. 166º D.S. Nº 005-90- PCM, la Comisión Permanente de Procesos Administra- tivos Disciplinarios luego de realizar el estudio y califi- cación de la falta atribuida al servidor OSCAR LOPEZ CARRANZA, eleva ante el Despacho de Alcaldía el Infor- me Nº 005-2000-CPPA-MDNCH, sugiere que se proceda a instaurar Proceso Administrativo Disciplinario contra el servidor OSCAR LOPEZ CARRANZA, por no haberse reincorporado a sus labores al término de la Licencia sin Goce de Haber, que le fuera otorgada el 2-JUNIO-2000; encontrándose su accionar tipificado en el Art. 28º, Inc. k) del D. Leg. Nº 276, concordante con el Art. 150º del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM; Que, en atención a los considerandos antes expuestos, el Titular del Pliego, a través de la Resolución de Alcaldía Nº 219-2000-MDNCH de fecha 13-NOVIEMBRE-2000, dispone Instaurar Proceso Administrativo Disciplinario, contra el servidor OSCAR LOPEZ CARRANZA, por la supuesta falta administrativa contemplada en el Inc. k) del Art. 28º del D. Leg. Nº 276; Que, estando a lo dispuesto por los Artículos 163º, 164º y 170º del D.S. Nº 005-90-PCM, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios eleva su In- forme Nº 006-2000-CPPA-MDNCH al Titular de la Enti- dad, mediante el cual señala: que el servidor, Sr. OSCAR LOPEZ CARRANZA, no ha realizado el descargo corres- pondiente, en ejercicio de su derecho de defensa, confor- me lo establece el Art. 168º y 169º del D.S. Nº 005-90-PCM; contraviniendo lo prescrito por el Inc. a) y c) del Art. 21º del D. Leg. Nº 276, lo cual deviene en concordante con el Art. 27º de este último cuerpo normativo citado, toda vez que del file personal del servidor procesado, se puede apreciar que pese a contar con una felicitación por su asistencia a los actos celebratorios por fiestas patrias, también recae sobre él un demérito por llamada de aten- ción y constantes licencias sin goce de remuneraciones, que lo ubicarían como un servidor que no se adapta a las normas internas de conducta dentro de su centro de trabajo; por lo tanto, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos recomienda que se destituya al servidor OSCAR LÓPEZ CARRANZA, por haber incurrido en falta administrativa de carácter disciplinaria, tipificada en el Art. 28º, Inc. k) de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, concordante con el Inc. d) del Art. 26º del D. Leg. Nº 276 y Arts. 154º y 159º del D.S. Nº 005-90-PCM; Que, estando a lo dispuesto por el D. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa, su Reglamento D.S. Nº 005-90-PCM, y el Inc. 6) del Art. 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESTITUIR al servidor de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, Sr. OSCAR LÓPEZ CARRANZA, en mérito a las consideraciones antes expuestas. Artículo Segundo.- DISPONER se notifique la pre- sente Resolución a la persona indicada en el artículo precedente, de manera personal o mediante publicación en el Diario Oficial El Peruano o en el de mayor circula- ción de la localidad. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Per- sonal, Oficina de Asesoría Legal y Dirección Municipal efectuar las acciones correspondientes a fin de dar cum- plimiento a la presente Resolución de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. JULIO OSTOLAZA GANOZA Alcalde 14349