Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2000 (16/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, sabado 16 de diciembre de 2000

NORMAS LEGALES

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12.0.- Flota.- Numero de unidades autorizadas con las que cuenta la persona juridica, para el servicio de transporte en vehiculos menores. 13.0.- Distintivo de Identificacion Municipal.Distintivo Municipal impreso (sticker) con la inscripcion "VEHICULO AUTORIZADO", otorgado por la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, que sera colocado en la parte interna derecha del parabrisas del vehiculo autorizado. 14.0.- Deposito Municipal.- Local municipal del distrito, que la Municipalidad senale, debidamente acondicionado, para el internamiento de los vehiculos menores infractores. 15.0.- Pasajero o Usuario.- Persona natural que solicita y hace uso del servicio de transporte, con el pago del precio convenido. 16.0.- Organizacion de Transportistas de Vehiculos Menores.- Asociacion de personas juridicas debidamente constituida e inscrita en la Oficina de los Registros Publicos, que agrupa a no menos del 40% del total de las personas juridicas que prestan el servicio del transporte en vehiculos menores en el distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, las que se acreditaran ante la Autoridad Administrativa Distrital para conformar la Comision Tecnica Mixta convocada por la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. 17.0.- Inspector Municipal.- Persona debidamente capacitada y autorizada por la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, que tiene la funcion de supervisar el cumplimiento de la presente Ordenanza e impondra las papeletas de multas a las infracciones que cometan las personas juridicas y los conductores de vehiculos menores. TITULO IV OBLIGACIONES Articulo Sexto.- Obligaciones de la Persona Juridica que presta servicio de transporte en vehiculos menores: 1) Fijar un domicilio legal al cual se remitiran todas las comunicaciones y notificaciones pertinentes. 2) Difundir, cumplir y hacer cumplir la presente Ordenanza, entre sus asociados, asi como cumplir todos los Decretos de Alcaldia, Resoluciones Directorales, Edictos, Reglamentos y Normas que le MORDAZA aplicables, y de las que se dicten en el futuro sin perjuicio de la responsabilidad civil que pudiera corresponderle. 3) Que sus vehiculos menores MORDAZA conducidos por conductores autorizados. 4) No deben usar lunas polarizadas. 5) La cabina de pasajeros de sus vehiculos menores, se debera encontrar en buenas condiciones. 6) Que sus vehiculos menores cuenten con un botiquin de primeros auxilios. 7) Que los conductores de vehiculos menores cumplan con las disposiciones de la presente Ordenanza y las normas del Reglamento de MORDAZA y Seguridad Vial. 8) Mantener vigente las Polizas de Seguros. 9) Designar al representante legal responsable del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, precisando que en caso de ser una Empresa sera el Gerente General y de ser una Asociacion sera el Presidente. 10) Uniformizar los MORDAZA de su flota de acuerdo con las disposiciones que al respecto se coordine y registre en la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. 11) Los conductores de vehiculos menores deben contar y portar la respectiva licencia de conducir y credencial de conductor. 12) Que el servicio de transporte en vehiculos menores sea realizado unicamente por los vehiculos autorizados por la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. 13) Disponer que los vehiculos cumplan con la Constatacion de Caracteristicas hasta que se implemente la revision tecnica respectiva, por la Autoridad competente. 14) Verificar que los vehiculos autorizados se encuentren en perfectas condiciones de funcionamiento, seguridad e higiene. Articulo Setimo.- Comunicar a la Municipalidad: 1) Las adiciones o retiros de vehiculos y de conductores.

2) Los cambios del domicilio legal y del representante legal que se efectue. Articulo Octavo.- Obligaciones del Conductor que presta servicio de transporte en vehiculos menores. 1) Cuidar su apariencia e higiene personal durante la realizacion del servicio. 2) Efectuar la devolucion de los efectos personales de propiedad de los usuarios que encuentren en su vehiculo a la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, la cual entregara al conductor una constancia. 3) Tratar a los pasajeros en forma cortes durante el servicio. 4) Mantener los vehiculos limpios y en correcto funcionamiento. 5) No producir ruidos molestos, ni mantener el volumen de los equipos de sonido por encima de lo permitido. 6) No movilizar personas en la cabina del conductor. Permitiendose la presencia de un acompanante por motivos de seguridad, unica y exclusivamente desde las 20:00 hasta las 05:00 horas, siempre y cuando este se encuentre debidamente registrado y acreditado ante la persona juridica respectiva. Debiendo la persona juridica remitir la relacion de los acompanantes autorizados a la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. 7) No circular por la calzada ubicada al frontis del Palacio Municipal. 8) Tener la licencia de conducir correspondiente, para vehiculo motorizado o no motorizado, segun sea el caso, expedida por las autoridades competentes, de conformidad a la normatividad vigente. 9) Prestar servicio debidamente uniformados, de acuerdo a lo establecido por la persona juridica a la cual pertenece. 10) No movilizar por ningun motivo mayor numero de pasajeros de lo establecido por la Tarjeta de Propiedad. 11) Revisar permanentemente las condiciones de seguridad del vehiculo. 12) No ingerir alimentos o bebidas, ni fumar, ni usar equipos de comunicacion mientras se atienda un servicio. 13) Portar durante el servicio la Tarjeta de Propiedad del Vehiculo, el Certificado de Operacion, la Credencial de Conductor, la Resolucion de Circulacion, la Poliza de Seguro y en lugar visible el distintivo adhesivo. 14) Solo ocupar paraderos autorizados. 15) No prestar servicio de transporte en vehiculos no motorizados, en zonas de gran congestion vehicular. 16) Se encuentran prohibidos de prestar el servicio, circulando por vias troncales y por toda via de gran afluencia vehicular. Podran cruzar por vias colectoras, de menos afluencia vehicular, respetando las normas de transito. 17) No conducir superando la velocidad MORDAZA de circulacion de un vehiculo menor de treinta (30) kilometros por hora. 18) Asistir a los cursos de capacitacion que programe la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo en forma obligatoria. Articulo Noveno .- Obligaciones del pasajero. 1) No causar dano al vehiculo de servicio de transporte. 2) Estan obligados a pagar el precio acordado por el servicio contratado. TITULO V REGISTRO Articulo Decimo .- La Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, mediante la Division de Transporte, llevara el Registro Municipal de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores, el cual debera ser permanentemente actualizado. Articulo Decimo Primero.- El Registro Municipal de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores, comprendera: 1).- Registro de Personas Juridicas. 2).- Registro de Propietarios.

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