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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2000 (16/12/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 35

Pág. 196077 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de diciembre de 2000 Marca con una equis o cruz (x o +), sólo una opción: AMPLIACION DE GIRO Y/O DE HORARIO HASTA LAS 1.00 A.M.: A.Galerías, Campos Feriales o similares (cuya área no exceda a los 7 m2 y que no tenga puerta a la calle, por stand, módulo o puesto) S/. 100.00 . B.Establecimientos comerciales y/o de servicios (área declarada) . Hasta 50 m2 S/. 150.00 . . Más de 50 m2 S/. 250.00 . AMPLIACION DE HORARIO HASTA LAS 2.00 A.M.: C.Restaurantes o lugares de expendio de alimentos S/. 350.00 . AMPLIACION DE HORARIO HASTA LAS 4.00 A.M.: D.Clubes Sociales y Centros de Esparcimiento S/.1,000.00 . E.Discotecas, salas de espectáculos y de baile, Pubs S/.1,500.00 . Nota: El presente documento carece de valor sin el pago del derecho correspondiente y del sello de la Oficina de Administración de Tributos y Rentas - Unidad de Administración y Fiscalización Tributaria; así también si tiene enmendaduras o borrones. ----------------------------- FIRMA Declaro bajo juramento que los datos consignados en el presente formato son verdaderos; caso contrario, se aplicarán las sanciones correspondientes conforme a Ley. ----------------------------- FIRMA Jesús María, ............. de ................................ del ........... 14430 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC Autorizan realización de ferias con moti- vo de las Fiestas Navideñas en las que comerciantes informales podrán hacer uso de vía pública o retiro municipal ORDENANZA Nº 017-MDR Rímac, 13 de diciembre del 2000 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC POR CUANTO: El Concejo Distrital del Rímac, en Sesión Ordinaria de la fecha, bajo la presidencia de la Alcaldesa, Eco. Gloria Jaramillo Aguilar, con la asistencia de los señores Regido- res: Rosa Olinda Liza Nunton, William Castañeda Lozano, Nelly Beatriz Pacheco Torres, Dina Emérita Iparraguirre Cuba, Jorge Estela Valdivia, Rafael Fernando Fuentes Galindo, Iris Elizabeth Armijo Vidal, María Manuela Pin- tado de Tejada, Teófilo Silva Zavaleta, Víctor Manuel Vega Neciosup, José Falcón Huamán Lazo; Vistos, los Dictámenes Nº 010-2000-MDR-CAR emitido por la Comisión de Administración y Rentas y Nº 001-2000- MDR-C.S.C. de la Comisión de Servicios a la Ciudad, sobre ocupación de la vía pública por Ferias Navideñas; CONSIDERANDO: Que, ante el advenimiento de las celebraciones de las Fiestas Navideñas, se realizarán Ferias en las cuales se expenderán diversos productos en la jurisdicción del Rímac; Que, según el numeral 3) del Art. 68º de la Ley Nº 23853, es función de la Municipalidad en materia de abastecimien- to y comercialización de productos regular y controlar el comercio ambulatorio; Que, es necesario dictar la norma que regule la autori- zación temporal para la realización de Ferias Navideñas en diferentes calles y/o avenidas del distrito del Rímac;Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y con el voto mayoritario de los miembros del Concejo y con dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Autorizar que por Fiestas Navi- deñas se realicen Ferias en las que comerciantes informales puedan hacer uso de la vía pública y/o retiro municipal, debiendo hacer el pago correspondiente. Artículo Segundo.- Disponer que las Ferias Navide- ñas se realicen únicamente en las siguientes calles, aveni- das y/o jirones respetando los giros establecidos en ellas: 1. Malecón Rímac, Jr. Huaura (artículos navideños), 2. Bajada del Puente Santa Rosa, pasaje Santa Rosa (artículos navideños), 3. Mercado de Flores Santa Rosa (artículos navideños), 4. Av. Francisco Pizarro Cdras. 3, 4 y 5 (artículos navideños), 5. Av. Samuel Alcázar Cdras. 7, 8 y 9 (artículos navide- ños), 6. Av. Armando Filomeno Cdra. 3 (artículos navideños), 7. Av. José Santos Chocano Cdras. 1, 2, 3, 4 (aves en pie y artículos navideños), 8. Jr. Restauración Cdras. 1 y 2 (aves en pie y artículos navideños), 9. Jr. Tomás Moya Cdra. 6, Esteban Salmón Cdras. 5 y 6, Jr. Rázuri Cdra. 1 y Av. Caquetá Cdras. 9 y 10 (artículos navideños), 10. Jr. Piñonate Cdra. 1 (artículos navideños). Artículo Tercero.- Establece como pago por uso de la vía pública la suma de S/. 2.50 (Dos con 50/100 Nuevos Soles) por día. Artículo Cuarto.- Los montos fijados en el artículo anterior por uso de la vía pública no se aplicarán a las Instituciones que tengan Convenio con la Municipalidad para tales fines. Artículo Quinto.- Las Ferias Navideñas tendrán au- torización desde la publicación en el Diario Oficial El Peruano de la presente Ordenanza hasta el 7 de enero del 2001. Artículo Sexto.- Encargar a la Dirección Municipal, Dirección de Administración Tributaria - Unidad de Fisca- lización, Dirección de Servicios a la Ciudad - Unidad de Comercialización y Desarrollo Empresarial y División de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal el cumplimiento de la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLORIA JARAMILLO AGUILAR Alcaldesa 14493 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Aprueban Ordenanza que regula el servicio de transporte de pasajeros y carga en vehículos menores en el dis- trito ORDENANZA Nº 017-2000/MVMT EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 21.OC- TUBRE.2000, bajo la presidencia del señor Alcalde Dr. Washington Ipenza Pacheco y con la asistencia de los