Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2000 (18/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 18 de diciembre de 2000

INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO DE TRANSFERENCIA DE MERCANCIAS DE UN DEPOSITO A OTRO Sera utilizado para la transferencia de un Deposito a otro dentro de la misma o distinta jurisdiccion. SALIDA 1. ADUANA-CODIGO Se indica el nombre y codigo de la Aduana bajo cuya jurisdiccion se realiza el despacho aduanero. 2. DECLARANTE-CODIGO Se indica el nombre o razon social y el codigo del Despachador de Aduana. 3. USO EXCLUSIVO DE ADUANAS 4. DUENO O CONSIGNATARIO Se indica el nombre o razon social del dueno o consignatario de la mercancia. 5. Nº DE RUC/DOC. IDENT. Se indica el numero del documento de identificacion del dueno o consignatario. 6. NOMBRE DEL DEPOSITO-CODIGO Se consigna el nombre o razon social del Deposito Aduanero Autorizado de origen y su codigo. 7. DIRECCION Se indica la direccion del Deposito de origen. 8. NOMBRE DEPOSITO DE DESTINO-CODIGO Se consigna el nombre o razon social del Deposito Aduanero Autorizado de DESTINO y su codigo. 9. DIRECCION DEPOSITO DE DESTINO Se indica la direccion del Deposito de destino. 10. DESCRIPCION DE LA MERCANCIA-CANT. DE BULTOS-PESO MORDAZA Se indica la especie o denominacion comercial de la mercancia, detallando sus caracteristicas, asi como la cantidad de bultos y el peso MORDAZA en kilos de la mercancia. 11. Vº Bº DEPOSITO DE DESTINO Se consigna la firma y sello del Deposito de destino en senal de aceptacion de la transferencia. 12. AUTOLIQUIDACION DE TRIBUTOS Se consigna los tributos de importacion solo en los casos que se requiera presentar garantia. 13. GARANTIA Se consigna el numero de la garantia, la entidad financiera que la otorga y la fecha de vencimiento. 14. DECLARANTE Se estampa la firma y sello del declarante, asi como la fecha en que se realiza dicho acto. 15. REFRENDO DEL CONSIGNATARIO Se estampa la firma y sello del dueno o consignatario en senal de aceptacion de la solicitud de transferencia. 16. USO EXCLUSIVO DE ADUANAS 17. SALIDA DEL DEPOSITO DE ORIGEN Se consigna la MORDAZA de la entrega de la mercancia al Despachador de Aduana senalando fecha de salida, cantidad de bultos y peso entregados 18. RECEPCION DEL MORDAZA DEPOSITO Se consigna el estado en que se recibe la mercancia, indicando cantidad y peso de los bultos, firmando y sellando y senalando la fecha del termino de la recepcion. RECONOCIMIENTO Y CONCLUSION DE LA OPERACION 19. USO EXCLUSIVO DE ADUANAS 20. USO EXCLUSIVO DE ADUANAS 21. CONFORMIDAD DEL MORDAZA DEPOSITO Se indica la conformidad por el contenido de la mercancia, luego de efectuado el reconocimiento, firmando, sellando e indicando la fecha de dicho acto. 22. USO EXCLUSIVO DE ADUANAS 23. OBSERVACIONES Se indica la informacion y anotaciones adicionales que se estimen pertinentes. 14501

INDECOPI
Aceptan renuncias de Fedatarios presentadas por la Comision para la Promocion de la Pequena y Micro Empresa, Jurepraxis S.A. y Estudio MORDAZA De MORDAZA MORDAZA
COMISION DE REESTRUCTURACION PATRIMONIAL

RESOLUCION Nº 1460-2000/CRP-INDECOPI SOLICITANTE : COMISION DE PROMOCION DE LA PEQUENA Y MICROEMPRESA - PROMPYME (PROMPYME) MATERIA : RENUNCIA AL CARGO DE FEDATARIO

MORDAZA, 18 de octubre del 2000 VISTO: El escrito presentado el 12 de octubre del 2000, por el cual Prompyme comunica su decision de renunciar al cargo de Fedatario; CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Nº 064-99 se han establecido normas transitorias de excepcion destinadas a crear las condiciones necesarias para el desarrollo de programas de saneamiento y fortalecimiento patrimonial en las empresas, a traves de un procedimiento denominado Procedimiento Transitorio; Que, el referido Decreto establece que el Procedimiento Transitorio se desarrollara ante cualquier Fedatario domiciliado en la provincia en la que el solicitante tenga su sede social, pudiendo ser estos, Notarios Publicos, entidades publicas o privadas o personas naturales registradas en el INDECOPI, previa suscripcion del convenio correspondiente; Que, en atencion a la MORDAZA MORDAZA citada, por Resolucion Nº 121-INDECOPI/DIR de fecha 21 de diciembre de 1999, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 24 de diciembre del mismo ano, se nombro como Fedatario a Prompyme; Que, el citado Decreto de Urgencia Nº 064-99 faculta al INDECOPI a normar, via directivas, aspectos relacionados al nombramiento, registro, requisitos, cancelacion y demas asuntos concernientes a los Fedatarios; Que, con la finalidad de facilitar la labor de fiscalizacion asignada a la Comision de Reestructuracion Patrimonial del INDECOPI por el Articulo 4º del Decreto de Urgencia Nº 064-99, asi como para que dicha Comision integre sistematicamente las normas sobre nombramiento, registro, requisitos, cancelacion y demas aspectos administrativos relacionados con los Fedatarios, el Directorio del INDECOPI ha expedido la Resolucion Nº 029-2000-INDECOPI/DIR de fecha 30 de MORDAZA del 2000 mediante la cual se resuelve delegar en la Comision de Reestructuracion Patrimonial del INDECOPI la facultad de dictar directivas por las que se regule las materias mencionadas precedentemente; Que, con fecha 27 de junio del 2000, la Comision de Reestructuracion Patrimonial del INDECOPI aprobo la Directiva Nº 001-2000/CRP-INDECOPI, la misma que regula en el inciso b) del Articulo 14º la posibilidad de resolver el Convenio celebrado por el INDECOPI con los respectivos Fedatarios, como consecuencia de la renuncia al cargo presentada por uno de ellos, la misma que, segun senala la mencionada MORDAZA, produce efectos desde que esta es aceptada por la Comision; Que, mediante escrito de fecha 12 de octubre del 2000, Prompyme ha comunicado a esta Comision su decision de renunciar al cargo de Fedatario; SE RESUELVE: Primero.- Aceptar la renuncia al cargo de Fedatario presentada por la Comision para la Promocion de la Pequena y Micro Empresa. Segundo.- Resolver el convenio celebrado por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual con la Comision para la Promocion de la Pequena y Micro Empresa. Tercero.- Disponer la cancelacion de la inscripcion de la Comision para la Promocion de la Pequena y Micro Empresa del Registro de Fedatarios. Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano.

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