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Pág. 196111 NORMAS LEGALES Lima, lunes 18 de diciembre de 2000 Que, el Artículo 16º del Reglamento de Administración y Funcionamiento del FITEL, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 048-2000-CD/OSIPTEL, establece que los recursos del FITEL serán destinados al financia- miento de proyectos y proyectos piloto para la provisión de servicios de telecomunicaciones en áreas rurales y lugares de preferente interés social. Dicho financiamien- to puede aplicarse a la inversión, operación y manteni- miento y/o actividades complementarias necesarias para el funcionamiento de los servicios de telecomunicaciones, pudiendo abarcar, entre otros, estudios de ingeniería, adquisición de equipos y materiales, obras civiles, trans- porte, instalación y pruebas de equipos, acceso y elabora- ción de contenidos en internet, así como programas de capacitación en el uso de dichos servicios; Que, asimismo, el Artículo 23º del citado reglamento establece que los proyectos pilotos constituyen proyectos a pequeña escala de implantación de servicios de teleco- municaciones y tecnología de información que tengan un impacto social sobre la población beneficiaria. El finan-ciamiento de dichos proyectos podrá incluir además de la infraestructura de telecomunicaciones, programas de ca- pacitación y gestión y demás aspectos que sean necesarios para la sostenibilidad del proyecto. Dichos proyectos podrán ser implantados en las áreas de educación, salud, agricultura, economía y otras actividades que contribu- yan al desarrollo de las localidades; Que, en el presente caso, el Proyecto de Instalación de Cabinas de Acceso Público a Internet en capitales de distritos rurales - CABINETs se basa en la implementa- ción de infraestructura de telecomunicaciones para la provisión del acceso a Internet, elaboración de contenidos en Internet y de programas de capacitación; por su parte, el Proyecto de Incremento de la Penetración de Teléfonos Públicos Comunitarios en el interior del país se basa en la implementación de infraestructura del servicio de teléfo- nos públicos, pudiendo participar sólo aquellos operado- res que a la fecha del concurso respectivo cuenten con concesión del servicio de telefonía en la modalidad de teléfonos públicos; y el Proyecto EHAS Alto Amazonas: