Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2000 (19/12/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

Pag. 196146

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 19 de diciembre de 2000

* IMPUESTO PREDIAL * IMPUESTO DE ALCABALA * IMPUESTO A LOS ESPECTACULOS PUBLICOS NO DEPORTIVOS * TASA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO * LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO * LICENCIA DE ANUNCIOS Y PUBLICIDAD EXTERIOR * ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES * MULTAS TRIBUTARIAS * MULTAS NO TRIBUTARIAS O ADMINISTRATIVAS. Articulo Quinto.- BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS: Se otorgan con los beneficios siguientes: 5.1 DEUDAS TRIBUTARIAS: - Condonacion del 100% de los Intereses Moratorios y del factor de reajuste. - Condonacion del 100% de las Multas Tributarias. Debiendo el infractor subsanar la obligacion tributaria que origino la sancion. 5.2 DEUDAS NO TRIBUTARIAS O ADMINISTRATIVAS: Continuara vigente la Ordenanza Nº 021-2000/MDSMP. Debiendo el infractor Subsanar la obligacion administrativa que origino la sancion. 5.3 COSTAS DEL PROCEDIMIENTO COACTIVO: Reduccion en un 70% de los Gastos Administrativos y Costas Procesales, tratandose de deudas que se encuentran en MORDAZA de cobranza coactiva, de conformidad con la Ley Nº 26979. En ningun caso estas podran ser menores a S/. 10.00 (Diez y 00/100 Nuevos Soles) 5.4 BENEFICIO ADICIONAL POR PAGO AL CONTADO: Ademas de los Beneficios establecidos en los numerales 5.1 y 5.2 del presente articulo, se concedera un descuento adicional del 10%, si el contribuyente cancela al contado el integro de su deuda por arbitrios y tasa de Licencia de Funcionamiento. 5.5 CUOTAS DE FRACCIONAMIENTO PENDIENTES DE PAGO: Los Contribuyentes que tengan cuotas de fraccionamiento pendiente de pago podran acogerse al Beneficio del descuento de la totalidad del interes del fraccionamiento, solo en el caso que el Contribuyente cancele el integro de las cuotas pendientes de pago dentro del plazo de la vigencia de la presente Ordenanza. Las cuotas de fraccionamiento comprendidas en este numeral no estan sujetas a un MORDAZA convenio de fraccionamiento de pago. Articulo Sexto.- CUMPLIMIENTO DE LA ORDENANZA: Encarguese a la Direccion del SIAT, a la Oficina de Administracion, las Oficinas Municipales Zonales y la Unidad de Informatica, el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Unidad de Imagen Corporativa y Comunicacion su amplia difusion. POR LO TANTO: Mando registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa 14571

VISTOS; El Informe Final Nº 022-2000-CPPAD/ MDSMP. de fecha 28 de noviembre del 2000, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, con relacion a la falta de caracter disciplinario cometida por la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MERCADO; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 1402-2000AL/MDSMP. de fecha 26 de octubre del 2000; publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 27 de octubre del 2000, se abrio MORDAZA Administrativo Disciplinario contra la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Division de Comercializacion, por la presunta falta grave de caracter disciplinario - ausencias injustificadas por mas de cinco dias no consecutivos en un periodo de treinta dias calendario; Que, la servidora procesada registra mas de cinco ausencias injustificadas no consecutivas (2, 4, 9, 23, 25, 26 y 30), en el mes de noviembre de 1999, conforme se ve del Informe Nº 007-2000-ECA/UP/MDSMP. de fecha 13 de MORDAZA del 2000, emitido por la encargada de control de asistencia y del Informe Nº 1388-2000-UP/MDSMP. de fecha 14 de MORDAZA del 2000, emitido por la Jefatura de la Unidad de Personal; hechos que se encuentran probados de la verificacion de su tarjeta de control de asistencia y su boleta de pago de la servidora procesada y de la revision del libro de control de asistencia del personal, hechos que no han sido desvirtuados por la servidora, con su descargo escrito; asimismo, la servidora a pesar de haber sido debidamente notificada, no se ha presentado a su Informe Oral solicitado y no ha presentado la documentacion requerida (copias de los certificados medicos con los sellos y firma original) que segun refiere presento a la Unidad de Personal, para verificar su autenticidad; habiendo indicado todos los servidores que laboran en dicha Unidad, que ninguno ha recibido dichos certificados, lo que podria agravar la situacion de la servidora, de comprobarse la falsedad de dichos documentos en cuanto al sello y la firma de recepcion; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios en el plazo de ley, ha realizado la investigacion y examinado las pruebas que obran en el expediente administrativo, y concluyen que la servidora procesada ha cometido falta grave de caracter disciplinario - ausencias injustificadas por mas de cinco dias no consecutivos en un periodo de treinta dias calendario, transgrediendo el Articulo 28º inc. k) del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, recomendando se le sancione con la medida disciplinaria de Destitucion por la falta cometida; y, Estando al Informe Final de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, y contando con las visaciones de la Direccion Municipal, Direccion de Recursos Humanos y Oficina de Asesoria Juridica; y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 47º inciso 6) de la Ley Nº 23853 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar con la medida disciplinaria de DESTITUCION a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Division de Comercializacion, por los hechos y fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El servidor destituido no podra reingresar al servicio publico dentro de los cinco anos, computados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 30º del Decreto Legislativo Nº 276, modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 26488. Articulo 3º.- Remitir copias autenticadas de la presente Resolucion a la Direccion de Recursos Humanos, a la Oficina de Auditoria Interna y a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad; y a la Presidencia del Consejo de Ministros en cumplimiento a lo dispuesto en el Articulo 1º inciso c) del Decreto Supremo Nº 74-95-PCM; y al interesado, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa 14352

Sancionan con destitucion a servidora de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 1552-2000-AL/MDSMP. San MORDAZA de Porres, 30 de noviembre de 2000 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.