Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2000 (20/12/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 20 de diciembre de 2000

TITULO V DE LA AUTORIZACION MUNICIPAL Y OBLIGACIONES Articulo 11º.- Toda persona natural dedicada al expendio de diarios, revistas, billetes de loteria y golosinas, debera estar empadronada en su organizacion que los representa y la que debe ser registrado en la Municipalidad. En caso de ser independiente estara registrado en la Municipalidad en la Division de Control de Actividades Comerciales, para solicitar el certificado de funcionamiento de su kiosco. Articulo 12º.- El certificado de funcionamiento municipal del kiosco de venta de diarios, revistas, billetes de loteria y golosinas, es de caracter personal e intransferible, su vigencia es indeterminada. Debiendo actualizar anualmente los datos mediante declaracion jurada. La autorizacion debe exhibirse en un lugar visible del kiosco para su identificacion respectiva. Articulo 13º.- Los expendedores de diarios, revistas y billetes de loteria abonaran en forma mensual a la Municipalidad S/. 3.50 nuevos soles, por arbitrio de seguridad y limpieza . Por la expedicion del certificado de funcionamiento, numeracion y placa del kiosco pagaran al inicio y por unica vez, el monto establecido en la presente ordenanza. Articulo 14º.- En el certificado de funcionamiento del kiosco figuraran los siguientes datos: a). Apellidos y nombres del titular b). Ubicacion del kiosco c). Fotografia del titular d). Documento de identidad e). Giro de la actividad comercial f). Ocupacion del area del kiosco g). Caracteristicas del kiosco h). Domicilio fiscal del titular y/o propietario Articulo 15º.- Los expendedores deberan usar uniformes para su mejor MORDAZA e imagen ocupacional. Decision de color y diseno que tomara su agrupacion. Articulo 16º.- La trasgresion al presente reglamento sera causal de anulacion del certificado de funcionamiento Municipal del kiosco y retiro e internamiento en el deposito municipal y perdida de la opcion, segun sea el caso, para lo cual debera mediar una notificacion preventiva. DISPOSICION COMPLEMENTARIA Primera.- La Direccion de Rentas, Division de Control de Actividades Comerciales y la Policia Municipal quedan encargadas del estricto cumplimiento del presente reglamento. DISPOSICIONES TRANSITORIAS FINALES Primera.- La Municipalidad de Los MORDAZA a traves de la Direccion de Rentas, Division de Control de Actividades Comerciales, en un plazo no mayor de 90 dias, a partir de la aprobacion del presente reglamento, procedera a expedir el certificado de funcionamiento de kioscos a los expendedores de diarios, revistas, billetes de loteria y golosinas, que se encuentran instalados con anterioridad al presente reglamento, en el lugar donde se les MORDAZA empadronado, respetando los criterios de ornato, estetica y que no interrumpan el trafico peatonal o vehicular, se reconoceran como instalados con anterioridad a todos aquellos que se encuentren empadronados por la Municipalidad y el sindicato de vendedores de diarios, revistas, billetes de loteria y golosinas en la jurisdiccion del distrito de Los Olivos. Segunda.- La Municipalidad de Los MORDAZA, coordinara con los empresarios, editoras y distribuidoras de los diarios, revistas, billetes de loteria y golosinas, para que entreguen sus productos en lugares que presten seguridad y garantia comercial, velando por la tranquilidad del vecindario en horas del expendio. Tercera.- Los kioscos instalados en la actualidad se adecuaran en forma estricta al presente reglamento, en un plazo no mayor de 120 dias, despues de publicado. Cuarta.- El presente reglamento rige a partir de la fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Quinta.- Dejar sin efecto todas las disposiciones municipales que se opongan o impidan la correcta aplicacion del presente reglamento.

Sexta.- Facultar al Despacho de Alcaldia para que mediante Decreto establezca las disposiciones complementarias, que permitan el cumplimiento de la presente Ordenanza. 14578

Prorrogan vigencia de diversos beneficios tributarios otorgados mediante la Ordenanza Nº 22-2000/CDLO
ORDENANZA Nº 025-2000/CDLO Los MORDAZA, 1 de diciembre del 2000. EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA POR CUANTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, con dispensa del tramite de Aprobacion del Acta, y POR UNANIMIDAD, aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 025-2000/CDLO QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE BENEFICIOS CONTENIDOS EN LA ORDENANZA Nº 022-2000/CDLO Articulo Primero.- PRORROGAR, hasta el 31 de diciembre del presente ano, la vigencia de los beneficios tributarios contenidos en la Ordenanza Nº 22-2000/CDLO. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Direccion de Rentas, el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y a la Unidad de Imagen Institucional la difusion de la misma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14579

Otorgan beneficio de condonacion de pago del monto insoluto de las multas tributarias a favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 026-2000/CDLO Los MORDAZA, 1 de diciembre del 2000 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA POR CUANTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, con dispensa del tramite de Aprobacion del Acta, y POR UNANIMIDAD, aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 026-2000/CDLO QUE OTORGA A LOS CONTRIBUYENTES ADQUIRIENTES, EL BENEFICIO DE CONDONACION DE PAGO DEL MONTO INSOLUTO DE LAS MULTAS TRIBUTARIAS Articulo Primero.- ESTABLEZCASE, el REGIMEN DE GRADUALIDAD a favor de los contribuyentes que hayan adquirido predios y no hayan cumplido con la formalidad establecida en el Articulo 14º, inciso a) de la Ley de Tributacion Municipal; siempre que cancelen al contado la Multa Tributaria impuesta. Articulo Segundo.- El regimen establecido en el Articulo 1º importa los siguientes beneficios:

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