TEXTO PAGINA: 3
Pág. 196261 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de diciembre de 2000 vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 14795 Modifican artículos del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empre- sarial del Estado - FONAFE DECRETO SUPREMO Nº 143-2000-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27170 de fecha 9 de setiembre de 1999 se dictó la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, la cual fue reglamentada por el Decreto Supremo Nº 072-2000-EF de fecha 9 de julio de 2000; Que, el Artículo 5º de la Ley Nº 27170 establece que el FONAFE designa a los directores de las empresas bajo su ámbito, norma que fue recogida en su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF; Que, sin embargo el referido reglamento en el literal j) del Artículo 10º y el Artículo 24º fueron modificados por el Decreto Supremo Nº 085-2000-EF de fecha 13 de agosto de 2000 por el cual se estableció que, el FONAFE designa a los Directores de las empresas comprendidas bajo su ámbito, cuyo nombramiento deberá realizarse mediante Resolución Suprema e instrumentarse en Junta General de Accionistas; Que, dado que la modificación establecida por el Decreto Supremo Nº 085-2000-EF contraviene lo dispuesto en la Ley Nº 27170 es necesario modificar los artículos antes citados a fin de restablecer el orden legal a fin de que el nombramiento de los directores de las empresas del Estado se realice conforme lo dispone el Artículo 5º de la Ley Nº 27170; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27170 - Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, el Decreto Supremo Nº 072-2000-EF - Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado FONAFE y normas modificatorias; DECRETA: Artículo 1º.- Sustitúyase el texto del literal j) del Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 072-2000-EF modificado por el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 085-2000-EF, por el texto siguiente: "j) Designar a los Presidentes y miembros de los directo- rios de las Empresas." Artículo 2º.- Sustitúyase el texto del segundo párrafo del Artículo 24º del Decreto Supremo Nº 072-2000-EF modifica- do por el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 085-2000-EF, por el texto siguiente: "La designación de los Directores realizada por el Direc- torio del FONAFE, deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano e instrumentada en Junta General de Accionis- tas conforme a las instrucciones impartidas por el FONAFE." Artículo 3º.- Deróguense todas las normas que, previa a la publicación del presente Decreto, designen directores en las Empresas. Los directores actualmente nombrados seguirán ejerciendo sus funciones hasta que el Directorio del FONAFE designe a los nuevos miembros de los Directorios de las Empresas. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 14796Aceptan renuncia de Presidente y miembros del Comité Especial encar- gado del proceso de promoción de la inversión privada de acciones del Es- tado en empresas agrarias azucareras RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 322-2000-EF Lima, 21 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 109-97-PCM de fecha 11 de marzo de 1997, se ratificó el Acuerdo de la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, conforme al cual se incluye en el proceso de promoción de la inversión privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674, a las acciones que debe recibir el Estado como consecuencia del proceso de sanea- miento económico de determinadas empresas agrarias azuca- reras, constituyéndose el Comité Especial encargado de llevar adelante el respectivo proceso; Que, asimismo, en virtud de las Resoluciones Supremas Nºs. 432-97-PCM, 129-99-PE y 236-2000-PCM, se designó a los señores Leonidas Pacífico Cruzado Quiroz, John Hartley Mo- rán y Víctor Kong Kong, como miembros y Presidente, respec- tivamente, del Comité Especial antes mencionado, quienes han presentado su renuncia al encargo encomendado; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 674, Ley Nº 27111 y Resolución Suprema Nº 547-2000-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por los seño- res Leonidas Pacífico Cruzado Quiroz, John Hartley Morán y Víctor Kong Kong, al encargo encomendado mediante Resolu- ciones Supremas Nºs. 432-97-PCM, 129-99-PE y 236-2000- PCM, como miembros y Presidente, respectivamente, del Co- mité Especial constituido por Resolución Suprema Nº 109-97- PCM, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Ministro de Economía y Finanzas, y por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas CARLOS AMAT Y LEON Ministro de Agricultura 14801 Nombran Presidente del Comité Espe- cial encargado del proceso de promo- ción de la inversión privada de accio- nes del Estado en empresas agrarias azucareras RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 323-2000-EF Lima, 21 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 109-97-PCM de fecha 11 de marzo de 1997, se ratificó el Acuerdo de la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, conforme al cual se incluye en el proceso de promoción de la inversión privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674, a las acciones que debe recibir el Estado como consecuencia del proceso de sanea- miento económico de determinadas empresas agrarias azuca- reras, constituyéndose el Comité Especial encargado de llevar adelante el respectivo proceso; Que, el Presidente del referido Comité Especial ha presenta- do su renuncia al encargo encomendado mediante Resolución