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Pág. 196267 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de diciembre de 2000 CUADRO 03 SECTORES RESPONSABLES DE FUNCIONES Función Sector Responsable Función: Legislativa -Congreso de la República. -Justicia, -Poder Judicial, Función: Justicia -Ministerio Público, -Defensoría del Pueblo y -Tribunal Constitucional, según corres- ponda. -Presidencia del Consejo de Ministros, -Economía y Finanzas, -Contraloría General de la República, Función: Administración y Planeamiento -Jurado Nacional de Elecciones, -Oficina Nacional de Procesos Electo- rales y -Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, según corresponda. Función: Agraria -Agricultura. -Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano yFunción: Asistencia y Previsión Social-Economía y Finanzas, según corres- ponda. Función: Comunicaciones -Transportes, Comunicaciones, Vivien- da y Construcción. Función: Defensa y Seguridad Nacional -Defensa e -Interior, según corresponda. Función: Educación y Cultura -Educación. Función: Energía y Recursos Minerales -Energía y Minas. Función: Industria, Comercio y Servicios-Industria, Comercio, Turismo y Rela- ciones Comerciales Internacionales. Función: Pesca -Pesquería. Función: Relaciones Exteriores -Relaciones Exteriores. Función: Salud y Saneamiento Programas: (todos excepto Saneamiento) -Salud. Función: Salud Saneamiento Programa: Saneamiento -Presidencia. Función: Trabajo -Trabajo y Promoción Social. Función: Transporte-Transportes, Comunicaciones, Vivien- da y Construcción. Función: Vivienda y Desarrollo Urbano-Transportes, Comunicaciones, Vivien- da y Construcción. CAPITULO II FASE DE PREINVERSIÓN Disposiciones para la Fase de Preinversión Artículo 8º.- La fase de preinversión tiene como objeto evaluar la conveniencia económica de realizar un PIP en particular. Comprende la elaboración del perfil, del estudio de prefactibilidad y del estudio de factibilidad. En esta fase los estudios son elaborados por la UF y son aprobados por la OPI y/o por la ODI, según corresponda. En cada una de las etapas de preinversión se busca mejorar la calidad de la información proveniente del estudio anterior, así como presentar diversas alternativas al PIP propuesto. Los estudios de preinversión se orientan a esti- mar los costos y/o beneficios incrementales respecto a una situación sin PIP. La elaboración del perfil es obligatoria. Los estudios de prefactibilidad y factibilidad pueden no ser requeridos dependiendo de las características del PIP, como en el caso de los PIP considerados Proyectos Menores. Procedimientos para la Fase de Preinversión Artículo 9º.- Los procedimientos que deben observarse durante la fase de preinversión son: 9.1. Estudios a nivel de Perfil 9.1.1. La UF elabora el perfil y lo remite a la OPI del Sector correspondiente acompañado de la ficha de registro. 9.1.2. La OPI evalúa el PIP a nivel de perfil, y puede: - Rechazar el PIP. - Observar el estudio de perfil y devolverlo a la UF para su corrección o perfeccionamiento.- Aprobar el PIP a nivel de perfil y comunicar a la UF la autorización para la elaboración del estudio de prefactibili- dad. 9.2. Estudios a nivel de Prefactibilidad 9.2.1. La UF sólo puede elaborar el estudio de prefacti- bilidad después de recibida la comunicación de aprobación del perfil de parte de la OPI. Con la aprobación del perfil, la UF elabora el estudio de prefactibilidad y lo remite a la OPI del Sector correspondiente. 9.2.2. La OPI evalúa el PIP a nivel de prefactibilidad y puede: - Rechazar el PIP. - Observar el estudio y devolverlo a la UF para su corrección o perfeccionamiento. - Aprobar el PIP a nivel de prefactibilidad. 9.2.3. Aprobados los estudios de prefactibilidad, la OPI los remite a la ODI. 9.2.4. La ODI puede: - Rechazar el PIP. - Observar el estudio de prefactibilidad y devolverlo para su corrección o perfeccionamiento. - Aprobar el PIP a nivel de prefactibilidad. 9.3. Requisito Excepcional aplicable a un PIP cuyos estudios, a nivel de perfil o prefactibilidad, superen las 60 Unidades Impositivas Tributarias (UITs) En los casos, en que el precio referencial de elabora- ción de un estudio a nivel de perfil o de prefactibilidad de un PIP individual supere las 60 Unidades Impositi- vas Tributarias (UITs), se requiere la aprobación expre- sa de la ODI de los términos de referencia de dicho estudio como requisito previo a su elaboración o contra- tación. 9.4. Estudios a nivel de Factibilidad 9.4.1. La OPI a través del Órgano Resolutivo del Sector, solicita a la ODI a través del MEF la autorización para la elaboración del estudio de factibilidad. 9.4.2. En los casos en que la ODI autoriza la elaboración del estudio de factibilidad, la OPI deberá remitir dicha autorización a la UF. 9.4.3. Realizado el estudio de factibilidad por la UF, ésta lo remite a la OPI para su evaluación. La OPI evalúa el proyecto a nivel de factibilidad y puede: - Rechazar el PIP. - Observar el estudio de factibilidad y devolver para su corrección o perfeccionamiento. - Aprobar el PIP y enviar a la ODI la solicitud de declaración de viabilidad. Para solicitar a la ODI la decla- ración de viabilidad de un proyecto la OPI requiere, en todos los casos, la autorización del Órgano Resolutivo de su Sector. 9.4.4. La ODI evalúa el PIP a nivel de factibilidad a solicitud de la OPI y puede: - Rechazar el PIP. - Observar el estudio y devolverlo para su corrección o perfeccionamiento. - Declarar su viabilidad. 9.5. Requisito Excepcional aplicable a un PIP cuya función o programa tiene como Sector Res- ponsable a un Sector distinto al que pertenece la UF En este caso, el PIP deberá contar con el visto bueno de la OPI del Sector Responsable de la función o programa antes de que se solicite a la ODI la autorización para la elaboración del estudio de factibilidad o la declaración de viabilidad. 9.6. Declaración de viabilidad Para que un PIP sea calificado como viable debe ser sostenible económica, ambiental e institucionalmente, así