Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2000 (28/12/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 28 de diciembre de 2000

Que, igualmente tambien de la informacion consignada en el Balance General del ano 1998, referida a los rubros de inmuebles, maquinarias y equipos, se ha detectado que no se ha detallado ni valorizado debidamente cada uno de ellos, conllevando esto a que no concuerden los registros auxiliares con la cuenta principal del libro mayor, ello es una evidente negligencia en el desempeno de las funciones por parte de los responsables de poner al dia dichos inventarios, MORDAZA aun si las Normas Tecnicas senalan expresamente que cada Entidad debe practicar anualmente inventarios fisicos de los activos fijos, con el objeto de verificar su existencia fisica y estado de conservacion, siendo estos actos faltas de caracter disciplinario y probada negligencia de los responsables, hechos que se encuentran expresamente senalado del inciso d) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, recayendo responsabilidad en los senores CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA y senor MORDAZA MORDAZA Yancunta; Que, asimismo en lo que se refiere al rubro referente a cuotas por pagar se ha evidenciado la carencia de analisis que permita determinar los elementos que conforman dichas cuentas, transgrediendo de esta manera las Normas sobre documentacion sustentatoria, la misma que senala que las Entidades Publicas deben aprobar los procedimientos que aseguren que las operaciones y actos administrativos cuenten con la documentacion sustentatoria que lo respalden para su verificacion posterior. Hechos estos que sin lugar a dudas ha dado evidencias de negligencias en el desempeno de sus funciones por parte de los ex funcionarios CPC MORDAZA MORDAZA y CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por lo que se considera que se ha cometido la falta estipulada en el Articulo 28º inciso d) del Decreto Legislativo Nº 276; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM en su Articulo 151º las faltas se tipifican por la naturaleza de la accion u omision; su gravedad debe determinarse evaluando, entre otras, las circunstancias en que se cometen, la forma de comision, la concurrencia de varias faltas, la participacion de uno o mas servidores en la comision de la falta y los efectos que produce la falta, hechos debidamente merituados y que deben ser investigados exhaustivamente; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 166º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM concordante con lo dispuesto en el Articulo 21º incisos a), b) y d) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del sector publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a los ex Funcionarios MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Contabilidad y Presupuesto desde el 1-1-97 al 8-6-98 y ex Jefe de la Unidad de Abastecimiento del 8-6-98 al 10-9-98; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Contabilidad y Presupuesto desde el 30-6-98 al 31-12-98; MORDAZA Menacho MORDAZA, ex Jefa de la Oficina de Rentas desde el 6-4-98 al 31-12-98; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Abastecimiento desde el 24-98 al 5-7-98; MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yancunta, ex Jefe de Abastecimiento del 10-9-98 al 31-12-98, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Notificar a los referidos ex funcionarios en forma personal o a traves de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano el contenido de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Otorgar a los mencionados ex funcionarios un plazo de 5 dias habiles a partir del dia siguiente de su notificacion para que presenten su descargo y las pruebas que consideren pertinentes para su defensa ante la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 14976

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Establecen disposiciones para la realizacion de Matrimonios Civiles Masivos que celebre la municipalidad
ORDENANZA Nº 031-2000 La MORDAZA, 20 de diciembre de 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA En Sesion Ordinaria de fecha 14 de diciembre del 2000; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 4º de la Constitucion Politica dispone que el Estado y la comunidad protegen a la familia y promueven el matrimonio, reconociendo a estos ultimos como instituciones naturales y fundamentales de la sociedad; Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado y de la comunidad tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio; Que, en el distrito de La MORDAZA existen numerosas parejas que por diversas razones no han regularizado su situacion de hecho, privandose de los derechos que emanan del vinculo matrimonial legalmente constituido; Que, es politica de esta Municipalidad facilitar la regularizacion legal de dichas parejas, autorizando la celebracion de Matrimonios Civiles Masivos, para los cuales, es conveniente disponer la exoneracion del pago de derechos, asi como dispensar de la publicacion de Edictos Matrimoniales; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y el Articulo 252º del Codigo Civil, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- EXONERAR del pago por derechos correspondientes a la celebracion de Matrimonio, a las parejas que participen de los Matrimonios Civiles Masivos que realice la Municipalidad Distrital de La Molina. Articulo Segundo.- DISPENSAR de la publicacion de los Edictos Matrimoniales a las parejas que participen en los referidos Matrimonios Civiles Masivos. Articulo Tercero.- DISPONER la exoneracion de plazos legales para la realizacion de los Matrimonios Civiles Masivos que celebre la Municipalidad Distrital de La Molina. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEQUIEN MORDAZA 14876

Aprueban formatos de "Papeleta de Infraccion" y de "Resolucion de Multa Administrativa", a los que se refiere la Tabla de Infracciones y Sanciones Administrativas de la municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 029-2000 La MORDAZA, 20 de diciembre de 2000 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA

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