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Pág. 196460 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de diciembre de 2000 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Aprueban Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones de la Municipa- lidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 4832 Miraflores, 22 de diciembre de 2000 EL ALCALDE DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, el Artículo 7º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (Ley Nº 26850), se establece que cada Entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el cual debe prever el tipo de Bienes y Servicios que se requiere durante el ejercicio presupues- tal y el monto de presupuesto requerido; Que, el Artículo 3º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (aprobado por D.S. Nº 039-98-PCM) establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones consolida la informa- ción de las Licitaciones y Concursos que realizarán en el año fiscal las Entidades e incluirá los montos de las adquisiciones y contrataciones; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades que confiere el Artículo 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley Nº 23853); RESUELVE: Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Miraflo- res, para el año 2001, cuyo anexo forma parte de la presente resolución. Segundo.- Encargar a la Dirección de Administración y a la Subdirección de Abastecimiento, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS BEDOYA DE VIVANCO Alcalde 14867 MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA Establecen beneficio especial de regu- larización de tributos pendientes de pago ORDENANZA Nº 006-2000/MDPN Punta Negra, 18 de diciembre del 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Punta Negra, en Sesión Extraordinaria realizada el 16 de diciembre del 2000 ha aprobado por unanimidad, según Acuerdo de Concejo Nº 056, la siguiente Ordenanza sobre Beneficio Tribu- tario Especial de Regularización de Tributos Municipa- les pendientes de pago; y,CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en los Artículos 74º, 191º, 192º inciso 3) y 193º inciso 3) de la Constitución del Estado, el Artículo 10º inciso 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, así como el antepenúltimo párrafo de la norma IV del Título Preliminar y el Artículo 41º del Texto Unico Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, los Gobier- nos Locales tienen autonomía política, económica y admi- nistrativa en los asuntos de su competencia, entre los cuales está la creación, modificación, supresión y exone- ración mediante Ordenanza de las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos dentro de su jurisdicción y con los límites que le señala la Ley; Que, es política de la actual Administración Municipal otorgar las máximas facilidades a los contribuyentes de la localidad, a fin de brindarles mayores posibilidades para la regularización de sus adeudos pendientes de pago; Que, en tal sentido, es necesario establecer un régi- men de beneficios de regularización en cuanto a la aplica- ción de los reajustes e intereses moratorios de las deudas tributarias y demás aspectos que faciliten dicho objetivo; Estando a lo dispuesto en el Artículo 109º y el inciso 4) del Artículo 134º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, ha dado la siguiente: O R D E N A N Z A Artículo Primero.- APRUEBESE el BENEFICIO TRIBUTARIO por las deudas generadas hasta el mes de diciembre del año 2000, referente a las moras, multas e intereses al 100% de los Tributos siguientes: Impuesto Predial y Tasas de Arbitrios Municipales. Artículo Segundo.- La duración del presente Bene- ficio Tributario será de 45 días a partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- Los contribuyentes que a la fecha se encuentren con fraccionamiento vigente, podrán aco- gerse a este beneficio a través de una solicitud simple dirigida al Despacho de Alcaldía. Artículo Cuarto.- Déjese sin efecto todas las disposi- ciones que contravengan la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- Encárguese a los Órganos Admi- nistrativos de la Municipalidad Distrital de Punta Negra el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. L. GUILLERMO FERNANDEZ JIMÉNEZ Alcalde 14974 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Declaran nulidad de reprogramación de fecha de recepción de propuestas relativas a Concurso de Proyectos In- tegrales para la instalación y mante- nimiento de estacionamientos públi- cos en el distrito RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 290-00-ALC/MSI San Isidro, 26 de diciembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, según Resolución de Alcaldía Nº 104-2000- ALC/MSI se aprobó la Iniciativa Privada presentada por la Compañía Amper Perú S.A. para el "Suministro, Instalación, Explotación, Administración y Manteni- miento de Estacionamientos Públicos en el distrito de San Isidro";