Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2000 (28/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, jueves 28 de diciembre de 2000

NORMAS LEGALES

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Que a merito de la certificacion de firma de fecha 6 de diciembre del ano en curso; y, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27367, el Consejo Transitorio del Poder Judicial, en Sesion de la fecha; RESUELVE; Articulo Primero.- Aceptar, a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion, la solicitud de renuncia formulada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca. Articulo Segundo.- Transcribir la presente Resolucion al Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BERNARDINI MORDAZA SIVINA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANGUERRY MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GOTELLI 14960 RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 025-2000-CT-PJ MORDAZA, 26 de diciembre de 2000 VISTA; La solicitud recibida el 31 de octubre del 2000, mediante la cual el senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA formula, por motivos de salud y de caracter personal, renuncia irrevocable al cargo de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, cargo en el que fue nombrado mediante Resolucion Suprema Nº 0050-78PM/ONAJ, de fecha 1 de marzo de 1978; CONSIDERANDO; Que del legajo anexo al Oficio Nº 311-2LO-CR-DP-D, del 19 de diciembre del ano en curso, remitido por el Congreso de la Republica, aparece que contra el Magistrado renunciante no existe MORDAZA abierto por denuncia constitucional alguna; Que, asimismo, del Oficio Nº 368-2000-P-CNM del 20 de diciembre del 2000, remitido por el Consejo Nacional de la Magistratura, tampoco aparece MORDAZA abierto por inconducta funcional contra el referido Magistrado; Que, en consecuencia, el Magistrado MORDAZA citado no se encuentra comprendido dentro de las limitaciones establecidas en la MORDAZA parte del Articulo 172º del D.S. Nº 005-90-PCM; Que a merito de la certificacion de firma de fecha 31 de octubre del ano en curso; y, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27367, el Consejo Transitorio del Poder Judicial, en Sesion de la fecha; RESUELVE; Articulo Primero.- Aceptar, a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion, la solicitud de renuncia formulada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Ancash. Articulo Segundo.- Transcribir la presente Resolucion al Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presiden-

cia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BERNARDINI MORDAZA SIVINA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANGUERRY MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GOTELLI 14961

Aceptan renuncias de vocales titulares de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 021-2000-CT-PJ MORDAZA, 26 de diciembre del 2000 VISTA; La solicitud recibida el 6 de diciembre del 2000, mediante la cual el senor doctor MORDAZA MORDAZA Marull MORDAZA, formula por motivos personales, renuncia irrevocable al cargo de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, cargo en el que fue nombrado mediante Resolucion Suprema Nº 134-82-JUS de fecha 25 de junio de 1982; CONSIDERANDO; Que, del legajo anexo al Oficio Nº 311-2LO-CR-DP-D, del 19 de diciembre del ano en curso, remitido por el Congreso de la Republica, aparece que contra el Magistrado renunciante no existe MORDAZA abierto por denuncia constitucional alguna; Que, asimismo, del Oficio Nº 368-2000-P-CNM del 20 de diciembre del 2000, remitido por el Consejo Nacional de la Magistratura, tampoco aparece MORDAZA abierto por inconducta funcional contra el referido Magistrado; Que, en consecuencia, el Magistrado MORDAZA citado no se encuentra comprendido dentro de las limitaciones establecidas en la MORDAZA parte del Articulo 172º del D.S. Nº 005-90-PCM; Que, asimismo, mediante resolucion de fecha 20 de diciembre del presente ano, emitida por este Organo de Gobierno y Gestion se concedio al doctor MORDAZA MORDAZA Marull MORDAZA, licencia sin goce de haber, desde el 11 de diciembre del ano en curso; Que, a merito de la certificacion de firma de fecha 6 de diciembre del ano en curso; y, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27367, el Consejo Transitorio del Poder Judicial, en Sesion de la fecha; RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar, con efectividad al 11 de diciembre del 2000, la solicitud de renuncia formulada por el doctor MORDAZA MORDAZA Marull MORDAZA, al cargo de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima. Articulo Segundo.- Transcribir la presente Resolucion al Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de

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