Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2000 (29/12/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 29 de diciembre de 2000

Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario; Estando a lo solicitado y sustentado por la Oficina de Rentas mediante Informe Nº 352-2000-OR/MSS y a lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica, mediante Informe N° 1847-2000-OAJ-MSS y al Dictamen N° 0352000-CEPP/MSS de la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto; De conformidad a lo dispuesto por los Articulos 36° numeral 3), 109° y 110° de la Ley Organica de Municipalidades N° 23853, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, por Unanimidad aprobo la siguiente: ORDENANZA BENEFICIO DE REGULARIZACION PARA ZONAS EN CONFLICTO JURISDICCIONAL Articulo Primero.- Son sujetos comprendidos en el ambito de aplicacion de la presente Ordenanza los vecinos que en condicion de propietarios o poseedores precarios ostentan la titularidad de predios ubicados en los siguientes asentamientos humanos o pueblos jovenes correspondientes al Sector 9 del distrito de MORDAZA de Surco: 03 de Octubre, Buenos Aires de MORDAZA, Cocharcas Alto, Delicias de MORDAZA, MORDAZA Pumacahua, Las Brisas de MORDAZA, Vista MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, Vista MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA Parado de MORDAZA de MORDAZA, San MORDAZA de la MORDAZA, Tacala, MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Virgen del MORDAZA, Asociacion Provivienda de los Trabajadores del Sector Agrario. Articulo Segundo.- Dejese sin efecto los adeudos que por concepto de los Arbitrios Municipales de Parques y Jardines, Relleno Sanitario y Serenazgo correspondientes a los anos 1994 al 2000 tengan los sujetos comprendidos en la presente Ordenanza, debiendo procederse al quiebre de los valores que se encuentran en MORDAZA de cobranza, incluyendose los montos insolutos, intereses moratorios y derechos de emision, asi como las costas procesales y los gastos administrativos en el caso de encontrarse en procedimiento de cobranza coactiva. Articulo Tercero.- Condonese con caracter general, a los sujetos comprendidos en la presente Ordenanza, los intereses moratorios generados por el Impuesto Predial y el Arbitrio de Limpieza Publica, correspondientes a los anos 1996 al 2000 no abonado oportunamente. Articulo Cuarto.- Aquellos contribuyentes que subsanen infracciones contra obligaciones formales contenidas en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario o la Ley de Tributacion Municipal, tales como la omision a la inscripcion en el registro de contribuyentes, la declaracion jurada por aumento de valor u otras, estaran exonerados de la multa tributaria correspondiente. Articulo Quinto.- Condonese los saldos pendientes de pago del Impuesto Predial y el Arbitrio de Limpieza Publica correspondientes a los ejercicios 1994 y 1995, considerando que estos montos son de cobranza dudosa. Articulo Sexto.- Los Convenios de Fraccionamiento suscritos al MORDAZA de la Ordenanza N° 43 por los sujetos comprendidos en el Articulo Primero, podran refinanciarse a efectos de la aplicacion de los beneficios que otorga la presente Ordenanza. Articulo Septimo.- Incluyase en los alcances del Articulo MORDAZA de la presente Ordenanza a la urbanizacion Sagitario, solo en cuanto se refiere al Arbitrio de Parques y Jardines correspondiente a los ejercicios 1994 a 1997. Articulo Octavo.- Los pagos realizados con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza, sobre los tributos materia de los beneficios otorgados, no generaran derecho a devolucion ni compensacion. Articulo Noveno.- Prorrogar la vigencia de la Ordenanza N° 43-MSS hasta el 31 de marzo de 2001. Articulo Decimo.- Los montos minimos aplicables a las cuotas iniciales y cuotas de pago de los Convenios de Fraccionamiento otorgados al MORDAZA de las Ordenanzas N°s. 23-MSS, 43-MSS y 51-MSS, se sujetaran a lo establecido en el Reglamento de Fraccionamiento aprobado por Decreto de Alcaldia N° 10-99-DASS modificado por el Decreto de Alcaldia N° 02-2000-MSS. Articulo Undecimo.- Encargar a las Oficinas de Rentas y Ejecucion Coactiva, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Duodecimo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente al de su publicacion.

Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 14978

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Expresan opinion sobre aprobacion del sistema de Distrito Electoral Multiple para la eleccion de congresistas
ACUERDO DE CONCEJO Nº 048-2000/MVMT EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 13.DICIEMBRE.2000, bajo la presidencia del senor MORDAZA Dr. MORDAZA Ipenza MORDAZA y con la asistencia de los senores Regidores Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA Condemarin, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA Yrribarren MORDAZA, Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA,Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Sr. MORDAZA MORDAZA Rios; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local que emanan de la voluntad popular; y que, a traves de Acuerdos de Concejo expresan la opinion de sus pobladores en asuntos de interes publico; Que, el Congreso de la Republica ha aprobado la implementacion del Distrito Electoral Unico para las justas electorales a realizarse el 8.ABRIL.2001, lo que limita una amplia, descentralista y democratica representatividad a nivel de congresistas; Que, es impostergable el pronunciamiento del Pleno del Concejo ante esta situacion, por cuanto obedece al sentimiento de las mayorias y ser de interes nacional; De conformidad con los Arts. 36º, Inc. 3) y 110º de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades; y con el MORDAZA Unanime de los senores Regidores; SE ACUERDA: Articulo Primero.- UNIRNOS al clamor nacional y solicitar al Congreso de la Republica la revision del debate del Distrito Electoral Multiple que debera implementarse para las justas electorales del 8.ABRIL.2001, por constituir una aspiracion de las mayorias y contribuir al fortalecimiento de la Democracia y Descentralizacion. Articulo Segundo.- EXPRESAR nuestra extraneza por la actitud de los senores Congresistas que, habiendose pronunciado publicamente por la implementacion del Distrito Electoral Multiple, votaron secretamente por el Distrito Electoral Unico. Articulo Tercero.- CONVOCAR a un gran debate distrital con participacion de todos los sectores de la jurisdiccion, en caso de mantenerse el criterio del Distrito Electoral Unico para eleccion de Congresistas de la Republica. MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 12 de diciembre del 2000. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA IPENZA MORDAZA MORDAZA 14981

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