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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2000 (29/12/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 56

Pág. 196518 NORMAS LEGALES Lima, viernes 29 de diciembre de 2000 cedente en los contratos de concesión, informes técni- cos, opiniones técnicas, autorizaciones y/o recomen- daciones que constituyen pronunciamientos en los que se verifica la actuación de OSITRAN frente a terceros y que se derivan de los procedimientos rela- tivos a la actividad supervisora y regulatoria de sus órganos funcionales; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su sesión de fecha 20 de diciembre de 2000; SE RESUELVE: Artículo 1º.- A falta de plazo establecido en norma legal expresa o en los contratos de concesión, las actua- ciones de los distintos órganos funcionales de OSITRAN deben producirse dentro de los siguientes plazos: a) Para derivación de un escrito al órgano compe- tente de OSITRAN: dentro del mismo día de su presen- tación. b) Para actos de mero trámite que no impliquen una evaluación técnica, tales como confirmar la recepción de información, correr traslados de documentos a otra entidad o informar sobre el estado de algún trámite gestionado por el concesionario, en los tres días hábiles siguientes. c) Para la emisión de informes, dictámenes, opiniones técnicas, recomendaciones: treinta (30) días calendario. Este plazo podrá ser prorrogado por única vez por treinta (30) días calendario adicionales, previa comunicación del órgano competente al solicitante. d) Para la emisión de cualquier pronunciamiento mediante el cual se requiera la subsanación, reliqui- dación o liberación del pago de la retribución o equiva- lente, así como la subsanación o reliquidación de la Tasa de Regulación: cuarenta y cinco (45) días hábiles. Este plazo podrá ser prorrogado por única vez por cuarenta y cinco (45) días hábiles adicionales, previa comunicación del órgano competente a la parte intere- sada. Artículo 2º.- Los plazos establecidos en el Artículo 1º podrán ser suspendidos en los siguientes casos: a) Cuando el órgano competente de OSITRAN notifi- que a la Entidad Prestadora su requerimiento de infor- mación adicional necesaria para poder emitir cualquier pronunciamiento. b) Cuando para pronunciarse, el órgano competente de OSITRAN requiera contar necesariamente con opi- nión de alguna entidad pública, de acuerdo con lo estable- cido en los contratos de concesión o las normas legales vigentes. El plazo suspendido será restablecido, en tanto se cumpla con los requerimientos señalados como causales de suspensión. La suspensión del plazo será notificada a la parte interesada. Artículo 3º.- En caso que el órgano competente de OSITRAN omitiera pronunciarse dentro de los plazos establecidos en el Artículo 1º, se aplicará el Silencio Administrativo Negativo. Artículo 4º.- Las opiniones técnicas y/o informes técnicos que resulten de lo señalado en el literal f) del Artículo 7º de la Ley Nº 26917 deberán ser notificados al concesionario, en la misma fecha en que son notificadas al órgano Concedente. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia el 1 de enero del año 2001 y se aplicará a aquellos casos que se inicien a partir de esta fecha. Comuníquese, publíquese y archívese. LEONIE ROCA VOTO-BERNALES Vicepresidenta 15068MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Encargan la Jefatura Adjunta del Ser- vicio de Administración Tributaria - SAT RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 11721 Lima, 7 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 11500, del 7 de diciembre de 2000, se encargó la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria - SAT al Sr. José Arista Arbildo, Jefe Adjunto de dicha institución, durante el período de licencia del Jefe del Servicio; Que, el Artículo 8º del Edicto Nº 227, Estatuto del SAT, establece que corresponde al Jefe Adjunto el control, coordinación y supervisión de las actividades de los órga- nos que componen la estructura orgánica de la institución y ejercer las demás funciones y facultades que se le deleguen; Que, el Edicto antes citado establece que el cargo de Jefe Adjunto del SAT es designado mediante Resolución de Alcaldía a propuesta del Jefe del SAT; Que, es necesario encargar la Jefatura Adjunta del Servicio de Administración Tributaria, en tanto dure el encargo como Jefe del SAT del titular; Estando a lo dispuesto por los incisos 6) y 13) del Artículo 47º de la Ley Nº 23853; Ley Orgánica de Munici- palidades; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar la Jefatura Adjunta del Servicio de Administración Tributaria - SAT, en la perso- na del Sr. GILMAR TORRES FIORILO, en tanto dure el encargo como Jefe del SAT del titular. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 15049 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Aprueban contratos por servicios per- sonales y asignan cargos de ejecutor y auxiliares coactivos RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 004-00-MDI Se publica la presente resolución a solicitud del Secreta- rio General de la Municipalidad mediante Oficio Nº 182- 2000-MDI/SG Independencia, 5 de enero de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTOS: El Informe Nº 001-99-CCPM-MDI de fecha 20 de diciembre de 1999, formulado por la Comisión de