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Pág. 196565 NORMAS LEGALES Lima, sábado 30 de diciembre de 2000 Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 79º de la Ley Orgánica del Poder Judicial sustituido por el Artículo 4º de la Ley Nº 27362 y estando a lo acordado en la fecha en Sesión Extraordinaria de Sala Plena de la Corte Suprema; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Resolución Adminis- trativa Nº 028-2000-CT-PJ, expedida por el Consejo Tran- sitorio del Poder Judicial, fechada el 28 de diciembre del 2000. Artículo Segundo.- Crear las Salas Supremas Transi- torias Penal, Civil y de Derecho Constitucional y Social, respectivamente, que se considera estrictamente necesaria por la carga procesal existente en las citadas materias, por el término no mayor de 3 meses. Artículo Tercero.- Delegar al Presidente electo de la Corte Suprema de Justicia de la República y a los Presiden- tes de las Salas Supremas que se designarán para el Año Judicial 2001, la distribución de las causas para cada una de las Salas. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente Resolución al Consejo Transitorio del Poder Judicial, Presidente electo de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presiden- tes de las Salas Penal, Civil y de Derecho Constitucional y Social del Supremo Tribunal, Fiscal de la Nación, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial y Gerencia General del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR R. CASTILLO CASTILLO Presidente 15197 ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA Modifican artículos del Reglamento de la Parte II correspondiente a Prácticas del Programa de Formación de Aspi- rantes a Magistrados del Poder Judi- cial y del Ministerio Público RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº193-2000-AMAG/DG Jesús María, 28 de diciembre del 2000 VISTO: El Memorándum Nº 852-2000-AMAG-DA de fecha 28 de diciembre último, conteniendo la propuesta de la modifica- ción del Reglamento de la Parte II: Prácticas del Programa de Formación de Aspirantes a Magistrados del Poder Judi- cial y Fiscales del Ministerio Público, a la cual se adjunta la carta s/n de fecha 11 de diciembre del año en curso, presen- tada por los profesores principales Víctor Prado Saldarria- ga, Marcos Ibazeta Marino y Javier Neves Mujica, quienes sustentan la necesidad de adecuar el diseño y reglamento de Prácticas del PROFA a Ley Nº 27368, sin afectar los fines y objetivos académicos del Curso; El Acta de Validación de la propuesta de adecuación y modificación del diseño y reglamento de Prácticas del PRO- FA, suscrito con fecha 28 de diciembre de 2000; CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 151º de la Constitución Polí- tica del Estado, la Academia de la Magistratura tiene a su cargo la formación de los aspirantes a la carrera judicial y fiscal, a fin de preparar candidatos para los concursos de selección ante el Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Ley Nº 26335 se promulgó la Ley Orgánica de la Academia de la Magistratura y mediante Resolución Administrativa Nº 01-94/AMAG-CD, del 23 de diciembre de 1994, se aprobó el Estatuto de la Academia de la Magistra- tura; Que, por Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial Nº347-SE-TP-CME-PJ, publicadael 14 de octubre del presente año, se aprobó el diseño del Primer Período del Programa de Formación de Aspirantes (PROFA) y por Resolución Directoral Nº 120-2000-AMAG- DG, publicada el 22 de septiembre del 2000, se aprobó el diseño de la Parte II correspondiente a Prácticas del Progra- ma de Formación de Aspirantes, el cual está constituido por tres módulos académicos; Que el Artículo 1º de la Ley Nº 27368 derogó la Sexta Disposición Transitoria de la Ley Nº 26623, que comprendía a la Academia de la Magistratura en los alcances de la reorganización del Poder Judicial y dejaba en suspenso la competencia y atribuciones de su órgano rector, que fueron ejercidas por el Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecu- tiva del Poder Judicial; Que, la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ley Nº 27368, dispone que se consideran aptos para postu- lar en el concurso que convoque el Consejo Nacional de la Magistratura, al postulante que acredite haber aprobado satisfactoriamente un año de formación académica para aspirantes al cargo de Magistrado del Poder Judicial o Fiscal del Ministerio Público; Que la Tercera Disposición Transitoria y Final de la norma antes señalada, establece que la AMAG organizará un curso especial de formación de aspirantes a magistrados con una duración no mayor de sesenta días; situación que en la actualidad se encuentra ejecutando en el Cuarto Curso del PROFA y en etapa de Convocatoria del Quinto Curso PROFA; Que, con fecha 22 de noviembre pasado, el Consejo Nacional de la Magistratura realizó la Convocatoria Nº 001- 2000, para el Concurso Nacional para cubrir vacantes en todos los niveles del Poder Judicial y del Ministerio Público, señalando como fecha de inicio de inscripción el 16 de abril del 2001; Que, los discentes del Tercer Curso PROFA, han con- cluido su formación general y especializada, así como la Fase 1 del Módulo I correspondiente a la Parte II del Programa de Formación de Aspirantes, sin embargo, es necesario adecuar el diseño y reglamento de la Parte II del Programa de Formación de Aspirantes correspondiente a Prácticas a Aspirantes a Magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público, a fin que por equidad tengan expe- dito su derecho de postular ante la citada Convocatoria Nº 001-2000 del Consejo Nacional de la Magistratura, junta- mente con los discentes del Primer, Segundo, Cuarto y Quinto Cursos del PROFA; Que, la adecuación del diseño y modificación del regla- mento de Prácticas del PROFA, es el resultado de la pro- puesta presentada por los profesores principales del Curso, el mismo que ha sido materia de una Sesión de Validación con fecha 28 de diciembre de 2000, en la cual se sustentó la propuesta y se realizaron aportes, sugerencias, análisis y la evaluación necesaria, que permitió su aprobación; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de la Academia de la Magistratura Nº 26335, la Ley Nº 27368, la Resolución Administrativa Nº 01-94/AMAG-CD que aprueba su Estatuto; la Resolución Directoral Nº 120- 2000-AMAG/DG y la Resolución Administrativa Nº 250- SE-TP-CME-PJ; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Adecuar el Diseño de la Parte II correspondiente Prácticas del Programa de Formación de Aspirantes (PROFA) a Magistrados del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Público, a efectos que sin perjuicio de alcanzar los fines y objetivos académicos, se concluya con la formación práctica de los discentes del Tercer Curso PROFA. Artículo Segundo.- Modificar los Artículos 16º, 17º, 19º y 22º del Reglamento de la Parte II correspondiente Prácticas del Programa de Formación de Aspirantes (PRO- FA) a Magistrados del Poder Judicial y Fiscales del Minis- terio Público, aprobado por Resolución Directoral Nº 120- 2000-AMAG-DG, con los siguientes textos: Artículo 16º.- La asistencia a las actividades presen- ciales de las prácticas es obligatoria. Se admite un máximo de 30% de inasistencias. Las inasistencias que excedan los límites establecidos en el presente artículo, acarrean la exclusión del discente de la Parte II del PROFA: Prácticas. Las inasistencias podrán ser justificadas por el Coordi- nador General de Prácticas, siempre que sean debidamente acreditadas y no afecten de manera especial la obtención de las finalidades académicas. El retiro injustificado de una sesión será considerado como inasistencia.