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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2000 (30/12/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 26

Pág. 196552 NORMAS LEGALES Lima, sábado 30 de diciembre de 2000 2. Suplentes: Apellidos y Nombres Cargo c. Abanto Camacho, Giovanni Director General de la Oficina de Planificación, Programación y Presupuesto d. Ballón Vizcarra, Carlos Augusto Director de Sistema Administrativo I de la Unidad de Personal (e). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN INCHÁUSTEGUI VARGAS Ministro de la Presidencia 15171 PESQUERÍA Designan miembros de la Comisión encargada de diseñar una propuesta de reestructuración de la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 346-2000-PE Lima, 29 de diciembre del 2000 CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 337-2000-PE del 22 de diciembre de 2000, se constituyó la Comisión encargada de diseñar en un plazo máximo de 60 días útiles, una propuesta de reestructuración de la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador; Que es necesario contar en la referida Comisión de trabajo con la participación de organizaciones represen- tativas a nivel nacional de los armadores y pescadores de embarcaciones de mayor escala; Que, como consecuencia de lo señalado, es conveniente ampliar el plazo para que los diferentes órganos e institu- ciones designen a sus representantes; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Incluir en la Comisión encargada de diseñar una propuesta de reestructuración de la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador, a los siguientes miembros: 1Representante de los pescadores elegido por las tres Federaciones de pescadores activos a nivel nacional. 1Representante de los armadores nombrado por la Asociación de Armadores Pesqueros del Perú, la que para el efecto consultará a los gremios de armadores. Artículo 2º.- Amplíese hasta el 5 de enero del 2001, el plazo indicado en el Artículo 4º de la Resolución Ministerial Nº 337-2000-PE. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 15208 Prorrogan vigencia de certificados de calibración entregados por titulares de establecimientos industriales pes- queros a que se refiere la R.M. Nº 305- 2000-PE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 347-2000-PE Lima, 29 de diciembre del 2000CONSIDERANDO: Que el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 305- 2000-PE de fecha 22 de noviembre del 2000, establece que los titulares de establecimientos industriales pes- queros que cuenten con instrumentos de pesaje electró- nico gravimétrico y las empresas que prestan servicio a terceros, quedan obligados a presentar cada seis (6) meses a la Dirección Nacional de Procesamiento Pesque- ro, el certificado de calibración de los instrumentos de pesaje expedido por el INDECOPI o un Informe Metroló- gico con valor oficial emitido por una entidad autorizada por dicho Instituto; Que el Artículo 3º de la mencionada Resolución Minis- terial establece que los certificados de calibración de los instrumentos de pesaje instalados en los establecimientos industriales pesqueros, cuya relación consta en su anexo, mantienen vigencia hasta el 31 de diciembre del 2000; asimismo, en el Artículo 4º establece que los titulares de establecimientos industriales pesqueros y empresas que brindan servicio de pesaje de los recursos hidrobiológi- cos, que no cumplieron con entregar el certificado de calibración a la Dirección Nacional de Procesamiento Pesquero en el plazo previsto en la Resolución Ministe- rial Nº 075-2000-PE, deberán cumplir con dicha obliga- ción en un plazo que vence el 31 de diciembre del 2000, estando facultados a presentar alternativamente un in- forme metrológico; Que de las coordinaciones efectuadas por la Dirección Nacional de Procesamiento Pesquero con el Servicio Na- cional de Metrología del INDECOPI, se desprende que dicha dependencia no está en condiciones de atender nuevas solicitudes sobre certificados de calibración, asi- mismo hace de conocimiento que en el proceso de evalua- ción para la autorización de entidades que prestan servi- cios metrológicos, en aplicación de la Resolución Comi- sión de Reglamentos Técnicos y Comerciales Nº 0032- 2000/INDECOPI-CRT, existen tres solicitudes, evalua- ción que concluiría en enero del 2001, por lo que es necesario ampliar la vigencia de los Artículos 3º y 4º de la Resolución Ministerial Nº 305-2000-PE; De conformidad a lo dispuesto por la Ley General de Pesca, aprobada por Decreto Ley Nº 25977 y reglamentada por el Decreto Supremo Nº 01-94-PE; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar hasta el 2 de julio del 2001, la vigencia de los certificados de calibración entregados por los titulares de establecimientos industriales pesqueros, que constan en el anexo de la Resolución Ministerial Nº 305- 2000-PE. Durante dicho plazo los titulares deberán presen- tar ante la Dirección Nacional de Procesamiento Pesquero el nuevo certificado o informe, según lo establecido por el Artículo 2º de la citada Resolución. Artículo 2º.- Los titulares de establecimientos in- dustriales pesqueros y empresas que brindan servicio de pesaje de los recursos hidrobiológicos, que no estén com- prendidos en el anexo de la Resolución Ministerial Nº 305-2000-PE, por no haber presentado el correspon- diente certificado de calibración, deberán entregar ante la Dirección Nacional de Procesamiento Pesquero, hasta el 30 de marzo del 2001, el certificado expedido por el Servicio Nacional de Metrología del INDECOPI o el Informe Metrológico con valor oficial emitido por una entidad autorizada por dicho instituto. Artículo 3º.- Dejar sin efecto los Artículos 6º y 7º de la Resolución Ministerial Nº 305-2000-PE. Artículo 4º.- La Comisión de Sanciones del Ministerio de Pesquería impondrá las sanciones correspondientes a las personas naturales y jurídicas que transgredan o in- cumplan las disposiciones de la presente resolución y las conexas o complementarias vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 15209