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Pág. 183221 NORMAS LEGALES Lima, sábado 29 de enero de 2000 de cuadrículas, estableciéndose que se puede solicitar áreas de derechos extinguidos con coordenadas UTM definitivas que se formularon al amparo del Decreto Legislativo Nº 109 y leyes mineras anteriores; Que, se ha promulgado la Ley Nº 27015 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-99-EM, que regulan las concesiones mineras en áreas urbanas y de expansión urbana, donde se establece una medida de extensión diferente a la señalada en el Artículo 11º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por el Decreto Supremo Nº 014-92- EM, para formular petitorios mineros en las áreas antes mencio- nadas; Que, estando a lo antes señalado resulta necesario actualizar los formatos mediante los cuales los usuarios mineros podrán solicitar el otorgamiento de concesiones mineras y otros; De conformidad con el Artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 110, Ley Orgánica del Registro Público de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-82-EM/RPM; Con la visación de las Directoras Generales de las Oficinas de Asesoría Jurídica y de Concesiones Mineras y del Director de Sistemas de Información; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR los "10 formatos de solicitu- des de concesiones mineras" siguientes a través de los cuales los usuarios formularán sus petitorios, los mismos que en anexo forman parte integrante de la presente resolución. I. Formatos de acuerdo al T.U.O. de la Ley General de Minería, aprobada por Decreto Supremo Nº 014-92-EM: 1. Solicitud presentada por: UNA PERSONA NATURAL, cuenta con 5 páginas. 2. Solicitud presentada por: UNA PERSONA JURIDICA, cuenta con 5 páginas.3. Solicitud presentada por: 2 o MAS PERSONAS NATURA- LES, cuenta con 8 páginas. 4. Solicitud presentada por: 2 o MAS PERSONAS JURIDI- CAS, cuenta con 8 páginas. 5. Solicitud presentada por: 2 o MAS PERSONAS NATURA- LES Y JURIDICAS, cuenta con 9 páginas. II. Formatos de acuerdo a la Ley Nº 27015, Ley que regula las Concesiones Mineras en Areas Urbanas y de Expansión Urbana y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-99-EM: 1A. Solicitud presentada por: UNA PERSONA NATURAL, cuenta con 6 páginas. 2A. Solicitud presentada por: UNA PERSONA JURIDICA, cuenta con 6 páginas. 3A. Solicitud presentada por: 2 o MAS PERSONAS NATU- RALES, cuenta con 9 páginas. 4A. Solicitud presentada por: 2 o MAS PERSONAS JURIDI- CAS, cuenta con 9 páginas. 5A. Solicitud presentada por: 2 o MAS PERSONAS NATU- RALES O JURIDICAS, cuenta con 10 páginas. Artículo Segundo.- En el caso de los formatos 3, 3A, 4, 4A, 5 y 5A señalados en el artículo anterior de la presente resolución si van a solicitar más de 3 personas un petitorio, sólo deberán agregar una hoja adicional por cada solicitante más la que contendrá los datos del peticionario que se incluyen verificando si se trata de persona natural (datos personales, domicilio legal y datos del cónyuge) o persona jurídica (datos de persona jurídica, datos de inscripción en el R.P.M. y datos del representante legal). Artículo Tercero.- Déjese sin efecto la Resolución Jefatural Nº 8118-94-RPM del 30 de noviembre de 1994, a partir de la fecha. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE DIAZ ARTIEDA Jefe Institucional