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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2000 (29/01/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 183209 NORMAS LEGALES Lima, sábado 29 de enero de 2000 PERU S.A.C. (GTP), a favor de TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TRANS AM; Que, TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TRANS AM, en el presente trámite de Modificación de Permiso de Operación solicita se precise que está autorizada a utilizar la marca de servicio TACA PERU; Que, según los términos del Memorándum Nº 0487-99-MTC/ 15.16.02, emitido por la Dirección de Asesoría Legal, es proceden- te la Modificación de Permiso de Operación solicitada, habiendo cumplido con las formalidades legales establecidas para su admi- sión a trámite; Que, la Administración, en aplicación del principio de pre- sunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándo- los por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 25035 y el Decreto Legislativo Nº 757; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronáu- tica Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento, las Regulaciones Aeronáuticas del Perú; Ley Nº 26917, modificada por la Ley Nº 27085; el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administra- tivos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, concedido a TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TRANS AM, con Resolución Directoral Nº 113-99-MTC/15.16, precisán- dose que la citada compañía está autorizada a utilizar la marca de servicio TACA PERU, de conformidad con lo establecido por la Resolución Nº 003524-1999/OSD-Ra-INDECOPI del 30 de se- tiembre de 1999. Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 113-99-MTC/15.16 del 9 de julio de 1999, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS HARMES BOURONCLE Director General de Transporte Aéreo 1154 PODER JUDICIAL Amplían plazo de remisión de Plan Operativo de las Dependencias del Po- der Judicial para el año 2000 RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 059-SE-TP-CME-PJ Lima, 28 de enero de 2000 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa Nº 533-SE-TP-CME-PJ se aprobó la Directiva Nº 014-99-GG-PJ "NORMAS PARA LA FORMULACION DEL PLAN OPERATIVO DE LAS DEPEN- DENCIAS DEL PODER JUDICIAL PARA EL AÑO 2000", a fin de que los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial cuenten con un instrumento básico que oriente la gestión de los mismos; Que, es necesario ampliar el plazo para la remisión del Plan Operativo de las Dependencias del Poder Judicial, a fin de facilitar la formulación y presentación del referido instrumento de gestión, particularmente en el caso de aquellos Distritos Judiciales en los que se han producido cambios en las Presiden- cias de las Cortes Superiores de Justicia; En uso de las funciones y atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695 y 27009, y de acuerdo a las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ y 029-99-SE-TP-CME-PJ; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Ampliar hasta el 15 de febrero del presente año el plazo de remisión del Plan Operativo de las Dependencias del Poder Judicial para el año 2000, a que se refiere la Disposición Específica número dos de la Directiva referida en el considerando de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID PEZUA VIVANCO Titular del Pliego del Poder Judicial 1213ANR - CONAFU Declaran concluido proceso de adecua- ción de universidad al régimen de socie- dad anónima cerrada CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 715-2000-CONAFU Lima, 25 de enero del 2000 Vistos: la documentación que da cuenta del cumplimiento del Plan de Adecuación al Decreto Legislativo Nº 882, propuesto por la entidad promotora de la Universidad Privada César Vallejo de Trujillo y el informe de la Comisión Jurídica Permanente que los declara conformes; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 566-99-CONAFU de fecha 15.6.99 se fijó el procedimiento de adecuación previsto en la Tercera Dispo- sición Transitoria del Decreto Legislativo Nº 882 y el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-98-ED, disponiendo que la Asocia- ción Civil Ingeniería (ACI), ejecute el Plan de Adecuación propues- to por ella con arreglo al inciso "d" del artículo 4º del decreto supremo en mención; Que, la entidad promotora referida presenta la documenta- ción completa que acredita haber cumplido cada uno de los pasos previstos en el indicado plan de adecuación; Que, la Asociación Civil Ingeniería (ACI) ha cumplido así el procedimiento de adecuación previsto en la Tercera Disposición Transitoria del Decreto Legislativo Nº 882 y el artículo 10º del D.S. Nº 001-98-ED, ejecutando las acciones de orden legal acadé- mico, administrativo y financiero; y, en consecuencia, de confor- midad con el inciso "a" del artículo 11º del mismo cuerpo de normas, debe declararse concluido el procedimiento y adecuada la Universidad Privada César Vallejo al régimen de Sociedad Anónima Cerrada; De conformidad con los dispositivos legales citados y el acuer- do del Pleno del CONAFU de fecha 21.1.2000; En aplicación de las facultades conferidas al CONAFU por el Decreto Legislativo Nº 882 y su reglamentación, D.S. Nº 001-98- ED, y las atribuciones contenidas en la Ley Nº 26439; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar concluido el proceso de ade- cuación de la Universidad Privada César Vallejo al régimen de Sociedad Anónima Cerrada, en aplicación del Decreto Legislati- vo Nº 882 "Ley de Promoción de la Inversión en Educación", debiendo inscribirse el nuevo modelo institucional en el Registro de Personas Jurídicas y, luego, presentar al CONAFU el título del Estatuto debidamente inscrito. Regístrese, comuníquese y archívese. HECTOR LUJAN PERALTA Presidente CESAR ANIBAL VERA PINEDA Secretario General 1216 J N E Declaran nulo acuerdo de concejo referido a solicitud de vacancia de al- calde del Concejo Provincial de Ayaba- ca, departamento de Piura RESOLUCION Nº 120-2000-JNE Lima, 27 de enero de 2000 VISTOS: El recurso de revisión, recibido el 28 de diciembre de 1999, interpuesto por el ciudadano Modesto Portocarrero Acuña contra el Acuerdo de Concejo Nº 007-99-MPA-A, que declara improce- dente la solicitud de vacancia del cargo de alcalde del concejo provincial de Ayabaca, que viene ejerciendo Práxedes Llacs- ahuanga Huamán; alega que, el citado alcalde ha contratado en forma indebida con la empresa Inversiones Generales Chim Sen,